Recuperación voluntaria de suelos
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Presentar un proyecto de recuperación voluntaria de suelos, sin la previa declaración del suelo como contaminado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 102 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, para su aprobación por la autoridad competente.
¿Quién lo puede solicitar?
- Persona física o jurídica que se haga cargo de la recuperación voluntaria del suelo de un emplazamiento ubicado en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, en calidad de:
- - causante de la contaminación
- - propietario del suelo, poseedor del suelo o titular de la actividad potencialmente contaminante del suelo
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
El emplazamiento objeto de la recuperación debe haber sido caracterizado analíticamente y el análisis cuantitativo de riesgos correspondiente debe concluir que existen riesgos inaceptables para la salud de las personas y/o ecosistemas, conforme a los establecido en el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero.
¿Qué documentos necesito?
- Solicitud, según modelo (ver apartado “Descargas”).
- Nota simple informativa del Registro de la Propiedad de las fincas afectadas por la solicitud.
- Justificante acreditativo del pago de la tasa conforme la
Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes
.
- Proyecto de recuperación voluntaria del suelo, que contendrá:
- Síntesis de los trabajos previos de investigación de la calidad del suelo y resultados de la Evaluación Cuantitativa de Riesgos
- Estudio de alternativas de técnicas de descontaminación
- Proyecto de ejecución de la descontaminación, que incluya, al menos:
- Descripción de la alternativa seleccionada y de las instalaciones necesarias para su ejecución.
- Delimitación de los suelos a tratar
- Objetivos de recuperación: concentraciones máximas admisibles que pueden permanecer en el emplazamiento después de ejecutar la recuperación para el uso del suelo previsto.
- Plan de trabajo.
- Cronograma de los trabajos
- Unidades de obra y presupuesto
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente. La solicitud deberá realizarse con carácter previo a la realización de las actividades que se pretenden realizar.
Plazo de resolución:
Notificaciones:
Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Legislación aplicable:
- Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (BOE 09-04-2022)
- Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados (BOE 18-01-2005)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio Territorial de Medio Ambiente
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (256 kbytes)
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.
Descargar formularios y anexos