Habilitación y autorización de profesionales que pueden realizar actividades de asesoramiento y mediación en Castilla y León. Inscripción de entidades que pueden realizar dichas actividades
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Regular el procedimiento de habilitación de profesionales y la inscripción de entidades, para autorizar la prestación del servicio de asesoramiento y/o mediacion, en el ejercicio del derecho de las personas adoptadas en Castilla y Leon a conocer sus origenes.
¿Quién lo puede solicitar?
Profesionales y Entidades sin ánimo de lucro
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
A) Los profesionales:
- Con formación universitaria en psicología, pedagogía o trabajo social, para prestar los servicios de asesoramiento y de mediación o en derecho cuando se trate de prestar el servicio de asesoramiento.
- Inscritos en el Colegio profesional correspondiente, o ser personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en las condiciones que se establezcan.
- Con formación específica y, en su caso, experiencia profesional.
B) Las entidades:
- Sin ánimo de lucro.
- Que entre sus fines se encuentren la prestación de servicios de asesoramiento y mediación a las personas adoptadas para el acceso a datos referentes a sus orígenes biológicos.
- Que cuenten con profesionales que cumplan los requisitos señalados en el apartado anterior.
- Que se encuentren inscritas en el registro de entidades, servicios y centros de carácter social de Castilla y León.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado dirigida al Gerente de Servicios Sociales, y acompañará la DOCUMENTACIÓN pertinente:
- Los PROFESIONALES:
- DNI/NIE
- Titulación académica
- Documentación que acredite una experiencia profesional mínima de tres años en el ámbito de la intervención con familias, menores en situación de desprotección o adopciones.
- Las ENTIDADES:
- DNI/NIE del representante de la entidad.
- Declaración responsable del órgano de dirección o administración de la entidad sobre la representación de ostenta el solicitante de la inscripción.
- Copia de estatutos debidamente inscritos en el registro que corresponda por su naturaleza jurídica y ámbito territorial de actuación.
- Copia del acta o acuerdo de solicitud de inscripción como entidad de asesoramiento y mediación.
- Memoria de las actuaciones realizadas por dicha entidad en materia de adopción.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente.
Plazo de resolución:
- Tres meses a contar desde la fecha de entrada de solicitud en el registro de la Gerencia de Servicios Sociales.
Notificaciones:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Legislación aplicable:
- DECRETO 37/2005, 12 de mayo, por el que se regulan los procedimientos administrativos y otras actuaciones complementarias en relación con la adopción de menores (BOCyL 19-05-2005)
- ORDEN FAM/1990/2008, de 10 de noviembre, por la que se regulan la habilitación y autorización de profesionales, y la inscripción y autorización de entidades para dispensar los servicios de asesoramiento y mediación en el ejercicio del derecho de las personas adoptadas a conocer los propios orígenes, y la organización y funcionamiento de dichos servicios (BOCyL 24-11-2008)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Protección a la Infancia
Órgano que resuelve:
Gerente de Servicios Sociales
Información adicional:
La habilitación y la inscripción concedidas tendrán una validez máxima de un año, prorrogándose tácitamente por periodos anuales, salvo que el profesional o la entidad formulen, con una antelación mínima de dos meses a la fecha de vencimiento, solicitud para el cese de su actividad o renuncia a la prórroga.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (366 kbytes)
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.
Descargar formularios y anexos
Última actualización:
26 de noviembre de 2024