Inscripción del acuerdo de adaptación a la Ley Orgánica 1/2002 de asociaciones de ámbito autonómico
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Dar cumplimiento a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
¿Quién lo puede solicitar?
El/La representante legal de la entidad asociativa sin ánimo de lucro.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Estar inscritas en el correspondiente Registro con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2002.
¿Qué documentos necesito?
- Solicitud de inscripción.
- Certificado extendido por el/la Secretario/a de la entidad con el visto bueno de su Presidente.
- Acta de la reunión de la Asamblea General Extraordinaria, o certificado de ésta firmado por el/la secretario/a con el visto bueno de su presidente, en la que conste el acuerdo de adaptar los Estatutos a las previsiones de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación y la sumisión a lo establecido en la misma.
- Ejemplar de los nuevos Estatutos adaptados conteniendo los artículos modificados, firmados por los/las representantes de la entidad, haciendo constar al final de los mismos, mediante la oportuna diligencia, extendida al final del documento, firmada por el/la secretario/a con el visto bueno de su presidente, que han sido modificados para adaptarlos a las previsiones de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria, cuya fecha se concretará.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Dos años, desde la entrada en vigor de la Ley.
Plazo de resolución:
Notificaciones:
Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
Recursos:
- Recurso potestativo de REPOSICIÓN.
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Legislación aplicable:
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación (BOE 26-03-2002)
- Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones (BOE 24-10-2015)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Delegación Territorial
Órgano que resuelve:
Dirección General de Atención al Ciudadano y Calidad de los Servicios
Información adicional:
El Certificado, expedido por el Secretario de la entidad, ha de contener:
- 1. Que la entidad se encuentra en situación de actividad y funcionamiento.
- 2. El domicilio social, con indicación de la calle, número o lugar de situación, localidad, municipio, provincia y código postal.
- 3. Identificación de los titulares de los órganos de gobierno y representación, con el nombre, número de D.N.I. y domicilio de los que ocupen los cargos de Presidente, Vicepresidente y Secretario. Cuando dichos cargos sean ocupados por personas jurídicas, los datos de su razón social y de identificación de éstas, y los nombres y los números de los D.N.I. y domicilios de las personas que actúan como representantes de aquellas en los cargos de Presidente, Vicepresidente y Secretario de la asociación. En ambos casos, se hará constar la fecha de la elección de los cargos y su vigencia.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (10 kbytes)
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.