Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Convocar concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios entre el personal funcionario docente de las enseñanzas no universitarias, de puestos docentes de mentores y mentoras en la competencia lectora para el desarrollo del Programa de Cooperación Territorial de refuerzo de la competencia lectora en el ámbito de Castilla y León durante el curso 2025/2026.
¿Quién lo puede solicitar?
Funcionarios de carrera que pertenezcan a los cuerpos docentes establecidos en la convocatoria y que cumplan los requisitos que en ella se disponen.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
Fase actual del trámite:
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Puntuación provisional obtenida por las personas participantes
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Valoración Provisional de Méritos
Fecha de publicación:
28 de noviembre de 2025
Fecha límite:
Plazo de alegaciones: Hasta el 5 de diciembre de 2025, incluido.
Contenido:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Los funcionarios que deseen participar en esta convocatoria deberán reunir con carácter general los siguientes requisitos:
- a) Pertenecer, como personal funcionario de carrera, al cuerpo de maestros, al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria o al cuerpo de catedráticos de enseñanza secundaria.
- b) Ser titular o tener habilitada, en el caso del personal funcionario perteneciente al cuerpo de maestros, la especialidad de Educación Primaria, y en el caso del personal funcionario perteneciente a los cuerpos de profesores y catedráticos de enseñanza secundaria, de la especialidad de Lengua Castellana y Literatura.
- c) Encontrarse en situación de servicio activo o en situación de excedencia por cuidado de familiares por el cuerpo por el que se participa.
- d) Estar prestando servicios en el ámbito de gestión de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León. No podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario dependiente de otras Administraciones educativas que presten servicios temporalmente, en régimen de comisión de servicios, en centros dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León
- e) No tener concedida para el curso 2025/2026, licencia por estudios, adscripción a una plaza docente en el exterior u otra comisión de servicios.
Todos los requisitos deberán poseerse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. El requisito relativo a la excedencia por cuidado de familiares citado en la letra c) estará condicionada al reingreso al servicio activo con la fecha límite de 31 de diciembre de 2025.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud a través del correspondiente formulario electrónico.
Las personas aspirantes deberán solicitar puestos de una sola provincia. En el supuesto de que se presente más de una solicitud a puestos de la misma o de distintas provincias en el plazo correspondiente, prevalecerá la presentada en el último lugar, conforme a la fecha y hora que conste en el correspondiente sello de registro.
A la solicitud se deberá adjuntar la documentación acreditativa de los méritos alegados en el formulario electrónico de solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el baremo y disposiciones complementarias que se recogen en el anexo II.
No será necesaria la aportación de los documentos justificativos correspondientes al subapartado 1.1 del baremo, que serán verificados de oficio por esta Administración.
Asimismo, no será necesaria la aportación de los documentos justificativos correspondientes a las actividades de formación permanente recogidos en los subapartados 3.1 y 3.2 del baremo que se encuentren inscritas en el Registro de Formación Permanente del Profesorado de Castilla y León en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Durante el plazo de presentación de solicitudes, los y las participantes podrán acceder al contenido personal existente en el citado registro a través de la zona privada del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).
Del mismo modo, las titulaciones universitarias alegadas como mérito en el subapartado 4.2 del baremo obtenidas en fecha posterior a 31 de diciembre de 1989 serán comprobadas mediante la consulta al Registro de Títulos Universitarios Oficiales del Ministerio de Educación y Formación Profesional siempre que el aspirante no se oponga a su consulta en el formulario de solicitud. En caso de no constar su inscripción, deberán aportarse por el aspirante. Las certificaciones académicas de los títulos o ciclos que se posean deberán aportarse en todo caso según consta en el subapartado 4.2 del baremo.
Anexo II: Baremo y disposiciones complementarias (796 kbytes)
Fecha de publicación:
3 de noviembre de 2025
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 4 de noviembre de 2025 hasta el 13 de noviembre de 2025
Más Detalles:
Desde las 09:00:00 horas del martes 4 de noviembre hasta las 23:59:59 horas del jueves 13 de noviembre de 2025. Únicamente se tendrán en consideración aquellos méritos debidamente alegados y justificados dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Te interesa saber:
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Listados de las personas participantes en el procedimiento y listados de las personas excluidas
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Relación definitiva de admitidos - excluidos
Fecha de publicación:
19 de noviembre de 2025
Contenido:
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Puntuación provisional obtenida por las personas participantes
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Valoración Provisional de Méritos
Fecha de publicación:
28 de noviembre de 2025
Fecha límite:
Plazo de alegaciones: Hasta el 5 de diciembre de 2025, incluido.
Contenido:
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver esta convocatoria y publicar la resolución de concesión será de 3 MESES contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la mencionada resolución las solicitudes se podrán entender DESESTIMADAS.
Notificaciones:
Recursos:
- Recurso potestativo de REPOSICIÓN.
- Recurso Contencioso-administrativo.
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Legislación aplicable:
RESOLUCIÓN de 29 de octubre de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios entre el personal funcionario docente de las enseñanzas no universitarias, de puestos docentes de mentores y mentoras en la competencia lectora para el desarrollo del programa de cooperación territorial de refuerzo de la competencia lectora en el ámbito de Castilla y León durante el curso 2025/2026
(BOCyL 03-11-2025)Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección Provincial de Educación
Órgano que resuelve:
Dirección General de Recursos Humanos
Información adicional:
Comisión de selección
- En cada provincia se constituirá una comisión de selección encargada de revisar los requisitos de los y las aspirantes y valorar las solicitudes de los puestos ubicados en su ámbito territorial de actuación, conforme al baremo previsto en el anexo II.
- El plazo máximo para la constitución de las comisiones de selección será el 13 de noviembre de 2025.
- Las comisiones de selección estarán adscritas a la dirección provincial de educación correspondiente.
Baremación de los méritos y adjudicación de los puestos
- Realizada la baremación de los méritos, los directores provinciales de educación, a propuesta de las comisiones de selección, dictarán resolución por la que se hará pública la puntuación provisional obtenida por las personas participantes ordenadas por esta, estableciendo el correspondiente plazo para la presentación de las alegaciones que se estimen oportunas; para, en su caso, la aportación de la documentación justificativa de los méritos alegados en el formulario de solicitud que sea requerida a las personas participantes; así como para el desistimiento a la participación en el procedimiento, mediante la cumplimentación del formulario electrónico habilitado para tal fin.
- Una vez finalizado el plazo anteriormente indicado, y revisadas las alegaciones, la documentación aportada, en su caso, y los desistimientos que hayan podido presentarse, los directores provinciales de educación, a propuesta de las comisiones de selección, dictarán resolución por la que se adjudiquen las puestos a quienes, una vez ordenados por la puntuación obtenida, tengan un número de orden igual o menor que el número total de los puestos convocados en la correspondiente provincia por la que hayan participado.
- En el caso de producirse empates entre las personas candidatas, se resolverán atendiendo, sucesivamente, a la mayor puntuación obtenida en los siguientes apartados del baremo: 2. Trayectoria profesional, 1. Antigüedad y experiencia docente, 3. Actividades de formación e innovación y 4. Méritos académicos y otros. De persistir el empate en cualquiera de los supuestos contemplados anteriormente, se resolverá atendiendo, por el orden antes indicado, a los subapartados existentes en cada uno de ellos.
- Asimismo, estas resoluciones, que se publicarán en los lugares indicados en el punto 2, incluirán las listas de reservas que hayan podido constituirse, las respuestas a las alegaciones y, en su caso, los desistimientos presentados.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (110 kbytes)