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Ayudas a las universidades públicas de Castilla y León para el apoyo al desarrollo de la formación on-line

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2845
  • SIA: 1986959
  • BDNS (Identificador): 426781

Fecha de publicación:

4 de diciembre de 2018

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a las universidades públicas de Castilla y León para el apoyo al desarrollo de la formación on-line, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), a iniciar en 2019, con la finalidad de fomentar la implantación de las tecnologías de la información y de la comunicación (TIC) en el entorno docente universitario mediante la financiación de planes de actuación que incluyan el desarrollo, puesta en marcha y potenciación de plataformas de formación on-line a través del desarrollo de:

a) Cursos on-line cero o de introducción.

b) Cursos on-line contenidos en plataformas internacionales de acceso abierto

c) Titulaciones oficiales on-line: De grado, de máster y de doctorado.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 5 de diciembre de 2018 hasta el 19 de diciembre de 2018

Más Detalles:

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 DÍAS HÁBILES a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Las universidades públicas de Castilla y León

¿Para qué es la ayuda?:

Se financiarán planes de actuación que reúnan las siguientes características, desarrolladas por las universidades públicas de Castilla y León.

a) Adecuación a la Agenda Digital incluida en la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente de Castilla y León 2014-2020 (RIS3).

b) Inclusión de plataformas que sean o tengan la posibilidad de interoperabilidad con otras plataformas internacionales.

c) Contendrán los cursos on-line cero o de introducción, de los cursos on-line contenidos en plataformas internacionales de acceso abierto y las titulaciones oficiales on-line: de grado, de master y de doctorado, que se vayan a potenciar o implementar, detallando el área de conocimiento.

d) La duración se extenderá durante el año 2019 y 2020.

e) Se atendrán a lo establecido en los principios internacionales y en la normativa vigente en materia de bioética, igualdad de género y protección de datos. En especial deberán señalar que se están realizando medidas orientadas a garantizar la igualdad de género y la protección del medioambiente.

El plazo de ejecución de los planes de actuación se extenderá durante los años 2019 y 2020.

Cuantía:

  • La cuantía individualizada de la subvención será la determinada en cada solicitud, donde figurará únicamente el importe estrictamente necesario para la realización del plan de actuación, en función de sus características.
  • Cada subvención se concederá en atención a las disponibilidades presupuestarias y a la puntuación obtenida por cada solicitud tras aplicar los criterios de valoración establecidos.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, presentada por el representante legal de la entidad beneficiaria, en la que se incluirá declaración responsable relativa a diferentes extremos, e irá acompañada de la siguiente documentación:

a) Plan de actuación a ejecutar por la universidad pública según el modelo normalizado que figura como documento nº 2. Las universidades públicas solicitantes deberán presentar un solo plan de actuación.

b) Certificación del órgano competente, cumplimentada según modelo normalizado que figura como documento nº 3 que acredite que en los procesos para la provisión de puestos de trabajo se ha realizado la correspondiente reserva legal para su cobertura por personas con discapacidad, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, indicando número de trabajadores de la plantilla y porcentaje de personas con discapacidad con respecto al total y del cumplimiento de los criterios de valoración del apartado 12.b).

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección de Universidades e Investigación

Órgano que resuelve:

Consejera de Educación

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, si bien, conforme al artículo 22.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dicho plazo máximo se podrá suspender, entre otros casos, cuando deban emitirse informes que sean preceptivos y determinantes del contenido de la resolución a órgano de la misma o distinta Administración, por el tiempo que medie entre la petición, y la recepción del informe. Tanto la petición como la recepción del informe deberán ser comunicadas por medios electrónicos a los interesados. Este plazo de suspensión no podrá exceder en ningún caso de tres meses.

Transcurrido el plazo máximo sin que haya sido publicada la resolución, se podrán entender DESESTIMADAS.

La resolución se publicará en el BOCyL y será objeto de publicidad a través de la Sede Electrónica http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, y en el Portal de Educación http://www.educa.jcyl.es/universidad, por tiempo no inferior a un mes desde dicha publicación.

Notificaciones:

  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.
  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el  buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Plazo de ejecución y justificación de la actividad

  • Las inversiones y pagos efectuados por el beneficiario podrán realizarse desde el 1 de octubre de 2018 y antes del 4 de diciembre de 2020.
  • Las universidades públicas beneficiarias deberán presentar anualmente hasta el 4 de diciembre inclusive una cuenta justificativa, respecto de cada uno de los planes de actuación, con mención expresa a la aplicación de los fondos recibidos y al cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención.

Resolución. Beneficiarios:

ORDEN EDU/93/2019, de 4 de febrero, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a las universidades públicas de Castilla y León para el apoyo al desarrollo de la formación on-line cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. (BOCyL 12-02-2019)

Descarga del documento tipo PDF ORDEN EDU/93/2019, de 4 de febrero (BOCyL 12-02-2019). Abre una nueva ventanaORDEN EDU/93/2019, de 4 de febrero (BOCyL 12-02-2019) (601 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (54 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.