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Autorización de Empresa CAP

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1313
  • SIA: 1253156

Objeto:

Obtención de autorización de empresa CAP.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Persona física o jurídica, debiendo ostentar en este segundo supuesto personalidad jurídica propia e independiente de la de aquellas personas que, en su caso, la integren.
  • En ningún supuesto podrán otorgarse autorizaciones de forma conjunta a más de una persona ni a comunidades de bienes.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Anexo II del Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.

¿Qué documentos necesito?

  • Persona física: NIF/DNI/NIE, y, si procede, autorización de residencia permanente/autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
  • Persona jurídica: CIF/CIF provisional y documento de constitución debidamente registrado.
  • Firma/s Electrónica/s reconocida/s por un prestador del servicio de certificación: Declaración responsable.
  • Plantilla de personal: Documentación acreditativa de titulación y experiencia del director; documentación acreditativa de titulación y/o experiencia/concertación de cada profesor que figure en la solicitud, y alta en la Seguridad Social/contrato mercantil/certificación administrativa acreditativa de la vinculación profesional de cada profesor.
  • Disponibilidad de locales: Licencia municipal de apertura; plano del centro en el que se constate el cumplimiento de los requisitos previstos, y, si procede, licencia municipal de instalaciones y medios para la realización de las prácticas/justificación documental de haberlas concertado.
  • Disponer de un sistema de control de acceso biométrico que cumpla las características que determine la Dirección General de Transporte Terrestre con el fin de facilitar el control de asistencia a los cursos que se impartan, tanto en la parte de formación impartida en aula como de la impartida a bordo de un vehículo.
  • Disponibilidad de vehículos: Si procede, Permiso/s de Circulación y Ficha/s Técnicas en vigor/justificación documental de haberlos concertado.
  • Material didáctico: Declaración responsable del material reseñado, y, si procede, justificación de haber concertado prácticas que impliquen maniquí de reanimación.
  • Programa de cualificación y formación: Documento impreso con las indicaciones previstas.

Para la realización de las pruebas, los aspirantes deberán abonar la TASA cuyo importe recoja la  Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Notificaciones:

Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre (BOE 24-04-2021)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de Transportes y Logística

Órgano que resuelve:

Dirección General de Transportes y Logística

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (238 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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Última actualización: 26 de noviembre de 2023