Registro de asociaciones juveniles y consejos de la juventud de la Comunidad de Castilla y León
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
- Inscribir y registrar las asociaciones juveniles y sus federaciones, los consejos de la juventud y otras organizaciones que representen intereses sociales.
- Inscribir y registrar modificaciones estatutarias, suspensión o disolución de la asociación.
- Inscribir los cambios que se produzcan en: domicilio, e-mail, teléfono, número de socios, etc…
¿Quién lo puede solicitar?
El órgano directivo de toda asociación o entidad juvenil (Presidente/a o Secretario/a o representante legal)
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Que la asociación o entidad juvenil se halle inscrita en el correspondiente Registro General (Ley O. 1/2002, Ley de Partidos Políticos, Ley de Libertad Sindical, Ley O. de Educación, Asociaciones religiosas).
¿Qué documentos necesito?
PARA LA INSCRIPCIÓN:
Solicitud, en modelo normalizado, dirigida a la Ilma. Sra. Directora General del Instituto de la Juventud acompañada de la siguiente documentación:
- Copia del Acta fundacional de la asociación o entidad juvenil.
- Copia de los Estatutos visados por el órgano competente.
- Copia del Código de identificación fiscal.
- En el caso de Asociaciones reconocidas por órganos ajenos al Registro de Asociaciones de Castilla y León (Ley Orgánica 1/2002), copia de la inscripción en el correspondiente registro.
- Certificado de la Secretaría de la asociación sobre el número de asociados, dirección de todas sus sedes formalmente constituidas y de los miembros de los órganos directivos.
- Fotocopia del DNI de los miembros de los órganos directivos.
PARA INSCRIPCIÓN DE MODIFICACIÓN ESTATUTOS
- Copia del Acta de Modificación de los Estatutos de la Asociación Juvenil / Consejo de la Juventud.
- Copia de los Estatutos Modificados de la Asociación Juvenil/Consejo de la Juventud/Entidad visados por el órgano competente.
PARA INSCRIPCIÓN DE ACTUALIZACIÓN DATOS
- Copia del Acta del Acuerdo por el que se designa la nueva Junta Directiva.
- Declaración responsable sobre los miembros de la Asociación.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente.
Plazo de resolución:
Notificaciones:
-
Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
-
En el Boletín Oficial de Castilla y León.
Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Legislación aplicable:
- LEY ORGÁNICA 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación (BOE 26-3-2002).
- REAL DECRETO 1497/2003, de 28 de noviembre, por el que se regula el reglamento del Registro Nacional de Asociaciones y de sus relaciones con los restantes registros de asociaciones (BOE 23-12-2003).
- REAL DECRETO 397/1988, de 22 de abril, por el que se regula la Inscripción Registral de las Asociaciones Juveniles, en cuantas disposiciones que no se opongan a la presente Ley Orgánica (BOE 28-04-1988).
- LEY ORGÁNICA 1/1996, del 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil (BOE 17-01-1996).
- DECRETO 48/1987, de 12 de marzo, por el que se regula la constitución de los Consejos Locales, Comárcales y Provinciales de la Juventud en la Comunidad Autónoma de Castilla y León (BOCyL 06-04-1987).
- DECRETO 49/1987, de 12 de marzo, por el que se crea el Registro de Asociaciones Juveniles y Consejos de la Juventud de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. (BOCyL 06-04-1987).
- ORDEN de 29 de mayo de 1987, de la Consejería de Cultura y Turismo por la que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Asociaciones Juveniles y Consejos de la Juventud de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (BOCyL 04-06-1987).
- REAL DECRETO 1687/1994, de 22 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de asociaciones (BOE 09-09-1994).
- DECRETO 203/1994, de 15 de septiembre, de atribución de funciones y servicios en materia de Asociaciones (BOCyL 21-09-1994).
- DECRETO 212/1994, de 29 de septiembre, sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial en los Delegados Territoriales de la Junta de Castilla y León, en materia de juego, espectáculos públicos asociaciones (BOCyL 21-09-1994).
- LEY 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León (BOCyL 29-7-2002).
- LEY 14/2002, de 25 de julio, de Promoción, Atención y Protección a la Infancia en Castilla y León (BOCyL 19-7-2002).
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Participación, Información y Planificación
Órgano que resuelve:
Directora General del Instituto de la Juventud de Castilla y León
Información adicional:
- La inscripción en el Registro se considera indispensable para acceder a ayudas y subvenciones que pueda conceder el Instituto de la Juventud de Castilla y León.
- Obligación de notificar al Registro todos los cambios que se produzcan, en un plazo máximo de dos meses a partir del día en que la variación hubiera tenido lugar.
- En todo caso se comunicará en los meses de enero y febrero de cada año el número de miembros y asociados.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (18 kbytes)
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.
Descargar formularios y anexos