Ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales en la Comunidad de Castilla y León
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales de grado, máster y doctorado impartidas por las universidades públicas y privadas de la Comunidad de Castilla y León.
¿Quién lo puede solicitar?
Universidades públicas y privadas de la Comunidad de Castilla y León
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué documentos necesito?
Presentación por autoridad competente mediante la remisión de los siguientes Formularios Web:
- Solicitud de implantación de enseñanzas universitarias oficiales. (Modelo 1)
- Comunicación previa de modificaciones de enseñanzas universitarias oficiales. (Modelo 2)
- Solicitud de modificación de enseñanzas universitarias oficiales. (Modelo 3)
- Solicitud de supresión de enseñanzas universitarias oficiales. (Modelo 4)
- Oferta académica de enseñanzas de grado y máster universitario. (Modelo 5)
- Remisión títulos propios. (Modelo 6)
- Solicitud de emisión de informe de necesidad y viabilidad académica y social de implantación de enseñanzas universitarias oficiales. (art. 26.3 real decreto 822/2021, de 28 de septiembre). (Modelo 7)
- Los formularios irán acompañados de la siguiente documentación requerida según el caso. Si el formulario o la documentación aportada no reuniera todos los requisitos exigidos en ella, se requerirá al interesado para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, utilizando el formulario Modelo 8: Incorporación de datos o subsanación.
DOCUMENTACIÓN a presentar según el caso (90 kbytes)
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
• La SOLICITUD DE IMPLANTACIÓN, se presentará hasta el 30 de octubre del año inmediatamente anterior al curso académico en el que se quieren implantar las enseñanzas.
•Tanto la COMUNICACIÓN PREVIA de modificación, como la SOLICITUD DE MODIFICACIÓN, se presentarán hasta el 30 de octubre del año inmediatamente anterior al curso académico en el que se quieren modificar las enseñanzas.
• La SOLICITUD DE SUPRESIÓN, se presentará hasta el 31 de enero del curso académico en el que se decide no presentar alumnos de nuevo ingreso
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver las solicitudes de implantación, modificación y supresión de enseñanzas universitarias oficiales, será de
seis meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.
Notificaciones:
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Legislación aplicable:
- Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE 24-12-2001)
- Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León (BOCyL 04-04-2003)
- Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad (BOE 29-09-2021)
- Decreto 18/2021, de 2 de septiembre, de Ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 06-09-2021)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Enseñanza Universitaria
Órgano que resuelve:
Junta de Castilla y León
Información adicional:
Oferta académica de enseñanzas de grado y máster: Las universidades comunicarán al titular de la consejería competente en materia de universidades, su propuesta de oferta académica durante el mes de marzo del curso precedente.
Remisión títulos propios: Las universidades remitirán su relación de títulos propios a la Consejería de Educación de acuerdo con el modelo facilitado.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (185 kbytes)
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.