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Subvenciones para el «Programa de voluntariado en cooperación internacional para el desarrollo» (2025)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3597
  • SIA: 3115631
  • BDNS (Identificador): 819656

Fecha de publicación:

18 de marzo de 2025

Objeto:

Convocar subvenciones para financiar la selección de plazas ofertadas por las ONGD del “Programa de Voluntariado en Cooperación Internacional para el Desarrollo de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León” en las siguientes modalidades:

Modalidad A) -Acciones de sensibilización y formación sobre el terreno. Dirigida a mayores de 21 años, con objeto de participar en un proyecto grupal de sensibilización y formación en un país empobrecido. Grupos entre 6 y 8 personas; duración entre 3 y 4 semanas.

Modalidad B) -Voluntariado de Empleados Públicos de Castilla y León. Integración en un proyecto de cooperación internacional para el desarrollo, en países empobrecidos; duración entre 3 y 4 semanas.

Modalidad C) -Voluntariado de corta estancia. Integración en un proyecto de cooperación internacional para el desarrollo, en países empobrecidos; duración entre 2 y 3 meses.

Modalidad D) -Voluntariado de larga estancia. Requiere formación específica en materia de cooperación y experiencia previa en proyectos sobre terreno; duración entre 5 y 6 meses.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 19 de marzo de 2025 hasta el 8 de abril de 2025

Más Detalles:

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Quién lo puede solicitar?

Podrán solicitar las subvenciones para financiar las plazas las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo ONGD

¿Qué requisitos debo cumplir?

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, las ONGD que reúnan los siguientes requisitos:

  • a) Figurar inscritas en el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León regulado en el Decreto 46/2008, de 26 de junio y su normativa de desarrollo.
  • b) Contar con una antigüedad de al menos 2 años de experiencia en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo.
  • c) No incurrir en ninguna de las circunstancias mencionadas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de laLey 38/2003, de 17 de noviembre.
  • d) No haber incurrido en incumplimiento de las obligaciones establecidas en las convocatorias anteriores de voluntariado de cooperación efectuadas por la Comunidad de Castilla y León.
  • e) Contar con un socio local, entendiendo como tal, aquella entidad que ejecuta materialmente el proyecto de desarrollo en el que se incorpora la acción de voluntariado.

¿Para qué es la ayuda?:

Serán subvencionables las acciones realizadas desde el 18 de marzo de 2025 hasta el 31 de julio de 2026. Se consideran como gastos subvencionables:

a) Los gastos de vacunación, farmacéuticos y seguridad sanitaria, seguros por enfermedad, accidentes...

b) Los gastos de transporte desde la localidad de Castilla y León donde resida la persona seleccionada hasta la localidad del país donde se realice la actividad de voluntariado, también los desplazamientos en el país de destino, vinculados a la actividad de voluntariado.

c) Los gastos de alojamiento y manutención de las personas seleccionadas.

d) Los gastos derivados del visado, tasas administrativas de entrada y salida del país de destino, y en su caso, las tasas bancarias.

e) Los gastos derivados de formación de los participantes seleccionados, durante su estancia en terreno en la modalidad A.

f) Los gastos derivados de las actividades de sensibilización.

g) Los costes indirectos asociados a la administración de la entidad solicitante. Estos gastos no podrán exceder del 9% del total de la subvención concedida.

Cuantía:

  • El importe máximo de la subvención no podrá superar la siguiente cuantía:
  • a) Modalidad A) Acciones de sensibilización y formación sobre el terreno, cuya cuantía no podrá superar los 3.350 € por plaza. Máxima cantidad destinada a esta modalidad 26.800 €
  • b) Modalidad B) Voluntariado de Empleados Públicos de Castila y León, con una cuantía de hasta de 3.350 € por plaza. Máxima cantidad destinada a esta modalidad 16.750 €
  • c) Modalidad C) Voluntariado corta estancia, con una cuantía de hasta 4.700 € por plaza. Máxima cantidad destinada a esta modalidad 14.100 €
  • d) Modalidad D) Voluntariado de larga estancia con una cuantía de hasta 7.725 € por plaza. Máxima cantidad destinada a esta modalidad 15.450 €
  • El importe de la subvención deberá ser proporcional al coste efectivo de los gastos imputados a la actividad, así como al tiempo y duración de la estancia, a la renta per cápita del país de destino y al coste de transporte.
  • El importe de la subvención concedida para cada plaza seleccionada se corresponderá con la cuantía solicitada, siempre que el tipo de gastos imputados resulte proporcional a su coste efectivo.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud y datos relativos a la entidad solicitante (los que figuren en el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de la Junta de Castilla y León) y al proyecto de cooperación donde se realiza la acción de voluntariado, firmada por el presidente de la entidad o por el representante legal, que incluirá declaración responsable de estar al corriente del pago de la obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de no incurrir en ninguna de las prohibiciones ni causas de incompatibilidad para obtener la condición de beneficiario previstas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

A la solicitud se acompañará:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (68 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Cooperación Internacional para el Desarrollo

Órgano que resuelve:

Consejería de la Presidencia

Plazo de resolución:

El plazo máximo de resolución será de 6 MESES computados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que una ley establezca un plazo mayor o así venga previsto en la normativa de la Unión Europea. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado expresamente la resolución, se podrán entender DESESTIMADAS.

La resolución será motivada, y contendrá las entidades solicitantes a las que se les concede la subvención y su cuantía, una relación con las solicitudes desestimadas por insuficiencia de crédito, las restantes solicitudes desestimadas y las excluidas por incumplimiento de los requisitos, en su caso.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Información adicional:

Compatibilidad

  • Las subvenciones no serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, otorgadas por otras administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales.

Anticipos

  • Podrá efectuarse, previa solicitud de la entidad interesada, un anticipo por el importe del 100% de la subvención concedida, según lo dispuesto en el artículo 37.2c) de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, en el artículo 35 de la Ley 9/2006, de 10 de octubre, y en el resto de normas aplicables.
  • El anticipo deberá ser solicitado en el momento de la presentación de la solicitud de subvención, y tendrá la consideración de pago a justificar.
  • Los beneficiarios de la subvención quedan exonerados de la constitución de garantías según lo previsto en el artículo 42.2 d) del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 2 de julio.

Plazo de justificación

  • El plazo máximo para presentar la documentación justificativa será de 30 días naturales, contados a partir de la fecha de finalización de la última actividad de sensibilización programada, cuya fecha de realización deberá ser comunicada fehacientemente al órgano gestor y, en cualquier caso, dentro del periodo subvencionable.
  • Si vencido el plazo de justificación no se hubiese presentado la correspondiente documentación, el órgano instructor requerirá a la entidad beneficiaria a los efectos de su presentación en el plazo improrrogable de quince días hábiles. La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido llevará consigo la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Resolución. Beneficiarios:

Orden PRE/617/2025, de 13 de junio, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para los proyectos presentados en el marco del Programa de voluntariado en cooperación internacional para el desarrollo, de Castilla y León para el año 2025. (BOCyL 18-06-2025)

Descarga del documento tipo PDF Orden PRE/617/2025, de 13 de junio (BOCyL 18-06-2025). Abre una nueva ventana Orden PRE/617/2025, de 13 de junio (BOCyL 18-06-2025) (985 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal ONGD. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal ONGD (79 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.