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Comunicación al Protectorado de los acuerdos de fusión de fundaciones

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 265
  • SIA: 1813021

Objeto:

Comprobación por el Protectorado de los acuerdos de fusión adoptados por el Patronato de una Fundación inscrita en el Registro de Fundaciones de Castilla y León.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Ser un representante legal de la fundación.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado acompañada de:

  • Certificación suscrita por Secretario del Patronato, con el Vº Bº del Presidente, en la que conste el acuerdo del Patronato y la forma en que se ha adoptado (convocatoria, fecha de la reunión, asistentes, cotos a favor y en contra, etc.) Copia autorizada de la escritura por la que ha formalizado la operación de fusión.
  • Memoria explicativa de las razones que justifican la fusión, en la que se detallen las condiciones en la que se pretende llevar a cabo.
  • Estatutos de la fundación resultante.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Plazo de resolución:

  • 3 MESES.

Recursos:

  • Reposición.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • LEY 13/2002, de 15 de julio, de Fundaciones de Castilla y León (BOCyL 19-07-2002).
  • DECRETO 63/2005, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Castilla y León (BOCyL 1-09-2005).
     

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Fundaciones y Asociaciones

Órgano que resuelve:

Dirección General de Relaciones con la Sociedad Civil

Información adicional:

Forma de comunicación al Protectorado

  • Acceder a la “Solicitud” disponible en el recuadro “Tramitación electrónica” de esta misma página (se requiere certificado de firma electrónica como representante de la Fundación). Es necesario indicar una dirección de correo electrónico.
  • Enviar electrónicamente, adjuntando como anexo los documentos antes señalados.

Forma en que se notificarán los acuerdos y resoluciones del Protectorado y del Registro

  • En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las notificaciones se practicarán únicamente por medios electrónicos.
  • Los interesados podrán acceder a dicha notificación en la forma que se indicará en el aviso que se enviará a la dirección de correo electrónico que se haya consignado en la solicitud.  

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personalPROTECCION DATOS_ComunicacionProtectoradoAcuerdoFusion. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personalPROTECCION DATOS_ComunicacionProtectoradoAcuerdoFusion (10 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.