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Aprobación del Plan de Labores

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2529
  • SIA: 1813850

Objeto:

Aprobación del Plan de Labores de las autorizaciones de explotación, permisos de investigación y concesiones de explotación de recursos mineros de las Secciones A), C) y D) de la Ley de Minas.

¿Quién lo puede solicitar?

Los titulares o explotadores de autorizaciones y concesiones de explotación, y los titulares de permisos de investigación.

¿Qué documentos necesito?

  1. El Plan de Labores firmado electrónicamente por la dirección facultativa.
  2. Declaración responsable de la dirección facultativa firmada electrónicamente, según el modelo indicado en el Anexo C.
  3. Anexo de restauración y de planos de restauración, firmados electrónicamente por la dirección facultativa.
  4. Actualización del Documento sobre Seguridad y Salud, que debe incluir, entre otros, la recopilación de fichas de datos estadísticos que incluyen los resultados de las tomas de muestras de la exposición a polvo y SCR de los trabajadores, firmado electrónicamente por el empresario y por la dirección facultativa. La dirección facultativa ha de incluir en su apartado del texto de firma electrónica y como cabecera el termino de aprobado.
  5. Enlace de descarga de planos en formato «dxf» o «shp», acompañado de informe resumen de trazabilidad en PDF (se adjunta modelo) y firmado electrónicamente por la dirección facultativa.
  6. Ficha(s) de contratas, en su caso, firmadas electrónicamente por la dirección facultativa según el modelo indicado en el Anexo D.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

- Para las Autorizaciones de explotación, según los plazos establecidos en el artículo 31 del Reglamento General para el Régimen de la Minería.

- Para los permisos de investigación según los plazos establecidos en el artículo 75 del Reglamento General para el Régimen de la Minería.

- Para las concesiones de explotación ha de presentarse en el mes de enero de cada año.

Plazo de resolución:

  • Dos meses para las Autorizaciones de explotación y permisos de investigación.
  • Tres meses para las concesiones de explotación.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE 24-07-1973)
  • Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería (BOE 11-12-1978)
  • RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Energía y Minas, mediante la que se establece el modelo de plan de labores y se dictan las instrucciones para su presentación, de las autorizaciones y concesiones de explotación, y de los permisos de investigación, de recursos mineros de las secciones A), C) y D) de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (BOCyL 30-12-2025)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicios Territoriales de Industria, Comercio y Economía

Órgano que resuelve:

Servicios Territoriales de Industria, Comercio y Economía

Información adicional:

AVISO

Previamente a la firma de los diferentes documentos a presentar, se deben tener en cuenta las siguientes limitaciones del sistema a la hora de anexar documentos a la solicitud:

  • a) Este procedimiento permite anexar hasta un máximo de 30 documentos/s.
  • b) El tamaño máximo de cada documento no debe exceder de 12 Mb.