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Curso de formación específica para habilitación de asesores y evaluadores de los procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales (2020)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2510
  • SIA: 1813841

Objeto:

Convocar un curso de formación específica para la habilitación de asesores y evaluadores de los procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales de la Comunidad de Castilla y León, financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y cofinanciado por el Fondo Social Europeo. El número de plazas convocadas para el curso de formación específica es de 90.

¿Quién lo puede solicitar?

Profesorado, expertos docentes y profesionales que pertenezcan a los colectivos indicados y reúnan los requisitos a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Fase actual del trámite:

ORDEN EDU/476/2020, de 9 de junio, por la que se habilita con carácter nacional a personal asesor y evaluador de los procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales.

Fecha de publicación: 1 de junio de 2020

Contenido:

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaORDEN EDU/476/2020, de 9 de junio (BOCyL 19-06-2020) (546 kbytes) , por la que se habilita con carácter nacional a personal asesor y evaluador de los procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales.

Primero.– Habilitación como personal asesor y evaluador.
Habilitar como personal asesor y evaluador a las personas que, en atención al colectivo de pertenencia, se relacionan en el Anexo I:

  • A) Profesorado de los cuerpos docentes con indicación de la familia profesional.
  • B) Profesionales expertos empleados públicos de los servicios públicos de emergencias de Castilla y León con indicación de la cualificación profesional.
  • C) Profesionales expertos en la instalación de placa de yeso laminado y falsos techos con indicación de la cualificación profesional.

Segundo.– Habilitaciones denegadas.

Denegar la habilitación como personal asesor y evaluador a las personas que, en atención al colectivo de pertenencia, se relacionan en el Anexo II, por las causas en él indicadas:

  • A) Profesorado de los cuerpos docentes con indicación de la familia profesional.
  • B) Profesionales expertos empleados públicos de los servicios públicos de emergencias de Castilla y León con indicación de la cualificación profesional.
  • C) Profesionales expertos en la instalación de placa de yeso laminado y falsos techos con indicación de la cualificación profesional.


Tercero.– Traslado de la orden.
Trasladar esta orden al Servicio Público de Empleo de Castilla y León, a los efectos de realizar el oportuno registro en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10.2.b) de la Orden HAC/1605/2011, de 29 de diciembre, por la que se desarrolla la gestión del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral en Castilla y León así como la estructura organizativa responsable.
 

Cuarto.– Efectos.
De conformidad con el apartado décimo.4 de la Orden EDU/1287/2019, de 4 de diciembre por la que se convoca un curso de formación específica para la habilitación de asesores y evaluadores de los procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales de la Comunidad de Castilla y León, financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y cofinanciado por el Fondo Social Europeo, la habilitación tendrá carácter nacional y las personas habilitadas formarán parte de la red de asesoramiento y evaluación de Castilla y León, en los términos del artículo 14 de la Orden HAC/1605/2011, de 29 de diciembre.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Educación o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Podrá acceder al curso de formación específica:

a) Profesorado perteneciente a los Cuerpos de Catedráticos, Profesores de Enseñanza Secundaria o Técnicos de Formación Profesional, con atribución docente en la familia profesional de Edificación y Obra civil, en situación de servicio activo en Castilla y León, que haya impartido docencia al menos durante cuatro cursos académicos en dicha familia profesional: 40 plazas.

b) Profesionales expertos, que sean empleados públicos, en las cualificaciones de Gestión y coordinación en protección civil y emergencias y de Teleoperaciones de atención, gestión y coordinación de emergencias de los servicios públicos de emergencias de Castilla y León, con una experiencia laboral de al menos cuatro años en las anteriores cualificaciones: 30 plazas (15 en cada una de las cualificaciones).

c) Profesionales expertos de empresas radicadas en Castilla y León con una experiencia laboral de al menos cuatro años en la cualificación profesional de Instalación de placa de yeso laminado y falsos techos: 20 plazas.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud dirigidas al Director General de Formación Profesional y Régimen Especial, conforme a los siguientes modelos de documento n.º 1, según el colectivo destinatario:

  • a) Documento 1A): Destinatarios pertenecientes al colectivo descrito en el apartado segundo.1 a).
  • b) Documento 1B): Destinatarios pertenecientes al colectivo descrito en el apartado segundo.1 b).
  • c) Documento 1C): Destinatarios pertenecientes al colectivo descrito en el apartado segundo.1 c).

La solicitud incluirá los datos del interesado relativos a experiencia docente, formadora y laboral o profesional mínima de cuatro años en las familias profesionales y en las cualificaciones profesionales que en cada caso corresponda, en función del colectivo al que pertenezca el solicitante.

Asimismo contendrá el compromiso del solicitante de que acepta su inclusión en la lista de operaciones, de carácter público, en los términos establecidos por el artículo 115.2 del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, a fin de garantizar la transparencia sobre las ayudas procedentes de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.

La solicitud deberá ir acompañada de copia del DNI o NIE únicamente si el solicitante se opone expresamente en la solicitud a que la Consejería de Educación consulte o recabe los datos de identidad.

En el caso de los colectivos citados en el apartado segundo.1 a) y 1 b), la administración educativa realizará las verificaciones necesarias para comprobar la exactitud de los datos aportados en la solicitud, de acuerdo con la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

En el caso de los colectivos mencionados en el apartado segundo. 1c), a la solicitud se acompañará informe de vida laboral e informes de la empresa u organización en los que consten la actividad desarrollada y los períodos de realización. Si fueran trabajadores autónomos, certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente y descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.

De conformidad con lo establecido en el artículo 69.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el interesado declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos establecidos en la presente convocatoria, que dispone de la documentación que así lo acredita y que lo pondrá a disposición de la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa en el caso de que le sea requerida.

Fecha de publicación:

26 de diciembre de 2019

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 27 de diciembre de 2019 hasta el 10 de enero de 2020

Más Detalles:

Las solicitudes se podrán presentar hasta el día 10 de enero de 2020 desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Te interesa saber:

Listado provisional de seleccionados, suplentes y solicitudes desestimadas

Fecha de publicación: 23 de enero de 2020

Fecha límite: Plazo de alegaciones: hasta el 6 de febrero de 2020

Contenido:

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaRESOLUCIÓN DE 23 DE ENERO DE 2020, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, RÉGIMEN ESPECIAL Y EQUIDAD EDUCATIVA (3.440 kbytes) , POR LA QUE SE HACE PÚBLICO EL LISTADO PROVISIONAL DE SELECCIONADOS, SUPLENTES Y SOLICITUDES DESESTIMADAS DE LA CONVOCATORIA DEL CURSO DE FORMACIÓN ESPECÍFICA PARA LA HABILITACIÓN DE ASESORES Y EVALUADORES.

Primero. Listado provisional de seleccionados, suplentes y solicitudes desestimadas. Aprobar el listado provisional de seleccionados que contiene las relaciones nominativas de solicitantes seleccionados, solicitantes suplentes y solicitudes desestimadas, con indicación de la causa de desestimación, derivados de la ORDEN EDU/1287/2019, de 4 de diciembre, que se incorporan como anexos 1, 11 y 111 de la presente resolución.

Segundo. Publicación y publicidad. De conformidad con el apartado Sexto.4 de la citada orden, ordenar la publicación de la presente resolución y de sus anexos el día 23 de enero de 2020 a partir de las 14:00 horas, en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, siendo objeto de publicidad, en la misma fecha, en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en la web temática de Aprendizaje a lo largo de ta vida del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (https://www.educa.jcyl.es/adultos).

Tercero. Alegaciones y subsanación. De conformidad con el apartado Sexto.4 de la citada orden, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación, los interesados podrán presentar las alegaciones y aportar los documentos que estimen oportunos. La subsanación se realizará cumplimentando el documento n.º 2 disponible en la sede electrónica (https://www.tramitacastl llayleon.jcyl.es) y en la web temática de Aprendizaje a lo largo de la vida del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (https://www.educa. jcyl.es/adultos), exclusivamente de forma electrónica.

Listado definitivo de solicitantes seleccionados, suplentes y solicitudes desestimadas

Fecha de publicación: 10 de febrero de 2020

Contenido:

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaRESOLUCIÓN DE 7 DE FEBRERO DE 2020 (2.277 kbytes) , DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, RÉGIMEN ESPECIAL Y EQUIDAD EDUCATIVA, POR LA QUE SE RESUELVE LA CONVOCATORIA Y SE HACE PÚBLICO EL LISTADO DEFINITIVO DE SELECCIONADOS, SUPLENTES Y SOLICITUDES DESESTIMADAS DE LA CONVOCATORIA DEL CURSO DE FORMACIÓN ESPECÍFICA PARA LA HABILITACIÓN DE ASESORES Y EVALUADORES.

Primero. Listado definitivo de seleccionados, suplentes y solicitudes desestimadas. Aprobar el listado definitivo que contiene las relaciones nominativas de solicitantes seleccionados, solicitantes suplentes y solicitudes desestimadas, con indicación de la causa de desestimación, derivados de la ORDEN EDU/1287/2019, de 4 de diciembre, que se incorporan como anexos 1, 11y111 de la presente resolución.

Segundo. Publicación y publicidad. De conformidad con el apartado Séptimo. 1 de la citada orden, ordenar la publicación de la presente resolución y de sus anexos el día 1 O de febrero de 2020, a partir de las 13:00 horas, en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, siendo objeto de publicidad, en la misma fecha, en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en la web temática de Aprendizaje a lo largo de la vida del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es/adultos).

Tercero. Recurso de alzada. De conformidad con el apartado Séptimo.3. de la citada orden, la resolución podrá ser impugnada mediante recurso de alzada en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación a partir del día siguiente al de su publicación en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación

Cuarto.- Inicio del curso. El curso de formación se iniciará en la segunda quincena de febrero. Los seleccionados recibirán en sus correos electrónicos la fecha de inicio y las instrucciones precisas para el acceso a la plataforma de formación.

Propuesta de habilitación

Fecha de publicación: 1 de junio de 2020

Contenido:

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaPropuesta de la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa (267 kbytes) de habilitación de asesores y evaluadores de los procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales. Convocatoria realizada por ORDEN EDU/1287/2019, de 4 de diciembre.

Primero.- Relación nominativa de personas propuestas para su habilitación como asesores y evaluadores, con indicación de la familia profesional o cualificación profesional correspondiente.

Aprobar la relación nominativa de personas propuestas para su habilitación como asesores y evaluadores, con indicación de la familia profesional o cualificación profesional correspondiente, que figura en los anexos IA, IB y IC.

Segundo.- Relación nominativa de personas no propuestas para su habilitación, con indicación de la causa.
Aprobar la relación nominativa de personas no propuestas para su habilitación, con indicación de la causa, que figura en los anexos IIA, IIB y IIC.

Tercero.- Publicación.
De conformidad con el apartado Décimo. 2 de la ORDEN EDU/1287/2019, de 4 de diciembre, la presente propuesta provisional de habilitación se publicará en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, siendo objeto de publicidad en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en la web temática de Aprendizaje a lo largo de la vida del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (https://www.educa.jcyl.es/adultos).

En el plazo de tres días hábiles desde el siguiente a la publicación de la propuesta de habilitación, los interesados podrán presentar a través del registro electrónico las alegaciones y aportar los documentos que estimen oportunos cumplimentando el documento n.º 4 disponible en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en la web temática de Aprendizaje a lo largo de la vida del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (https://www.educa.jcyl.es/adultos).

ORDEN EDU/476/2020, de 9 de junio, por la que se habilita con carácter nacional a personal asesor y evaluador de los procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales.

Fecha de publicación: 1 de junio de 2020

Contenido:

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaORDEN EDU/476/2020, de 9 de junio (BOCyL 19-06-2020) (546 kbytes) , por la que se habilita con carácter nacional a personal asesor y evaluador de los procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales.

Primero.– Habilitación como personal asesor y evaluador.
Habilitar como personal asesor y evaluador a las personas que, en atención al colectivo de pertenencia, se relacionan en el Anexo I:

  • A) Profesorado de los cuerpos docentes con indicación de la familia profesional.
  • B) Profesionales expertos empleados públicos de los servicios públicos de emergencias de Castilla y León con indicación de la cualificación profesional.
  • C) Profesionales expertos en la instalación de placa de yeso laminado y falsos techos con indicación de la cualificación profesional.

Segundo.– Habilitaciones denegadas.

Denegar la habilitación como personal asesor y evaluador a las personas que, en atención al colectivo de pertenencia, se relacionan en el Anexo II, por las causas en él indicadas:

  • A) Profesorado de los cuerpos docentes con indicación de la familia profesional.
  • B) Profesionales expertos empleados públicos de los servicios públicos de emergencias de Castilla y León con indicación de la cualificación profesional.
  • C) Profesionales expertos en la instalación de placa de yeso laminado y falsos techos con indicación de la cualificación profesional.


Tercero.– Traslado de la orden.
Trasladar esta orden al Servicio Público de Empleo de Castilla y León, a los efectos de realizar el oportuno registro en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10.2.b) de la Orden HAC/1605/2011, de 29 de diciembre, por la que se desarrolla la gestión del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral en Castilla y León así como la estructura organizativa responsable.
 

Cuarto.– Efectos.
De conformidad con el apartado décimo.4 de la Orden EDU/1287/2019, de 4 de diciembre por la que se convoca un curso de formación específica para la habilitación de asesores y evaluadores de los procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales de la Comunidad de Castilla y León, financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y cofinanciado por el Fondo Social Europeo, la habilitación tendrá carácter nacional y las personas habilitadas formarán parte de la red de asesoramiento y evaluación de Castilla y León, en los términos del artículo 14 de la Orden HAC/1605/2011, de 29 de diciembre.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Educación o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de 4 MESES contado desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.

La convocatoria será resuelta, a la vista de las alegaciones presentadas, por el Director General de Formación Profesional y Régimen especial, publicándose en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación siendo objeto de publicidad en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en la web temática de Aprendizaje a lo largo de la vida del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (https://www.educa.jcyl.es/adultos).

Notificaciones:

  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral (BOE 25-08-2009).
  • Orden HAC/1605/2011, de 29 de diciembre (BOCyL 30-12-2011). Modificada por la Orden EYH/758/2017, de 29 de agosto (BOCyL 08-09-2017) y Orden EYH/1050/2021, de 9 de septiembre (BOCyL 22-09-2021)
  • ORDEN EDU/1287/2019, de 4 de diciembre, por la que se convoca un curso de formación  específica para la habilitación de asesores y evaluadores de los procedimientos de reconocimiento de competencias profesionales de la Comunidad de Castilla y León, financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y cofinanciado por el Fondo Social Europeo. (BOCyL 26-12-2019)
     

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial

Órgano que resuelve:

Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial

Información adicional:

El curso de formación se desarrollará a distancia mediante la utilización de procedimientos telemáticos (online), para flexibilizar los períodos de realización y facilitar la participación del profesorado.

Las características organizativas del curso, el programa y los contenidos formativos se recogen en el anexo.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (51 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.