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Registro de Sociedades Laborales

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 442
  • SIA: 1813080

Objeto:

Calificación, registro, descalificación y baja en el registro Sociedades Laborales.

¿Quién lo puede solicitar?

Sociedades Anónimas o de Responsabilidad Limitada.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Que al menos la mayoría del capital social sea propiedad de trabajadores que presten en ellas servicios retribuidos de forma personal y directa, en virtud de una relación laboral por tiempo indefinido.
  • Que ninguno de los socios sea titular de acciones o participaciones sociales que representen más de la tercera parte del capital social, salvo que se constituya inicialmente por dos socios trabajadores con contrato indefinido, en la que tanto el capital social como los derechos de voto estarán distribuidos al cincuenta por ciento, con la obligación de que en el plazo de 36 meses se ajusten al límite establecido.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado.

Certificación de inexistencia de denominación social coincidente.

Estatutos, capitalización y aportación de capital; Redacción y aprobación de los Estatutos y Escritura Notarial; Solicitud de CIF provisional (para caso de Altas); Liquidación del ITP y AJD.

Para resolver dudas sobre la tramitación del procedimiento, pueden dirigirse al siguiente correo electrónico: empleo.cooperativas.sl.autonomos@jcyl.es

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Plazo de resolución:

  • 3 meses.
  • 1 mes para calificación previa y constitución de la sociedad laboral.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 44/2015, de 14 de octubre de Sociedades Laborales y Participadas (BOE 15-10-2015)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Cooperativas, Sociedades Laborales y Trabajadores Autónomos

Órgano que resuelve:

Dirección General de Economía Social y Autónomos

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica