Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

  • Suscripción
  • Contacto

Sede Electrónica de Castilla y León

Redes Sociales

Contenido principal. Saltar al inicio.

Programa «Campamentos Temáticos Juveniles 2026»

  • Acceder a los formularios
  • Compartir

Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3579
  • SIA: 3054862

Objeto:

Convocar el programa «Campamentos Temáticos Juveniles 2026», con 1.543 plazas, estableciendo las condiciones de participación y los servicios incluidos en las actividades.

  • Transporte: traslados de ida y vuelta desde Valladolid al campamento y desplazamientos, excursiones y visitas del programa.
  • Alojamiento en pensión completa: desayuno, comida, merienda y cena en albergues, campamentos o instalaciones juveniles.
  • Seguros: seguro de accidentes y de responsabilidad civil.
  • Programa de actividades: propuestas formativas, lúdicas, socioculturales y de convivencia.
  • Material y equipamiento: recursos necesarios para el desarrollo de las actividades.
  • Equipo técnico especializado: profesionales responsables de la organización y ejecución del programa.
  • Actividades de inglés: impartidas por profesorado titulado o profesorado nativo con titulación universitaria equivalente.

¿Quién lo puede solicitar?

Jóvenes nacidos entre 2009 y 2017 que reúnan los requisitos.

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

  • Por Internet cumplimentando la Solicitud de participación (Anexo II), a través de la aplicación informática CAIJ (Campañas y Actividades del Instituto de la Juventud de Castilla y León). No requiere DNI-e o certificado digital.
  • FAMILIA NUMEROSA: cumplimentada la solicitud a través de la aplicación informática CAIJ, deberán acreditar la condición de familia numerosa mediante el apartado específico de la aplicación (Anexo III «Autorización para la verificación electrónica de datos personales»), siendo solo necesario acreditarlo una vez, para el caso de que varios solicitantes pertenezcan a la misma unidad familiar, para ello se deberá disponer del DNI-e o certificado digital.  Tramitación electrónica: ver requisitos técnicos.
  • VICTIMAS DEL TERRORISMO: utilizarán el formulario normalizado establecido como Anexo IV, «Solicitud de participación de Víctimas del terrorismo» al que acompañarán, solo en el caso de oponerse expresamente a su consulta por el órgano gestor, la documentación justificativa de dicha condición. Para ello se deberá disponer del DNI-e o certificado digital.  Tramitación electrónica: ver requisitos técnicos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  1. Estar en posesión del Documento Nacional de Identidad (DNI) o del Número de Identificación de Extranjeros (NIE).
  2. Estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Castilla y León, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, podrán solicitar plaza en el tercer turno de adjudicación directa, los jóvenes nacidos en Castilla y León, con residencia en otra Comunidad Autónoma, así como los descendientes de castellanos y leoneses, hasta segundo grado de consanguinidad, que residan en otra Comunidad Autónoma o en el extranjero.
  3. Cumplir con el requisito de año de nacimiento previsto para cada una de las actividades formativas programadas en el Anexo I. «Actividades. Codificación. Fechas. Cuota.» Teniendo en cuenta que las edades exigidas para cada una de las actividades formativas podrán cumplirse a lo largo del año 2026 y como máximo tendrán 17 años a la fecha fin de la actividad.
    El año de nacimiento de los destinatarios a los que se dirige cada modalidad de actividades, el lugar y las fechas de realización de las mismas, su codificación, el número de plazas ofertadas para cada una, así como el importe de la cuota a abonar, se especifican en el Anexo I. «Actividades. Codificación. Fechas. Cuota.»

​*Advertido error en los años de nacimiento de la actividad CT003 Inglés y robótica, se comunica que los años de nacimiento correctos son del 2008 al 2012

¿Qué documentos necesito?

Solicitud modelo Anexo II (a través de CAIJ), dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes, indicando el código de la actividad del Anexo I.

  •  La solicitud podrá ser individual o conjunta (máx. 4 personas) en la fase de sorteo; las suplencias se tramitan siempre individualmente.
  • Cada persona podrá solicitar todas las actividades que cumpla, salvo víctimas del terrorismo, que solo pueden solicitar una.
  • En caso de duplicidad, solo será válida la última solicitud registrada. Todas conforman una única lista por actividad.
  • La solicitud implica la aceptación de las condiciones.

Los solicitantes que deseen beneficiarse de las bonificaciones de Familia Numerosa acompañarán a la solicitud (Anexo II), el Anexo III «Autorización para verificación electrónica de datos personales» que deberá ser firmada por todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años. Si no se autorizase esta verificación se deberá aportar la documentación justificativa correspondiente consistente en:

  • IRPF 2024 o certificado de imputación de rentas 2024.
  • Certificado catastral de bienes inmuebles.
  • Copia del título de familia numerosa en vigor.

Para el cupo del 2% de víctimas del terrorismo, se presentará la Solicitud en el Anexo IV. La Administración comprobará la condición de víctima salvo oposición expresa, en ese caso deberá aportarse la resolución administrativa, sentencia judicial o medio de prueba admitido en derecho. En el caso de víctimas de violencia de género o hijos/as, la documentación acreditativa se presentará en la confirmación de la plaza para aplicar la bonificación del 100%.

Fecha de publicación:

20 de marzo de 2026

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 21 de marzo de 2026 hasta el 7 de abril de 2026

Te interesa saber:

Cuota y bonificaciones, cancelación del programa y devolución de cuotas

Contenido:

Cuotas y bonificaciones

Los adjudicatarios de las plazas efectuarán el ingreso de la cuota establecida en el Anexo I «Actividades. Requisitos. Codificación. Cuota», indicando nombre y apellidos del participante y código de la actividad.

En el pago de la cuota correspondiente, se establecen las siguientes bonificaciones:

  • a) Bonificación del 15% de la cuota para usuarios del Carné Joven Europeo. Para los participantes que tengan menos de 14 años a fecha de confirmación de la plaza se les aplicará directamente la bonificación del 15%.
  • b) Bonificación del 50% de la cuota para los participantes que dispongan de título de familia numerosa de categoría general en el plazo de solicitud de las actividades, de conformidad con lo establecido en la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León, siempre que se reúnan los requisitos establecidos en el punto 3 del presente apartado.
  • c) Bonificación del 100% de la cuota para los participantes que dispongan del título de familia numerosa de categoría especial en el plazo de solicitud de las actividades, de conformidad con lo establecido en la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León, siempre que se reúnan los requisitos establecidos en el punto 3 del presente apartado.
  • d) Bonificación del 100% de la cuota para los participantes que tengan acreditada la condición de víctima del terrorismo, de conformidad con lo establecido en la  Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León.
  • e) Bonificación del 100% para los hijos de víctimas de violencia de género, así como para aquellas participantes que tuvieran reconocida esa condición, de acuerdo con lo establecido en la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género de Castilla y León.

​*Las bonificaciones previstas para familias numerosas únicamente se aplicarán cuando la capacidad económica familiar per cápita mensual sea inferior a 1,1 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente en el momento de la solicitud, correspondiente a una mensualidad, conforme establece el Decreto 27/2013, de 4 de julio, por el que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios en las residencias juveniles de titularidad de la Comunidad de Castilla y León y se establece su régimen de bonificaciones.

Para calcular la renta familiar son computables: padre y madre o tutor, el participante, los hermanos solteros menores de 25 años que convivan en el domicilio (o mayores si tienen discapacidad) y los ascendientes de los padres que residan en el domicilio a 31/12/2024.

En caso de divorcio o separación, no se considera miembro computable el progenitor que no conviva con el participante, aunque sí se suma su aportación económica.

Con custodia compartida, se computan las rentas de ambos progenitores; además, se incluirá como miembro computable el nuevo cónyuge o pareja del progenitor, si existe, y su renta.

Los mayores de 14 años deberán tener expedido el carné o solicitado junto con el pago de la correspondiente tasa, para que se les aplique la bonificación.

Las bonificaciones no son acumulables; si coinciden varias, se aplicará solo la de mayor cuantía.


Incidencias y cancelación

  • Corresponde a la persona titular del Instituto de la Juventud de Castilla y León resolver todas aquellas incidencias que pudieran producirse en el desarrollo y gestión del programa, incluida la posibilidad de suspender la actividad, modificar las condiciones de ejecución o el número de participantes en las actividades en caso excepcional.
  • En cualquier caso, todas las actividades programadas podrán ser canceladas, cuando concurran causas de fuerza mayor que hagan imposible el desarrollo de las mismas.
  • Además, se podrán cancelar las actividades si antes de la fase de adjudicación directa, no se hubieran cubierto el 80% de las plazas convocadas, en cuyo caso se procederá de oficio a la devolución íntegra de las cuotas abonadas.
  • Además, si el número de solicitantes no supera el doble de las plazas convocadas en cada actividad, se podrá cancelar la misma con anterioridad a la fecha de celebración del sorteo.
  • No obstante, el Instituto de la Juventud podría ampliar el intervalo de edad de dicha actividad, con el objetivo de cubrir las plazas necesarias para que se pudiera llevar a cabo.

Devolución de cuotas

  • Procederá la devolución del 100% de la cuota cuando la actividad no se inicie por causas de fuerza mayor que impidan el desarrollo de la misma, fallecimiento del participante o bien en el supuesto de ingresos indebidos.
  • Procederá la devolución del 80% de la cuota si la renuncia del participante se realiza con una antelación mínima de 7 días naturales al día de inicio de la actividad, y la citada renuncia se fundamenta en alguna de las siguientes causas:
    a) Enfermedad grave o accidente del participante.
    b) Enfermedad grave, accidente o fallecimiento de un familiar del participante hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
    c) Cumplimiento de deber legal inexcusable o participación en convocatorias oficiales debidamente justificada.
    d) Contrato de trabajo para participantes mayores de 16 años, cuya duración coincida con las fechas de la actividad.
  • Procederá la devolución del 50% de la cuota si la renuncia se produce en un plazo inferior a 7 días naturales antes del día de inicio de la actividad, siempre que dicha renuncia se fundamente en alguna de las causas citadas en el punto anterior.
  • No procederá la devolución de la cuota cuando la renuncia o abandono del participante se produzca a partir de las 00:00 horas del día de inicio de la actividad, cualquiera que sea la causa que motive la renuncia o abandono. Tampoco procederá la devolución de la cuota en caso de expulsión del participante.
  • La solicitud de devolución de la cuota deberá presentarse por escrito dirigido al Instituto de la Juventud de Castilla y León, en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento de las Administraciones Públicas, en el que se harán constar los datos personales y bancarios del solicitante, debiendo adjuntar la siguiente documentación, según proceda:
    a) Certificado médico de enfermedad grave, accidente o justificante de ingreso hospitalario del participante o de un familiar de primer o segundo grado.
    b) Certificado de defunción o documento que lo acredite.
    c) Documento justificativo del deber inexcusable alegado o de la participación en una convocatoria de carácter oficial.
    d) Copia de contrato de trabajo.
    e) Copia del justificante del ingreso indebido de la cuota.
    f) En todo caso, certificado bancario o declaración responsable en la que se indique la titularidad de la cuenta, así como el código IBAN y los 20 dígitos identificativos de la cuenta en la que realizar la devolución de la cuota.
  • La renuncia a una plaza confirmada, que deberá presentarse mediante escrito debidamente registrado, deberá comunicarse al Instituto de la Juventud de Castilla y León a la mayor brevedad posible, a efectos de facilitar su ocupación por otro solicitante.
Procedimiento de adjudicación: Listados de admitidos y sorteo

Contenido:

  • Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, se configurará un listado provisional de admitidos para el sorteo de adjudicación de plazas, que se podrá consultar en la sede electrónica  (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), en el Portal de Juventud de Castilla y León (https://www.juventud.jcyl.es), y en las Secciones de Juventud de cada provincia, a partir del día 13 de abril de 2026.
    En el caso de no estar incluidos en la lista o de existir datos erróneos, se podrán formular alegaciones presentando copia de la solicitud debidamente registrada hasta el día 15 de abril de 2026.
  • Concluido el plazo de subsanación  se configurarán los listados definitivos de solicitantes que participarán en el sorteo para la adjudicación de las plazas. Este listado se podrá consultar a partir del día 20 de abril de 2026, en la sede electrónica, en el Portal de Juventud de Castilla y León y en las Secciones de Juventud de cada provincia.
  • Desde el día 20 de abril hasta el día 22 de abril de 2026, los solicitantes de familia numerosa podrán comprobar la información relativa al cumplimiento de los requisitos de capacidad económica per cápita para poder beneficiarse de las bonificaciones previstas, a través de la aplicación informática CAIJ («Solicitud/Consulta de plazas/Gestión de Familias Numerosas»).
  • De forma complementaria, y a efectos meramente informativos, los solicitantes que así lo hayan autorizado en la solicitud, serán informados mediante un mensaje de texto telefónico (SMS) del cumplimiento de requisitos para ser beneficiarios de las bonificaciones de la cuota previstas para familias numerosas, siempre que las circunstancias técnicas lo permitan.
    Dentro del plazo señalado, se podrán formular alegaciones y/o aportar la documentación que, en su caso, se estime conveniente.
  • La adjudicación definitiva de plazas se realizará mediante sorteo informático, que será público, y se celebrará el día 27 de abril de 2026, a las 10.30 horas, en la sede del Instituto de la Juventud, C/ Mieses, 26, determinando los participantes seleccionados y el orden de suplencia de todos los participantes.
    Mediante resolución de la persona titular del Instituto de la Juventud de Castilla y León, se dará publicidad a la relación de seleccionados y suplentes para participar en el programa «Campamentos Temáticos Juveniles». La elación se expondrá en la sede electrónica y en el Portal de Juventud de Castilla y León.
  • De forma complementaria, y a efectos meramente informativos, los seleccionados que así lo hayan solicitado, podrán ser informados del resultado del sorteo, siempre que las circunstancias técnicas lo permitan, mediante un mensaje de texto telefónico (SMS). Dicho mensaje también se enviará, en su caso, cuando se inicien los diferentes turnos de suplencia.
Confirmación de las plazas y renuncia; Turnos de suplencia y Adjudicación directa

Contenido:

Confirmación de plaza

  1. Para la adjudicación definitiva de la plaza será imprescindible que el solicitante seleccionado en el sorteo realice la confirmación de la misma, aportando, según su caso, la documentación referida en el punto 6. La no confirmación de la plaza en los términos establecidos a continuación implicará la renuncia a la plaza.
  2. De las posibles plazas adjudicadas en el sorteo sólo se podrá confirmar una. Sin embargo, posteriormente, en el tercer turno de adjudicación directa, si hubieran quedado plazas vacantes, el solicitante podrá confirmar hasta una segunda plaza de este programa.
  3. El plazo de confirmación de plaza comenzará el día 27 de abril, una vez publicado el resultado del sorteo, y finalizará el día 4 de mayo.
  4. La confirmación de plaza se realizará mediante la cumplimentación del formulario normalizado establecido como Anexo V «Ficha de confirmación».
  5. La confirmación será siempre individual, aunque la solicitud de participación se hubiera realizado en grupo, e irá dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia del participante y podrá presentarse por alguno de los siguientes medios:
    a) De manera electrónica.
    b) De manera presencial. 
  6. La confirmación de la plaza deberá de ir acompañada de la siguiente documentación:
    I. Documentación que ha de adjuntar el participante, en todo caso:
    a) Documento original acreditativo del ingreso de la cuota correspondiente en la entidad bancaria y número de cuenta señalado en el Anexo I «Actividades. Codificación. Fechas. Cuota», en el que deberá constar el nombre y apellidos del participante y el código de la actividad. La omisión de la presentación de este documento determinará la no confirmación de la plaza. No obstante, lo anterior el pago incompleto de la cuota podrá ser objeto de subsanación. En ningún caso, el pago de la cuota correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, del documento Anexo V «Ficha de confirmación», con arreglo a lo arriba indicado.
    b) Los participantes, que cumplan los requisitos para beneficiarse de la bonificación prevista para víctimas de violencia de género, deberán presentar en el mismo plazo de confirmación (hasta el 4 de mayo de 2026), copia de alguno de los documentos que permiten la acreditación de la condición de víctima de violencia de género:
    – Resolución judicial otorgando la orden de protección o acordando medida cautelar a favor de la víctima atinente a causa criminal por violencia de género.
    – Sentencia firme de cualquier orden jurisdiccional que declare que la mujer padeció violencia en cualquiera de las formas recogidas en el artículo 2 de la citada ley.
    – Certificación o informe de los servicios sociales o sanitarios de la administración pública autonómica o local.
    – Informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social.
    – Excepcionalmente y en tanto se dicte la orden de protección, será título de acreditación de la situación de violencia de género el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante de alguno de los recursos previstos en la presente ley es víctima de tal violencia.
    c) Copia del Carné Joven Europeo expedido por otra Comunidad Autónoma, en caso de beneficiarse de bonificación en la cuota. Para aplicarse la bonificación del carné joven es necesario tenerlo expedido o solicitado junto con el pago de la correspondiente tasa. 
    d) En el caso de participantes residentes en otra Comunidad Autónoma o en el extranjero, descendientes de castellanos y leoneses, se deberá presentar, dependiendo del grado de parentesco con el descendiente castellano y leonés, la siguiente documentación:
    – Para descendientes de castellanos y leoneses de primer grado: Copia del DNI del padre o de la madre nacido en Castilla y León.
    – Para descendientes de castellanos y leoneses de segundo grado: Copia del DNI del abuelo o abuela nacido en Castilla y León junto con la copia del DNI del progenitor del participante descendiente del abuelo castellano y leonés.
    II. Documentación que ha de aportar el participante si de modo expreso se opone en la «Ficha de Confirmación» (Anexo V) a que el órgano gestor directamente o por medios electrónicos compruebe cada uno de los siguientes datos:
    a) Copia del DNI o NIE en vigor del solicitante seleccionado.
    b) Certificado o volante de empadronamiento actualizado en Castilla y León.
    c) Copia del título de familia numerosa en vigor, con indicación del número, cuando siendo un título reconocido y expedido por la Administración de la Comunidad de Castilla y León o por otra Comunidad Autónoma.
    d) Copia del Carné Joven Europeo expedido por la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
  7. Una vez confirmada la plaza, y antes del inicio de cada actividad, el Instituto de la Juventud de Castilla y León comunicará mediante correo electrónico a los participantes seleccionados los datos de fechas, horarios, lugares de salida y regreso, material necesario y programación detallada de las actividades.

Turno de suplencias

  1. Una vez finalizado el plazo de confirmación de las plazas adjudicadas mediante sorteo, las plazas no confirmadas pasarán al primer y segundo turno de suplencias, en las siguientes fechas:
    – Primer turno: los días 8, 11 y 12 de mayo de 2026.
    – Segundo turno: los días 18, 19 y 20 de mayo de 2026.
  2. El primer día de cada uno de los turnos de suplencia se publicará en la sede electrónica, en el Portal de Juventud de Castilla y León y en las Secciones de Juventud de cada provincia, un listado con los suplentes a los que, siguiendo el orden de suplencias establecido tras el sorteo, les ha sido adjudicada una plaza. De forma complementaria, y a efectos meramente informativos, los solicitantes que así lo hayan autorizado en la solicitud, también serán informados mediante un mensaje de texto telefónico (SMS)
  3. Las plazas adjudicadas en los turnos de suplencia deberán ser confirmadas dentro de los días que permanece abierto cada uno de los turnos de suplencia. La confirmación de las plazas se realizará de forma individual y mediante el procedimiento establecido en el apartado anterior.

Adjudicación directa de plazas

  1. Una vez finalizados los plazos de confirmación de los dos turnos de suplencia, si existieran plazas vacantes, éstas se asignarán de forma individual mediante adjudicación directa por riguroso orden de solicitud.
  2. En esta fase se establecen tres turnos de adjudicación directa:
    a) Primer turno de adjudicación directa: reservado para aquellos jóvenes que hayan confirmado alguna plaza en actividades que posteriormente hayan sido anuladas o canceladas. El turno se abrirá a las 9:15 horas del día 26 de mayo de 2026. El plazo para la confirmación de la plaza finalizará el día 27 de mayo de 2026.
    b) Segundo turno de adjudicación directa: reservado para aquellos jóvenes que hubieren solicitado, dentro del plazo establecido en el punto 4 del apartado Quinto de la presente Orden, alguna plaza sin que hayan confirmado ninguna. El turno se abrirá a las 9:15 horas del día 29 de mayo de 2026. El plazo para la confirmación de la plaza finalizará el día 2 de junio de 2026.
    c) Tercer turno de adjudicación directa: en el que podrán solicitar plazas vacantes todos los jóvenes que cumplan los requisitos generales de participación previstos en esta Orden, así como los jóvenes nacidos en Castilla y León con residencia en otra Comunidad Autónoma, y los descendientes de castellanos y leoneses, hasta segundo grado de consanguinidad, que residan en otra Comunidad Autónoma o en el extranjero. El turno se abrirá a las 9:15 horas del día 4 de junio de 2026, hasta 5 días naturales antes del inicio de la actividad solicitada. El plazo para la confirmación de la plaza finalizará el día siguiente al de realización de la reserva.
  3. En los dos turnos señalados en las letras b) y c), solamente serán aplicables las bonificaciones previstas para familias numerosas a aquellos solicitantes que hubieran presentado el Anexo II «Solicitud de participación», acompañado de la documentación precisa para la comprobación de la renta per cápita familiar, en los plazos y con los requisitos establecidos.
  4. En los diferentes turnos de adjudicación directa, la reserva de plaza se realizará preferentemente de manera electrónica, a través de la aplicación informática CAIJ. Para el caso de no disponer de medios electrónicos, se podrá realizar la reserva de plaza acudiendo presencialmente a la Sección de Juventud de la provincia de residencia del solicitante.
  5. Una vez reservada una plaza, la adjudicación definitiva de la misma se realizará mediante la correspondiente confirmación en los términos señalados en el apartado Noveno. La ausencia de confirmación implicará la renuncia a la plaza volviendo a ofertarse ésta para otros posibles interesados en tanto permanezca abierta la fase de adjudicación directa.
Obligaciones de los participantes

Contenido:

Los participantes del programa «Campamentos Temáticos Juveniles 2026» se sujetarán al cumplimiento de las siguientes obligaciones durante el desarrollo de las actividades en las que participan:

  • Deberán atender a las instrucciones o directrices que se establezcan por parte de la entidad gestora de la actividad, manteniendo un comportamiento respetuoso y correcto con los profesores y el equipo de animación, así como con el personal de la instalación y con el resto de participantes, a fin de facilitar el normal desarrollo de la actividad, evitando comportamientos agresivos, sexistas o racistas.
  • La tenencia o consumo de alcohol, tabaco o cualquier otro tipo de droga será motivo de expulsión inmediata de la actividad.
  • La incorporación y regreso de la actividad se realizará por los medios y en los plazos y horarios previstos en las condiciones de la convocatoria.
  • Es obligatoria la asistencia a todos los talleres y actividades programadas en la actividad.
  • Los participantes deberán presentarse en el lugar de salida establecido, en Valladolid, con al menos 15 minutos de antelación respecto de la hora establecida.
  • Todos los participantes deberán ir provistos de la documentación correspondiente que en cada actividad resulte exigible, y Documento Nacional de Identidad o Número de Identificación de Extranjeros en vigor, Tarjeta sanitaria del Sistema de Salud de Castilla y León o de otra comunidad autónoma, si procede, o seguro privado de asistencia médica.
  • Los participantes no podrán abandonar la actividad sin autorización previa de los padres o representantes legales, conforme al Anexo VI «Autorización para el abandono de la actividad», que será entregado al responsable de la actividad.
  • Los participantes que sean expulsados o abandonen la actividad deberán ser recogidos por los padres, representantes legales o persona autorizada para ello, siendo responsabilidad del participante y sus padres o representantes legales, la organización del traslado y los gastos que ocasionen.
  • La responsabilidad sobre los efectos personales corresponderá a los participantes, por lo que ni el Instituto de la Juventud de Castilla y León, ni la entidad organizadora de la actividad serán responsables de la pérdida o deterioro de los mismos.
  • Los participantes podrán llevar un único teléfono móvil que solo podrán utilizar en el horario establecido, salvo excepciones. No se podrá llevar ningún aparato como una videoconsola o Tablet, que reproduzca imágenes o que pueda conectarse a Internet.
  • En la ficha de confirmación de plaza (Anexo V) deberán consignarse en un apartado habilitado al efecto otros datos del participante que resulten de interés para garantizar su adecuada participación en la actividad tales como alergias, intolerancias alimenticias, medicación que deba suministrarse y adaptaciones específicas requeridas, entre otras.

En caso de observaciones médicas será necesario aportar el correspondiente informe médico.

Recursos:

  • Recurso potestativo de REPOSICIÓN.
  • Recurso Contencioso-administrativo.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

ORDEN FAM/266/2026, de 16 de marzo, por la que se convoca el Programa «Campamentos Temáticos Juveniles 2026» (BOCyL 20-03-2026)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Secciones de Juventud

Órgano que resuelve:

Directora General del Instituto de la Juventud de Castilla y León

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (171 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Contenidos Relacionados

Textos: