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Subvenciones para el desarrollo de proyectos dirigidos a favorecer la reincorporación de los jóvenes de 18 a 24 años al sistema educativo (2018)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1051
  • SIA: 1813319
  • BDNS (Identificador): 412471

Fecha de publicación:

23 de agosto de 2018

Objeto:

Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a al desarrollo de proyectos dirigidos a favorecer la reincorporación al sistema educativo de los jóvenes entre 18 y 24 años, dentro del ámbito territorial de Castilla y León, financiadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, para el año 2018.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 24 de agosto de 2018 hasta el 13 de septiembre de 2018

Más Detalles:

El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la orden de convocatoria en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Las entidades se encontrarán ubicadas en la Comunidad de Castilla y León
  • Realizarán programas de formación no reglada que persigan la reincorporación al sistema educativo, en cualquiera de sus modalidades, de jóvenes de edades comprendidas entre los 18 y 24 años.

¿Para qué es la ayuda?:

Podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos que contengan programas de formación no reglada dirigidos a favorecer la reincorporación al sistema educativo, en cualquiera de sus modalidades, de jóvenes de edades comprendidas entre 18 y 24 años. El proyecto contendrá los siguientes aspectos:

a) Identificación del alumnado. Se identificará el grupo de jóvenes entre 18 y 24 años beneficiarios del proyecto. Se describirá las circunstancias de su incorporación al proyecto. Para la actividades de grupo, se acepta la utilización de un criterio de inclusividad siempre que el conjunto de destinatarios atendidos no sean menos de seis y su porcentaje de participación en el grupo sea de al menos un 60%.

b) Objetivos. Se agrupan en dos grandes bloques:

1.º De intervención: Actuaciones previstas para conseguir la reincorporación del alumnado al sistema educativo.
2.º De resultados: Resultados que se pretenden conseguir.

c) Estrategias y actuaciones. Acciones educativas y con el entorno y el alumnado, así como las metodologías activas.

d) Actividades programadas, a través de la relación y coordinación con instituciones sociales, educativas o empresariales.

e) Instrumentos y procedimientos de evaluación, y los cauces de seguimiento.

f) Presupuesto: Se indicará la estimación del coste total los gastos e inversiones que se prevén realizar para desarrollar el proyecto.

Los gastos subvencionables se corresponderán con las actividades de ejecución del proyecto realizadas desde el 1 de enero al 31 de diciembre del año 2018 y deberán haber sido pagados con anterioridad al 31 de enero de 2019.

Cuantía:

  • La cuantía asignada a cada proyecto no podrá ser superior al presupuesto presentado, siendo la cantidad máxima subvencionable de 5.000 €.
  • Se establece un límite máximo de 15.000 € por beneficiario, cuando a una misma entidad correspondan varios proyectos diferenciados.

¿Qué documentos necesito?

La solicitud se formalizará mediante instancia dirigida al Consejero de Educación, conforme al modelo del documento nº 1. Los interesados podrán presentar una o varias solicitudes, siempre que correspondan a proyectos diferenciados.

Deberá acompañar a la solicitud la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF DOCUMENTACIÓN a presentar. Abre una nueva ventana DOCUMENTACIÓN a presentar (88 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado

Órgano que resuelve:

Consejera de Educación

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de seis meses a contar desde desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para resolver. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución se podrán entender desestimadas las solicitudes.

Notificaciones:

  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la  Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Información adicional:

Pago y Justificación de la ayuda

  • Podrán realizarse pagos anticipados del 100% de la cantidad concedida a petición del interesado en el momento de solicitarse la ayuda. Estos pagos tendrán la consideración de pagos a justificar, y se justificarán mediante la presentación de la documentación establecida en la convocatoria
  • Los beneficiarios deberán justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y la aplicación de los fondos concedidos mediante la presentación del documento nº 7, Justificación de los gastos, antes del 31 de diciembre del año 2018, acompañado de la documentación establecida en la convocatoria.
  • El órgano concedente, a través de técnicas de muestreo, una vez finalizado el plazo de justificación y en su caso de subsanación, comprobará los justificantes que estime oportunos y que permitan la evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la ayuda, a cuyo fin podrá requerir al beneficiario la remisión de las facturas subvencionadas. Se fija para la elección de la muestra representativa el 20% de los beneficiarios de la convocatoria. La selección de la muestra se efectuará, mediante sorteo aleatorio.El resultado del sorteo será notificado a los interesados concediéndoles un plazo de diez días para la aportación de los justificantes de gasto y pago correspondientes.

Compatibilidad

  • Las ayudas concedidas son compatibles con cualesquiera otras para la misma finalidad, otorgadas por otras Administraciones Públicas o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, siempre que el importe global de todas ellas no supere el coste de la actividad subvencionada.

Resolución. Beneficiarios:

ORDEN EDU/1181/2018, de 29 de octubre, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos dirigidos a favorecer la reincorporación de los jóvenes de 18 a 24 años al sistema educativo, en el ámbito territorial de Castilla y León, financiadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, para el año 2018. (BOCyL 08-11-2018)

Descarga del documento tipo PDF ORDEN EDU/1181/2018, de 29 de octubre (BOCyL 08-11-2018). Abre una nueva ventanaORDEN EDU/1181/2018, de 29 de octubre (BOCyL 08-11-2018) (478 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (81 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.