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Registro de distribuidores al por menor de productos petrolíferos: gasolineras y gasocentros

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2476
  • SIA: 1813829

Objeto:

Inclusión de una instalación de distribución al por menor de productos petrolíferos (gasolinera o gasocentro) en el registro correspondiente, de las altas, bajas, ceses, cambios de titular  y modificaciones

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas o jurídicas

¿Qué requisitos debo cumplir?

Ser titular de una instalación de distribución al por menor de productos petrolíferos (gasolinera o gasocentro).

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, dirigida a la Dirección General de Energía y Minas y acompañada de la siguiente documentación:

  • Anexo I:Registro de instalaciones de distribución al por menor de productos petrolíferos: suministro a vehículos en instalaciones habilitadas al efecto (Gasolineras).
  • Anexo II: Registro de instalaciones de distribución al por menor de productos petrolíferos: suministro a instalaciones fijas para consumo en la propia instalación (Gasocentros).
    *Ambos Anexos I y II están integrados en la propia Solicitud

INSTALACIÓN EN PROYECTO (solo gasolineras)

  • Datos de identificación del titular: Fotocopia del N.I.F/C.I.F. y escritura de constitución de la sociedad, en su caso y título de propiedad.
  • Hoja de comunicación de datos al Registro de Establecimientos Industriales como acreditación del cumplimiento de la ITC-IP-04/ITC-IP-02.
  • Autorizaciones administrativas y/o licencias en trámite y estado de las mismas.

NUEVA INSTALACIÓN - ALTA

  • Datos de identificación del titular: Fotocopia del N.I.F/C.I.F. y escritura de constitución de la sociedad, en su caso.
  • Título de propiedad. Si el titular de la instalación lo fuera en régimen de arrendamiento, se aportará el contrato de arrendamiento.
  • Acreditación del cumplimiento de la ITC-IP-04/ITC-IP-02, y demás requisitos de seguridad Industrial: Inscripción de las instalaciones en el registro Industrial o justificación de las mismas.
  • Justificación del cumplimiento de las existencias mínimas de seguridad.
  • Los certificados de aprobación de modelo, verificación primitiva de los contadores volumétricos de los camiones cisterna y/o periódica (en gasocentros).
  • Otras Autorizaciones administrativas y/o licencias.

CAMBIO DE TITULAR Y/O PROPIETARIO

  • En el caso de “cambio de titular” se aportará escritura de compra-venta o contrato de arrendamiento que lo justifique, datos de identificación del nuevo titular, así como la Hoja de comunicación de datos al Registro de Establecimientos Industriales como acreditación del cumplimiento de la ITC-IP-04/ITC-IP-02, en su caso.

AMPLIACIÓN O REDUCCIÓN

  • En el caso de “ampliaciones y/o reducciones” se indicará el objeto de las mismas, así como la Hoja de comunicación de datos al Registro de Establecimientos Industriales como acreditación del cumplimiento de la ITC-IP-04/ITC-IP-02, en su caso. 

CESE DE ACTIVIDAD (superior a un mes)

  • Periodo de tiempo que permanecerá cerrada.
  • Medidas de seguridad adoptadas (documentación que lo acredite).
  • Limpieza y desgasificación de los tanques de almacenamiento certificados por un organismo de control.

BAJA

  • Características del desmantelamiento de las instalaciones.
  • Hoja de comunicación de datos al Registro de Establecimientos Industriales como acreditación del cumplimiento de la ITC-IP-04/ITC-IP-02.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto y permanente, siempre antes de la puesta en servicio de la instalación o modificación.

Plazo de resolución:

  • 6 meses.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • Recursos:

    • Alzada.

    Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

    Efecto del silencio administrativo:

    Desestimatorio

    Legislación aplicable:

    • Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.
    • Real Decreto 706/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la instrucción técnica complementaria MI-IP 04 "Instalaciones para suministro a vehículos" y se regulan determinados aspectos de la reglamentación de instalaciones petrolíferas.
    • Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones petrolíferas, ITC-IP-04, ITC-IP-02.
    • Real Decreto 542/2020, de 26 de mayo, por el que se modifican y derogan diferentes disposiciones en materia de calidad y seguridad industrial.
    • ORDEN de 31 de enero de 1996, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, sobre autorización de instalaciones de venta al por menor de gasolinas y gasóleos de automoción.
    • ORDEN de 29 de abril de 1997, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula la actividad de distribución al por menor, mediante suministros directos a instalaciones fijas, de carburantes y combustibles petrolíferos.

    Organismo:

    Consejería / Centro Directivo:

    Órgano gestor:

    Dirección General de Energía y Minas

    Órgano que resuelve:

    Dirección General de Energía y Minas

    Información adicional:

    • Debe contar con un plan anual de abastecimientos.
    • Cumplimiento de las existencias mínimas de seguridad.

    Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

    1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
    2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
      1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
      2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
      3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
    3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
    4. Descargar justificante de presentación.

     

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    Última actualización: 26 de noviembre de 2023