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Declaración de zona de gran afluencia turística

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 154
  • SIA: 1812989

Objeto:

Declaración de zonas de gran afluencia turística (en adelante ZGAT), o solicitud de su revisión.

¿Quién lo puede solicitar?

Ayuntamiento en cuyo término municipal se ubique la ZGAT.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Tendrán la consideración de zonas de gran afluencia turística, aquellas áreas coincidentes con la totalidad del municipio o parte del mismo que cumplan con alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) Que exista una concentración suficiente de plazas, cuantitativa y cualitativamente, en alojamientos y establecimientos turísticos, o bien en el número de segundas residencias respecto a las que constituyen residencia habitual.
  • b) Áreas que hayan sido inscritas en la Lista del Patrimonio Mundial o en las que se encuentre localizado un bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de Castilla y León, declarado Bien de Interés Cultural, que genere una gran afluencia de visitantes en su entorno.
  • c) En las que se celebren grandes eventos deportivos o culturales de carácter nacional o internacional.
  • d) Áreas cuyo atractivo principal sea el turismo de compras.
  • e) Aquellas que limiten o constituyan áreas de influencia de zonas fronterizas.
  • f) Cuando concurran otras circunstancias especiales que así lo justifiquen.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud razonada del Ayuntamiento, acompañada de:

  • Memoria explicativa del ámbito territorial y, en su caso, temporal de la declaración.
  • Memoria justificativa del cumplimiento de los criterios en los se fundamente la solicitud de la declaración de ZGAT (criterios del artículo 9 del Decreto 82/2006, de 16 de noviembre, modificado por Decreto 13/2025, de 25 de septiembre), y con la descripción de las circunstancias concretas que acreditan suficientemente la afluencia turística a esa zona.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

■ Solicitud de declaración de ZGAT: durante el mes de septiembre de cada año.

■ Solicitud de declaración de ZGAT por celebración de grandes eventos deportivos o culturales de carácter nacional o internacional: en cualquier momento, pero con una antelación de al menos tres meses a la fecha del evento que lo justifique.

■ Solicitud de ZGAT por circunstancias especiales: en cualquier momento, y con la debida justificación de la excepcionalidad.

■ Solicitud de revisión de una ZGAT ya declarada: antes del 15 de enero del ejercicio al que se refiera dicha revisión.

Plazo de resolución:

  • 2 meses.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • Efecto del silencio administrativo:

    Estimatorio

    Legislación aplicable:

    • Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales (BOE 22-12-2004)
    • Decreto Legislativo 2/2014, de 28 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León. (BOCyL 01-09-2014)
    • Decreto 82/2006, de 16 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente el texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León (BOCyL 22-11-2006 Modificado por DECRETO 16/2013, de 9 de mayo - BOCyL 15-05-2013  y DECRETO 13/2025, de 25 de septiembre - BOCyL 29-09-2025)

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Dirección General de Comercio y Consumo

    Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

    1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
    2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
      1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
      2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
      3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
    3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
    4. Descargar justificante de presentación.