Acreditación de centros o servicios y autorización de facultativos para el tratamiento con opiáceos de personas dependientes de los mismos
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Establecer el procedimiento de otorgamiento y renovación de las acreditaciones de los centros y servicios y las autorizaciones de los facultativos no integrados en los mismos, para que puedan dispensar tratamiento con opiáceos a las personas dependientes de los mismos.
¿Quién lo puede solicitar?
- Entidades e instituciones
- Profesionales
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
A) Centros o servicios sanitarios, centros penitenciarios y otros establecimientos no estrictamente sanitarios:
- Memoria descriptiva del programa terapéutico que se pretende llevar a cabo.
- Relación de profesionales que tienen prevista su participación en el programa, con indicación del responsable médico y de la experiencia de los mismos en el tratamiento de drogodependientes.
- Acreditación de la titulación académica de los profesionales del programa terapéutico.
- Dossier informativo sobre el aprovisionamiento de la medicación y sobre los medios materiales de que se dispone, en especial para la conservación y custodia de los opiáceos y para el control objetivo del consumo de drogas por los pacientes.
B) Las oficinas de farmacia:
- Documentación acreditativa de su vinculación a un centro o servicio acreditado para la prescripción de tratamientos con opiáceos.
- Memoria descriptiva de los medios disponibles para la conservación, custodia y administración de la medicación.
C) Los facultativos:
- Memoria descriptiva del programa terapéutico que se pretende llevar a cabo.
- Acreditación de la titulación académica y de experiencia en el tratamiento de drogodependientes.
- Documentación acreditativa de la conexión y coordinación con un centro o servicio acreditado para dispensar este tipo de tratamientos, en la que el titular o representante legal de dicho centro o servicio se comprometa expresamente a atender a sus pacientes.
- Dossier informativo sobre el procedimiento previsto para el control objetivo del consumo de drogas por los pacientes.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente.
Plazo de resolución:
- Tres meses a contar desde la presentación de toda la documentación.
Notificaciones:
- Notificación electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la
Ventanilla del Ciudadano.
Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Legislación aplicable:
- Real Decreto 75/1990, de 19 de enero, por el que se regulan los tratamientos con opiáceos de personas dependientes de los mismos (BOE 23-01-1990)
- Ley 3/1994, de 29 de marzo, modificada por Ley 3/2007, de 7 de marzo, de prevención, asistencia e integración social de drogodependientes de Castilla y León (BOE 03-04-2007).
- Decreto 8/1997, de 23 de enero, por el que se regulan los tratamientos con opiáceos de personas dependientes de los mismos en Castilla y León en desarrollo de la normativa básica de carácter estatal (BOCyL 24-01-1997)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Asistencia a Drogodependientes
Órgano que resuelve:
Comisionada Regional para la Droga
Información adicional:
La acreditación o autorización otorgada tendrá un periodo de vigencia máxima de dos años.
La renovación de la acreditación o autorización tendrá que ser solicitada al menos con dos meses de anticipación a la fecha de su terminación, para lo cual sólo será necesario aportar documentación justificativa de nuevos hechos o circunstancias no verificadas con motivo de la resolución inmediatamente anterior.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (279 kbytes)
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.