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Programa «2030» para favorecer la educación inclusiva de calidad

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2838
  • SIA: 1870889

Objeto:

Convocar el “Programa 2030”, cuya finalidad consiste en favorecer la educación inclusiva de calidad mediante la prevención y eliminación de la segregación escolar por razones de vulnerabilidad socioeducativa. El “Programa 2030” comprende un conjunto de medidas dirigidas tanto al alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa como a centros sostenidos con fondos públicos de alta complejidad socioeducativa o en riesgo de padecerla.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa escolarizado en centros educativos sostenidos con fondos públicos
  • Centros educativos sostenidos con fondos públicos de alta complejidad socioeducativa

¿Qué requisitos debo cumplir?

Puede solicitar su participación, el alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa: perteneciente a minorías étnicas, culturales o que se encuentre en cualquier otra situación socio-familiar o de índole personal que incida en la igualdad de oportunidades en su interacción con el entorno escolar y formativo.

Por otra parte, pueden solicitar su participación los centros sostenidos con fondos públicos de alta complejidad socioeducativa, entendiéndose que son aquellos en los que concurren al menos 3 de las siguientes circunstancias:

  • Que más del 30% de su alumnado esté en situación de vulnerabilidad socioeducativa. En el caso de los centros que imparten enseñanza secundaria se considerará superado ese porcentaje aunque sólo se produzca esta circunstancia en una de sus etapas educativas.
  • Que más del 30% de su alumnado presente necesidad específica de apoyo educativo. En el caso de centros que imparten enseñanza secundaria se valorará como tal aquel centro en el que esta circunstancia se dé en una de sus etapas educativas.
  • Que el centro se encuentre ubicado en un entorno en situación de vulnerabilidad social de acuerdo con la información suministrada por las entidades locales.
  • Que el centro presente dificultades de convivencia escolar, de acuerdo con los datos obrantes en la consejería competente en materia de educación.
  • Que el porcentaje de resultados escolares del centro se encuentre por debajo de la media de Castilla y León.

Aquellos centros que reuniendo 1 o 2 de las circunstancias estén en riesgo de convertirse en centros de alta complejidad socio-educativa, podrán concurrir excepcionalmente a la selección. 

¿Qué documentos necesito?

La declaración de vulnerabilidad socioeducativa se solicitará por el alumno o por sus padres o tutores legales conforme al modelo normalizado. También podrá solicitar la declaración de vulnerabilidad socioeducativa de un alumno el director del centro en el que esté escolarizado, con consentimiento de este o de sus padres o tutores legales. La solicitud de declaración de vulnerabilidad socioeducativa del alumno deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  • a) Informe del centro de acción social sobre la situación de vulnerabilidad socio-educativa del alumno si éste o su unidad familiar han sido atendidos por estos.
  • b) Informe del director del centro educativo sobre la situación de vulnerabilidad socio-educativa del alumno, en caso de no disponer del informe previsto en la letra a).
  • c) Documentación acreditativa de la situación de vulnerabilidad.

Los centros que deseen participar en el «Programa 2030» presentarán su solicitud conforme al modelo normalizado, que deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  • a) Informe favorable del consejo escolar del centro.
  • b) Documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos para considerarse centros de alta complejidad socioeducativa o bien  en su caso, de encontrarse en situación de convertirse en centros de alta complejidad, en cuyo caso deberán justificar que su participación en el «Programa 2030» prevendrá su transformación en centro de alta complejidad socioeducativa teniendo en cuenta, entre otros, factores como la evolución del centro en los tres últimos cursos escolares en relación con el número de alumnos en situación de vulnerabilidad socioeducativa, las circunstancias sociales del entorno en el que se encuentre en centro, la evolución del clima escolar y convivencia en el centro y los resultados escolares de los tres últimos años.
  • c) Proyecto de actuación, conforme a las especificaciones contenidas en el Anexo I.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Los ALUMNOS interesados en participar en el “Programa 2030” podrán presentar su solicitud sin límite de plazo a lo largo del curso escolar.

Los CENTROS que deseen participar en el «Programa 2030» presentarán la solicitud antes del 30 de enero de cada curso escolar. PARA EL CURSO ESCOLAR 208/2019 Los centros interesados en participar en «el Programa 2030» podrán presentar su solicitud con anterioridad al 30 de SEPTIEMBRE de 2018.

Plazo de resolución:

  • Respecto a la declaración de vulnerabilidad socioeducativa del alumno, resolverá el titular de la dirección provincial de educación correspondiente, a la vista de la propuesta del Área de Inspección Educativa. Contra la resolución del titular de la dirección provincial de educación podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la delegación territorial de la Junta de Castilla y León.
  • Respecto a la solicitud de los centros educativos de alta complejidad educativa, resolverá el titular de la Consejería de Educación, a propuesta de la comisión de selección que se constituya al efecto. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición o recurso contencioso administrativo.
  • El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de la declaración de vulnerabilidad socioeducativa del alumno será de 3 meses. En el caso de las solicitudes para el curso 2018/2019 el procedimiento de selección de los centros de alta complejidad socioeducativa se resolverá antes del 15 de noviembre de 2018.

Notificaciones:

  • La resolución relativa a la declaración de vulnerabilidad socioeducativa del alumno se notificará al interesado por el medio elegido por éste para relacionarse con la Administración.
    • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
    • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la  Ventanilla del Ciudadano.
  • La resolución de selección de los centros de alta complejidad socioeducativa se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • ORDEN EDU/939/2018, de 31 de agosto, por la que se regula el «Programa 2030» para favorecer la educación inclusiva de calidad mediante la prevención y eliminación de la segregación escolar por razones de vulnerabilidad socioeducativa (BOCyL 04-09-2018)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Información adicional:

Resolución. Beneficiarios:

ORDEN EDU/1203/2018, de 6 de noviembre, por la que se resuelve el procedimiento de selección de los centros educativos participantes en el «Programa 2030» para favorecer la educación inclusiva de calidad mediante la prevención y eliminación de la segregación escolar por razones de vulnerabilidad socioeducativa, correspondiente al curso escolar 2018-2019. (BOCyL 14-11-2018)

ORDEN EDU/352/2019, de 5 de abril, por la que se resuelve el procedimiento de selección de los centros educativos participantes en el «Programa 2030», para favorecer la educación inclusiva de calidad mediante la prevención y eliminación de la segregación escolar por razones de vulnerabilidad socioeducativa, correspondiente al curso escolar 2019-2020. (BOCyL 12-04-2019)

ORDEN EDU/712/2020, de 20 de julio, por la que se resuelve el procedimiento de selección de los centros educativos participantes en el «Programa 2030», para favorecer la educación inclusiva de calidad mediante la prevención y eliminación de la segregación escolar por razones de vulnerabilidad socioeducativa, correspondiente al curso escolar 2020-2021. (BOCyL 03-08-2020)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.