Fecha de publicación:
1 de agosto de 2024
Fecha límite:
Plazo de presentación documentación: desde el 2 hasta el 16 de agosto de 2024
Contenido:
Resolución de 25 de julio de 2024, de la Directora General del Instituto de la Juventud de Castilla y León (BOCyL 01-08-2024) (830 kbytes)
, por la que se adjudican las plazas de residentes fijos y becas de colaboración en las residencias juveniles, para el curso 2024-2025, convocadas por Orden FAM/558/2024, de 5 de junio.
Mediante la Orden FAM/558/2024, de 5 de junio, se convocaron plazas de residentes fijos y becas de colaboración en las residencias juveniles dependientes del Instituto de la Juventud de Castilla y León, para el curso 2024/2025.
El artículo 8 de la Orden FAM/469/2012, de 14 de junio, por el que se establece el sistema de acceso a las plazas de residentes fijos en las residencias juveniles, y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de colaboración en las residencias juveniles dependientes del instituto de la juventud de Castilla y León, prevé, para el caso de las solicitudes de plaza de residentes fijos, que aquellas que cumplan con los requisitos serán ponderadas por una comisión de valoración constituida al efecto, en cada provincia y que una vez valoradas elevarán propuesta de resolución al órgano competente para resolver. Lo mismo dispone el artículo18 respecto del acceso a las plazas de becarios colaboradores.
El artículo 11 de esa misma Orden establece que si el número de plazas ocupadas es inferior al de plazas ofertadas y no existieran suplentes, se podrán adjudicar las plazas vacantes, conforme a los criterios de valoración que se determinan, a aquellos jóvenes que hayan quedado excluidos por presentar su solicitud fuera de plazo o por no reunir los requisitos establecidos en el artículo 7, letras b), c), o d) y que por circunstancias excepcionales o de continuación de estudios podrán tener hasta un máximo de 30 años. En este supuesto, tendrán en todo caso preferencia los residentes de la Comunidad de Castilla y León sobre los demás.
El resuelvo noveno de la Orden FAM/558/2024, de 5 de junio, delega en la persona titular del Instituto de la Juventud de Castilla y León, la competencia para resolver la convocatoria de plazas de residentes fijos y las becas de colaboración en las residencias juveniles dependientes del Instituto de la Juventud de Castilla y León, para el curso 2024/2025.
Vistas las propuestas de resolución formuladas por las comisiones de valoración de cada provincia y en virtud de las atribuciones conferidas
RESUELVO
Primero. Adjudicar las plazas de residentes fijos y becas de colaboración en las residencias juveniles para el curso 2024/2025 y aprobar la relación de suplentes, desestimados y desistidos.
Segundo. El listado de adjudicados, suplentes, desestimados y desistidos en cada residencia se encuentra publicado en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es; en el portal Web del Instituto de la Juventud de Castilla y León https://www.juventud.jcyl.es; en las oficinas de las Secciones de Juventud, y en el tablón de anuncios de las residencias juveniles.
Tercero. El precio público que corresponde pagar a cada residente por los servicios prestados una vez aplicadas las bonificaciones que correspondan en función de la capacidad económica de la unidad familiar a la que pertenezca, se podrá consultar por el adjudicatario:
En el portal de juventud, www.juventud.jcyl.es, en el cual estará disponible una aplicación web a la que se podrá acceder de dos formas:
- a) Mediante DNI electrónico o certificado digital: A cuyo efecto, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico activado para firma digital, o de un certificado digital de clase 2CA de firma electrónica emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, o bien aquellos otros certificados que hayan sido previamente reconocidos por esta Administración y sean compatibles con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.
- b) Introduciendo en la citada aplicación web los datos de acceso requeridos en la misma.
En las residencias juveniles, y en las Secciones de Juventud, de forma presencial y acreditando su identificación con DNI o pasaporte.
Cuarto. Los adjudicatarios de plazas de residentes fijos y becas de colaboración deberán constituir garantía en concepto de reserva de plaza, en efectivo, por el importe de una mensualidad en habitación compartida, en cualquiera de las Secciones de Tesorería de los Servicios Territoriales de Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, a favor de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, donde recibirán la carta de pago que acredite su constitución.
También existe la posibilidad de constituirla vía telemática mediante la utilización de la Oficina Virtual de la Caja General de Depósitos a la que se podrá acceder a través del siguiente enlace:
https://hacienda.jcyl.es/web/jcyl/Hacienda/es/Plantilla100/1284394140347/_/_/_/
Quinto. En el plazo de 10 días a contar desde la publicación de esta resolución, los adjudicatarios presentarán en la secretaría de la residencia solicitada la documentación establecida en el apartado 2 del resuelvo undécimo de la FAM/558/2024, de 5 de junio, que es la siguiente:
- a) Copia de la tarjeta sanitaria.
- b) Informe médico de intolerancia alimentaria, si procede.
- c) Copia/Original de la carta de pago de constitución de garantía.
- d) Declaración de aceptación y compromiso de cumplimiento de las normas de funcionamiento de la residencia juvenil, comunicación de la fecha de incorporación y fecha prevista de terminación en el supuesto de que la actividad académica o laboral sea inferior a un curso, según formulario normalizado «Declaración Aceptación Estatutos y Fecha de Incorporación», disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, y en el portal Web del Instituto de la Juventud de Castilla y León, https://www.juventud.jcyl.es.
- e) Una fotografía actual, escaneada.
- f) Autorización de la domiciliación del pago de la cuota, y compromiso del padre o de la madre responsabilizándose de la deuda del residente en el supuesto de impago de las cuotas, según formulario normalizado «Autorización domiciliación pago» disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, y en el portal Web del Instituto de la Juventud de Castilla y León, https://www.juventud.jcyl.es.
- g) Los solicitantes en su condición de estudiantes, certificado de las calificaciones obtenidas en la convocatoria ordinaria del último curso realizado, cuando se haya presentado declaración responsable con la solicitud.
- h) En el supuesto de estar al servicio de una Administración Pública o desempeñar una actividad laboral, copia del nombramiento, contrato laboral en vigor o, en su caso, certificado del tiempo cotizado en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social.
- i) En el supuesto de haber declarado en la solicitud alguna de las circunstancias de índole social o familiar, detalladas en el punto 1 apartado a), del resuelvo séptimo, de dicha Orden, se deberá aportar copia de la documentación que acredite la concurrencia de las situaciones declaradas, salvo los participantes en el programa de voluntariado joven del Instituto de la Juventud de Castilla y León.
Sexto. Antes del 15 de octubre de 2024, todos los adjudicatarios, en su condición de estudiantes, entregarán en la secretaría de la residencia adjudicada, copia de la matrícula del curso 2024-2025 o certificado de matriculación expedido por la secretaría del centro de estudios.
Séptimo. Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente resolución, en el caso de existencia de plazas vacantes y, de conformidad con el artículo 11 de la Orden FAM/469/2012, de 14 de junio, las solicitudes ya presentadas o que se puedan presentar, se resolverán conforme a lo dispuesto en la citada Orden.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso potestativo de reposición ante la titular de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.