Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 2772
- SIA: 1814012
- BDNS (Identificador): 518700
Fecha de publicación:
7 de agosto de 2020
Objeto:
Convocar, durante el año 2020, la concesión de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (Programa Operativo 2014-2020) con una tasa de cofinanciación del 50%, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a fomentar la implantación de medidas de acción positiva que favorezcan la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Castilla y León, fomentando que las beneficiarias, conforme a lo establecido en el objetivo específico 8.4.2 del Programa Operativo FSE C.A. Castilla y León , pongan en práctica acciones positivas de igualdad y/o conciliación.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 8 de agosto de 2020 hasta el 4 de septiembre de 2020
Más Detalles:
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCyL.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Empresas, entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes y personas físicas empleadoras que realicen alguna de las acciones subvencionables
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Las actuaciones subvencionables (acciones de estudio, diseño y puesta en marcha de medidas de igualdad y/o conciliación de la vida personal, familiar y laboral) se realizarán en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.
¿Para qué es la ayuda?:
Serán subvencionables tanto los gastos generados en el estudio, diseño y puesta en marcha, como el aumento en los gastos de personal, derivados de la adopción en el marco de la empresa de medidas de igualdad y/o conciliación.
Se consideran gastos subvencionables todos los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para su adecuada ejecución, y se generen entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020:
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES (93 kbytes)
Cuantía:
- La cuantía máxima de la subvención a conceder, será de:
- Hasta 10.000€ si el proyecto aprobado incluye al menos una de las acciones recogidas sobre planes y acciones de igualdad.
- Hasta 2.500€ si el proyecto aprobado incluye al menos una de las acciones recogidas sobre conciliación de la vida personal, laboral y familiar.
- Hasta 12.500€ si el proyecto aprobado incluye tanto al menos una acción de sobre conciliación de la vida personal, laboral y familiar, como al menos una acción sobre planes y acciones de igualdad.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación, que en el caso de tramitación electrónica se digitalizará y aportará como archivos anexos:
DOCUMENTACIÓN a PRESENTAR (92 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección General de la Mujer
Órgano que resuelve:
Gerente de Servicios Sociales
Plazo de resolución:
El plazo máximo de resolución y notificación será de 3 MESES contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución, se entenderá DESESTIMADA la solicitud.
Notificaciones:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
- Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la
Ventanilla del Ciudadano.
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Compatibilidad
- Las subvenciones concedidas serán compatibles con otras, cualquiera que sea la Administración o entidad pública o privada que la conceda, nacionales o de la Unión Europea o internacionales, que para la misma finalidad, reciba la beneficiaria, sin que en ningún caso pueda superarse el coste total de la actividad subvencionada.
- Para los beneficiarias con la condición de empresa, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (DO L 352 de 24.12.2013), las subvenciones reguladas en esta orden no podrán acumularse con ninguna ayuda estatal en relación con los mismos gastos subvencionables si dicha acumulación excediera de la intensidad de ayuda o del importe de ayudas superior correspondiente fijado en las circunstancias concretas de cada caso en un reglamento de exención por categorías o en una decisión adoptada por la Comisión, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013.
Plazo de justificación
- La fecha límite para la presentación de la documentación justificativa de las actividades
subvencionadas será el 20 de enero de 2021, inclusive.
- La beneficiaria deberá justificar el coste y las condiciones de ejecución de la totalidad de las
actuaciones presentadas, valoradas y aprobadas para el otorgamiento de la subvención. Es decir
justificará al menos la cantidad concedida más, en su caso, el porcentaje de aportación propia
que la beneficiaria propuso en la solicitud.
- Para la justificación de la subvención la entidad beneficiaria presentará una cuenta justificativa que deberá contener la información señalada en la convocatoria.
Resolución. Beneficiarios:
Resolución de 18 de diciembre de 2020 del Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León relativa a la concesión Subvenciones, cofinanciadas por F.S.E., destinadas a fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Castilla y León, en el marco del Programa IOEmpresas (Código REAY FAM 005) convocadas por Resolución de 4 de agosto de 2020, de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (199 kbytes)