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Pruebas para la obtención o renovación del certificado de capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera (2024)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1595
  • SIA: 1253221

Objeto:

Convocar las pruebas para la obtención o renovación de los certificados de capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas, en la modalidad de transporte por carretera, correspondientes al año 2024. Los candidatos podrán optar entre examinarse globalmente para todas las especialidades o de forma separada para alguna o algunas de las especialidades siguientes:

  • Clase 1 (Materias y objetos explosivos).
  • Clase 2 (Gases).
  • Clase 7 (Materias radiactivas).
  • Clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9 (Materias sólidas y líquidas contenidas en la enumeración de cada una de las clases del Acuerdo Europeo para el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas (ADR) por carretera).
  • Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas 1202 (Gasóleo), 1203 (Gasolina) y 1223 (Queroseno).

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier ciudadano que cumpla los requisitos establecidos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Para poder participar en las pruebas, será necesario presentar en tiempo y forma el modelo oficial de solicitud y abonar la tasa correspondiente. La tasa por participación en las pruebas para la obtención o renovación del certificado de capacitación profesional de los consejeros de seguridad será una para cada una de las especialidades que solicite el interesado, entendiendo que cuando elija la opción «Todas las especialidades», deberá abonar exclusivamente el importe de la citada tasa, mientras que en el resto de las opciones deber abonar una tasa por cada una de las especialidades elegidas.
  • Además, para poder participar en las pruebas para la renovación del certificado será necesario cumplir con lo establecido en el artículo 5 de la Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero.
    «El certificado tendrá una validez de cinco años y se renovará por períodos de cinco años si, durante el último año anterior a la expiración del certificado, su titular supera una prueba de control.»

¿Qué documentos necesito?

Las solicitudes para tomar parte en las pruebas deberán presentarse según modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:

  1. Justificante del pago de la tasa, debiendo constar que se ha realizado el ingreso mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el mismo a través de certificación mecánica o, en su defecto, sello y fecha en que se realizó dicho ingreso. En caso de pago telemático, justificante de su autoliquidación.
    Los ingresos de las tasas se efectuarán de acuerdo con el modelo 046, y los aspirantes deberán abonar la TASA cuyo importe recoja la  Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes : 25,10 €.
    La falta de justificación del pago de los derechos de examen en plazo determinará la exclusión definitiva del aspirante. No obstante, si el pago realizado fuese de importe inferior al recogido en la orden anual de tasas, este podrá subsanarse con el ingreso de la diferencia hasta completar el importe vigente en cada momento de la convocatoria.
    En ningún caso, el pago de la tasa supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, del impreso de solicitud.
  2. Cuando proceda, documentación acreditativa de la representación que ostenta, salvo que ya haya sido presentada con anterioridad a la Administración, en cuyo caso señalará la fecha y ante qué órgano se presentó.
  3. En el supuesto de que el aspirante se oponga a la consulta electrónica de su identidad o de la de su representante, en su caso, deberá aportar copia del DNI/NIE de ambos. Dicha oposición se manifestará a través de la solicitud.

Aquellos aspirantes que no acrediten el cumplimiento de los requisitos serán excluidos de la realización de las pruebas.

Fecha de publicación:

8 de abril de 2024

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

PRIMERA CONVOCATORIA: 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación de la orden en el BOCyL (Del 9 al 30 de ABRIL de 2024, ambos inclusive).

SEGUNDA CONVOCATORIA: Del 1 al 30 de AGOSTO de 2024, ambos inclusive.

Te interesa saber:

Admisión de aspirantes, desarrollo, fechas de celebración de las pruebas y listados de aspirantes admitidos y excluidos

Contenido:

Admisión de aspirantes

  • Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Transportes y Logística hará públicas, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y en la página web de la Junta de Castilla y León, las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación, en su caso, de la causa que motive la exclusión. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación, para formular las oportunas reclamaciones y subsanar los defectos observados.
  • Las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos se harán públicas en las siguientes fechas:
    • Primera convocatoria: 17 de mayo de 2024.
    • Segunda convocatoria: 20 de septiembre de 2024.
  • Transcurrido el plazo de reclamación, la Dirección General de Transportes y Logística publicará, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y en la página web de la Junta de Castilla y León, el listado definitivo de aspirantes admitidos y excluidos, en las siguientes fechas:
    • Primera convocatoria: 14 de junio de 2024.
    • Segunda convocatoria: 18 de octubre de 2024.

Fecha y lugar de celebración de las pruebas

  • Las pruebas se celebrarán en las siguientes fechas:
    • Primera convocatoria: 22 de junio de 2024.
    • Segunda convocatoria: 26 de octubre de 2024.
  • El lugar y horario de las pruebas se indicará en la resolución de la Dirección General de Transportes y Logística que apruebe las listas definitivas de admitidos y excluidos, y que se hará pública en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y en la página web de la Junta de Castilla y León.

Desarrollo de las pruebas

  • Los aspirantes admitidos deberán concurrir a las pruebas provistos del DNI/NIE o documento oficial acreditativo de su identidad. Su falta motivará la inadmisión del aspirante a las mismas.
  • En ningún caso se permitirá el uso de apuntes comentados, copias o cualquier otro modelo de textos adaptados o en los que figure la resolución a los supuestos.
  • El tiempo máximo de que dispondrán los aspirantes para la realización de cada una de las pruebas será de una hora.
  • En el caso de que el aspirante opte por realizar una prueba independiente para alguna o algunas de las especialidades, las pruebas mantendrán el mismo esquema, y versarán únicamente sobre aquellas materias que afecten a la especialidad de transporte de que se trate.
  • Cada una de las pruebas se valorará de 0 a 100 puntos. El examen se considerará superado cuando el aspirante obtenga una puntuación igual o superior a 50 en cada una de las pruebas. Las respuestas erróneas no tendrán penalización.
  • El examen para la obtención de los certificados de capacitación profesional de los consejeros de seguridad, cuyo contenido versará sobre el ADR vigente en el momento de las pruebas, constará de dos partes:
    • Una primera, que consistirá en responder a cincuenta preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas por cada pregunta, que versarán sobre las materias recogidas en el ADR, en el Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, así como cualquier otra norma reglamentaria que pudiera estar en vigor en el momento de la realización de las pruebas.
    • Una segunda parte, que consistirá en la resolución de un estudio o supuesto práctico referido a la especialidad correspondiente, versando éste sobre las tareas y obligaciones a realizar y/o cumplir por el consejero de seguridad. Para la realización de esta segunda parte, únicamente se permitirá la consulta del Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR).
  • El examen para la renovación de los certificados de consejero de seguridad consistirá, solamente, en la realización de la primera de las pruebas expuestas (tipo test), en las mismas condiciones que las requeridas para la obtención de certificado.
  • Los aspirantes a la renovación de los correspondientes certificados de capacitación profesional que estén en posesión de un título que abarque todas las especialidades podrán optar entre realizar un examen global para renovar todas ellas o bien realizar un examen individualizado para alguna/s de las especialidades, de acuerdo a lo indicado en su solicitud.

Plazo de resolución:

  • Concluida la corrección de los exámenes, el tribunal calificador dictará resolución, haciendo pública la relación provisional de aspirantes aptos y no aptos en la Sede Electrónica, y en la página web de la Junta de Castilla y León, concediendo un plazo de 10 días hábiles para presentar las alegaciones que estimen pertinentes.
  • Finalizado el plazo de alegaciones, y una vez resueltas las reclamaciones, el tribunal calificador dictará resolución definitiva, elevándose la misma a la Consejera de Movilidad y Transformación Digital para el reconocimiento, mediante orden, de la capacitación de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera de todos aquellos aspirantes que hubiesen sido declarados aptos, expidiéndose a su favor el correspondiente certificado. La citada orden, se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León, en la Sede Electrónica, y en la página web de la Junta de Castilla y León.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo.
  • Reposición.

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Legislación aplicable:

  • ORDEN FOM/605/2004, de 27 de febrero, sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable (BOE 09-03-2004)
  • ORDEN MTD/278/2024, de 26 de marzo, por la que se convocan las pruebas para la obtención o renovación del certificado de capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, correspondientes al año 2024. (BOCyL 08-04-2024)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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Última actualización: 26 de noviembre de 2023