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Recursos administrativos en materia de vivienda

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2931
  • SIA: 2259766

Objeto:

Recurrir los actos administrativos en materia de vivienda, bien a través de recurso de alzada, reposición o extraordinario de revisión, según corresponda.

¿Quién lo puede solicitar?

Los interesados en un procedimiento administrativo en materia de vivienda.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Que el recurso se interponga contra las resoluciones que pongan o no  fin a la vía administrativa (según proceda), o los actos de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos.

Que el recurso se interponga en el plazo legalmente establecido.

El recurso puede interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante su superior jerárquico, que es el competente para resolverlo.

¿Qué documentos necesito?

Cumplimentar la solicitud y, opcionalmente, acompañar la documentación que se crea necesaria para justificar el recurso.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El plazo para interponerlo es de un mes, si el acto es expreso.

Si el acto no es expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a que se produzca.

Plazo de resolución:

  • El plazo para dictar y notificar la resolución es de  un mes en recurso de reposición y tres meses en el caso de recurso de alzada.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Artículo 60 y 61 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  • Capítulo II del Título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica