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Acreditación de cualificación específica para impartir docencia en centros privados

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2858
  • SIA: 1994343

Objeto:

Regular el procedimiento de acreditación para el ejercicio de la docencia en las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en los centros de titularidad privada en la Comunidad de Castilla y León y delegar en la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos la competencia para resolver el procedimiento.

¿Quién lo puede solicitar?

Profesorado que quiera ejercer la docencia en enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en los centros de titularidad privada en la Comunidad de Castilla y León

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

¿Qué requisitos debo cumplir?

El profesorado deberá reunir los siguientes requisitos de titulación y formación según especialidades y niveles docentes:

Descarga del documento tipo PDF REQUISITOS Y FORMACIÓN DEL PROFESORADO. Abre una nueva ventana REQUISITOS Y FORMACIÓN DEL PROFESORADO (112 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

La solicitud en modelo normalizado, conforme al anexo I, dirigidas a la Dirección Provincial de Educación de la provincia en la que el solicitante tenga su domicilio, o en la provincia donde se encuentre el centro docente con el que tenga relación laboral, en cuanto órgano instructor.

Si el solicitante tuviera su lugar de residencia en una localidad fuera de la Comunidad de Castilla y León deberá aportar certificado de residencia de la misma y su solicitud irá dirigida a la Dirección Provincial de Educación de la provincia limítrofe más cercana. En este caso, es condición obligatoria para solicitar la acreditación tener una oferta de trabajo en cualquiera de los centros privados de Castilla y León.

La solicitud será única para cada materia o módulo profesional, e irá acompañada de: titulaciones, certificaciones académicas universitarias debidamente justificadas, informe sobre los créditos a tener en cuenta en la materia a acreditar solicitada.

Asimismo, en el supuesto que se solicite acreditación por realización de actividades de formación del profesorado, se debe hacer constar el número de créditos y que estén debidamente certificadas por la Administración educativa competente.

Para las acreditaciones mediante experiencia docente, ésta deberá estar debidamente certificada por el director del centro y con el visto bueno de la Inspección Educativa, y haberse realizado cumpliendo los requisitos dispuestos en la legislación vigente a la fecha en la que comenzó.

En el supuesto de que se presente más de una solicitud, se tendrá en cuenta la última registrada.

La solicitud incluirá la declaración responsable de reunir los requisitos exigidos, de ser ciertos todos los datos consignados en ella así como de la veracidad de la documentación aportada.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto y permanente.

Plazo de resolución:

  • El plazo máximo para resolver la solicitud y notificar la resolución será de seis meses a contar desde la entrada de la solicitud en el Registro del órgano competente para resolver.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el  buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la   Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo.
  • Reposición.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

Orden EDU/1353/2018, de 12 de diciembre, por la que se regula el procedimiento de acreditación para el ejercicio de la docencia en las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en los centros de titularidad privada en la Comunidad de Castilla y León y se delega en en la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos la competencia para resolver (BOCyL 21-12-2018)  y Modificación: Orden EDU/119/2024, de 8 de febrero (BOCyL 21-02-2024)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección Provincial de Educación

Órgano que resuelve:

Dirección General de Recursos Humanos

Información adicional:

Registro de acreditaciones

  • En la Consejería competente en materia de educación se creará un Registro de Acreditaciones, en las que se recogerán todas las solicitudes formuladas y la resolución dictada por el órgano  competente en cada una de ellas.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica

Descargar formularios y anexos