Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Participar en los exámenes que convoca la Consejería de Fomento y Medio Ambiente para la obtención del certificado de competencia profesional, necesario para poder ejercer la actividad de transporte interior e internacional de mercancías, y la actividad de transporte interior e internacional de viajeros. La orden aprueba la convocatoria abierta y permanente de participación en las pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de la actividad de transporte de mercancías y de viajeros por carretera.
¿Quién lo puede solicitar?
Cualquier persona física residente en Castilla y León, y que cumpla los requisitos exigidos
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Llevar residiendo en Castilla y León, al menos 185 días con anterioridad al de la presentación de solicitudes, y pagar el importe de la tasa correspondiente. Si el solicitante lleva residiendo en Castilla y León menos de 185 días, contados con anterioridad al de presentación de solicitudes para concurrir a los ejercicios, porque se ha visto obligado por razones familiares o profesionales a cambiar su residencia a la Comunidad de Castilla y León, también podrá presentar la solicitud para el examen, pero tendrá que acreditar esta situación.
De igual modo, para poder participar en las pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional, los aspirantes deberán previamente acreditar estar en posesión de alguno de los siguientes títulos de formación:
- Título de Bachiller o equivalente
- Título de Técnico, acreditativo de haber superado las enseñanzas de una formación profesional de grado medio, sea cual fuere la profesión a que se encuentre referido.
- Título de Técnico Superior, acreditativo de haber superado las enseñanzas de una formación profesional de grado superior, sea cual fuere la profesión a que se encuentre referido.
- Cualquier título acreditativo de haber superado estudios universitarios de grado o postgrado.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:
a) En el supuesto de presentar la solicitud mediante representante, éste declarará responsablemente en la misma que tiene capacidad de obrar y actúa en representación del interesado. En caso contrario deberá acreditar dicha representación por cualquier medio válido en derecho.
b) Cuando proceda, certificado de empadronamiento donde se acredite que el aspirante ha tenido su domicilio en la Comunidad de Castilla y León al menos 185 días naturales del último año, contados con anterioridad a la presentación de solicitudes.
c) Cuando proceda, certificado de empadronamiento donde se acredite que el aspirante ha tenido su domicilio en la Comunidad de Castilla y León menos de 185 días naturales del último año, contados con anterioridad al día de presentación de solicitudes y documento acreditativo de las razones familiares o profesionales que le obligaron a fijar su residencia en la Comunidad de Castilla y León.
d) Justificación de estar en posesión de alguno de los siguientes títulos de formación:
- Título de Bachiller o equivalente.
- Título de Técnico, acreditativo de haber superado las enseñanzas de una formación profesional de grado medio, sea cual fuere la profesión a que se encuentre referido.
- Título de Técnico Superior, acreditativo de haber superado las enseñanzas de una formación profesional de grado superior, sea cual fuere la profesión a que se encuentre referido.
- Cualquier título acreditativo de haber superado estudios universitarios de grado o postgrado.
e) Resguardo acreditativo del pago de la
Tasa en materia de transportes por carretera
(Código 303.1 «Por participación en las pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional, actividades de transporte») recogida en la
Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes
. Se debe hacer constar que se ha realizado el ingreso mediante validación de la entidad colaboradora en que se realice el mismo a través de certificación mecánica o en su defecto sello y fecha en que se realizó dicho ingreso. En caso de pago telemático, justificante de su autoliquidación.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierta y permanente.
Te interesa saber:
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Información sobre las pruebas: lugar, fecha, contenido, corrección, Tribunal
-
Contenido:
Lugar y fecha de celebración de las pruebas
- Las pruebas se celebrarán en las sedes que designen las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León de cada una de las capitales de provincia, con la periodicidad requerida en función del número de solicitudes presentadas y de los medios materiales e informáticos disponibles, fijándose cada una de las fechas de celebración de las pruebas en la página Web de la Junta de Castilla y León (www.jcyl.es), con una antelación mínima de 10 días, y previa convocatoria realizada al efecto a los aspirantes, señalando un día y hora concreto para la realización de las pruebas.
- El lugar, día y hora de realización de los ejercicios se hará público junto a las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos.
Desarrollo de las pruebas
- Los aspirantes admitidos deberán concurrir a las pruebas provistos del DNI/NIE o documento oficial acreditativo de su identidad. Su falta motivará la inadmisión del aspirante a las mismas.
- Para la realización de los correspondientes ejercicios los aspirantes podrán ir provistos de bolígrafo y de máquinas calculadoras, sin memoria RAM y/o memoria de texto, al objeto de efectuar las operaciones matemáticas que resultaren necesarias.
Programa del examen
- El programa del examen para la obtención del certificado de competencia profesional estará integrado por la lista de materias señaladas al efecto en el Anexo I del Reglamento (CE) 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera.
Forma del examen
- El examen tendrá únicamente forma escrita y se realizará utilizando exclusivamente los medios electrónicos que el órgano competente facilite al examinando.
- El examen deberá realizarse utilizando la aplicación informática y el banco de preguntas y casos prácticos elaborados específicamente para ello, cuyo diseño y mantenimiento corresponderá a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Contenido y duración del examen
- El examen constará de dos pruebas:
- La primera prueba consistirá en contestar a 200 preguntas, cada una de las cuales contará con cuatro respuestas alternativas, sobre las materias que integran el programa.
- La segunda prueba consistirá en resolver cuatro supuestos prácticos que requieran aplicar el conocimiento de las materias que integran el programa a casos concretos. A tal efecto, el aspirante, tras realizar los cálculos y valoraciones precisos, deberá elegir entre ocho respuestas alternativas en cada uno de los supuestos.
- El tiempo para la realización de cada una de las pruebas de que consta el examen será de dos horas.
Criterios de corrección
- La prueba de preguntas concretas tendrá una puntuación máxima de 200 puntos. Cada pregunta correctamente respondida puntuará 1 punto. La prueba de supuestos prácticos tendrá igualmente una puntuación máxima de 200 puntos. Cada supuesto correctamente resuelto puntuará 50 puntos. Para aprobar el examen deberá obtenerse una puntuación no inferior al 50% de los puntos posibles en cada una de las dos partes, debiendo obtener un mínimo del 60% del total de puntos atribuibles para el conjunto de las dos pruebas.
Mecánica del examen.
- Cuando un aspirante a la obtención del certificado solicite realizar el examen, el órgano competente lo convocará, señalándole un día y hora determinados, para que lo realice.
- Cuando el examinando inicie el examen, la aplicación seleccionará aleatoriamente 200 preguntas del banco integrado en la aplicación.
- El examinando responderá las preguntas mediante la aplicación, pudiendo dar por terminada la prueba en el momento que estime conveniente. Si el examinando no hubiera dado por concluida la prueba con anterioridad, la aplicación la dará por terminada automáticamente en el momento en que hayan transcurrido dos horas desde que aquel inició el examen.
- Tan pronto como el examinando dé por terminada la prueba anterior o, en su caso, sea la propia aplicación la que la finalice, esta generará la segunda prueba, seleccionando, asimismo de forma aleatoria, cuatro supuestos prácticos del banco integrado en la aplicación.
- Como en el caso de las preguntas, el examinando resolverá los supuestos prácticos mediante la aplicación, señalando la contestación que estime adecuada. El examinando podrá dar por concluida esta segunda prueba cuando estime conveniente y, en cualquier caso, la aplicación la dará por terminada automáticamente en el momento en que hayan transcurrido dos horas desde que aquel inició la prueba.
- Concluida la segunda prueba, la aplicación calificará automáticamente el examen y el examinando podrá obtener una copia impresa tanto del examen como de la calificación obtenida.
- Cuando un examinando obtenga la calificación necesaria para aprobar, quedará automáticamente inscrito en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte como persona que ha acreditado su competencia para el transporte en la modalidad que corresponda.
- La aplicación de gestión de los exámenes contará con un archivo histórico en el que se guarden todos los exámenes realizados en los últimos cinco años y su calificación.
Tribunal de revisión
- El Tribunal de revisión de los exámenes es el que figura en el Anexo II de esta Orden.
- El Tribunal de revisión será el encargado de resolver las reclamaciones que, en su caso, sean formuladas por un aspirante a la obtención del certificado en relación con el contenido o la calificación de alguna de las preguntas o supuestos prácticos que se le hubiesen planteado en el examen.
- Cuando un examinando estime que una de las preguntas o supuestos prácticos que integraban su examen era erróneo o le ha sido mal calificado por la aplicación, podrá formular la correspondiente reclamación ante el Tribunal de revisión de exámenes nombrado al efecto por el órgano competente.
- Cuando el Tribunal de revisión de exámenes estime necesario anular esa pregunta o supuesto práctico por ser erróneo o encontrarse mal planteado, procederá a recalificar el examen. Cuando se anule una pregunta, la calificación necesaria para superar esa prueba se reducirá en 0,50 puntos y la necesaria para aprobar el examen también en 0,50. Cuando se anule un supuesto práctico, la calificación necesaria para superar esa prueba se reducirá en 25 puntos y la necesaria para aprobar el examen también en 25. Contra la resolución del Tribunal de revisión de exámenes, el examinando podrá interponer recurso ante el órgano que lo nombró.
- Cuando la anulación de una pregunta o supuesto práctico dé lugar a que un examinando apruebe el examen, el órgano competente para la realización del examen dictará resolución expresa y la comunicará a la Oficina Central del Registro de Empresas y Actividades de Transporte para que lleve a cabo la correspondiente inscripción.
- Siempre que una pregunta o un supuesto práctico de un examen sean anulados, ya sea por el Tribunal de revisión de exámenes o en vía de recurso, deberá notificarse a la Oficina Central del Registro de Empresas y Actividades de Transporte a fin de que realice la oportuna revisión del banco de preguntas integrado en la aplicación.
- A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Dirección General de Transportes, Calle Rigoberto Cortejoso, 14, Torre 3ª, Planta Baja, Despacho 042, 47014 Valladolid.
Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Legislación aplicable:
- Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE 31-07-1987)
- Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificado por el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, que añade un Anexo II (régimen de obtención del certificado de competencia profesional para el transporte por carretera) (BOE 08-10-1990)
- Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de Delegación de Facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable (BOE 31-07-1987)
- ORDEN FYM/183/2022, de 2 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria de participación en las pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte de mercancías y transporte de viajeros por carretera (BOCyL 11-03-2022)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Información adicional:
Admisión de aspirantes
- Comprobadas las solicitudes la Dirección General de Transportes hará públicas, en los lugares señalados en el Anexo I la relación de admitidos y excluidos provisionalmente a cada una de las pruebas. Los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación, para que puedan formular las oportunas reclamaciones por no figurar en los listados, apreciar errores en sus datos o cualquier otro motivo que estimen conveniente. Con esta finalidad deberán presentar un escrito explicando el motivo y adjuntar los documentos y pruebas pertinentes, en su caso.
- Transcurrido el plazo de reclamación se hará pública en lugares señalados en el Anexo I así como en la página Web de la Junta de Castilla y León (www.jcyl.es), el listado definitivo de aspirantes admitidos y excluidos.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (88 kbytes)
Última actualización:
26 de mayo de 2024