Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

  • Suscripción
  • Contacto

Sede Electrónica de Castilla y León

Redes Sociales

Contenido principal. Saltar al inicio.

Procedimiento de responsabilidad patrimonial como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de la Consejería de Sanidad

  • Acceder a los formularios
  • Compartir

Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3175
  • SIA: 2842041

Objeto:

Tramitar los expedientes de responsabilidad patrimonial que se produzcan como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de la Consejería de Sanidad.

Este formulario no podrá usarse para las reclamaciones de responsabilidad patrimonial que se produzcan como consecuencia del funcionamiento de la Gerencia Regional de Salud y/o sus centros e instituciones sanitarios.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Los ciudadanos que sufran daños efectivos, evaluables económicamente e individualizados en sus bienes o derechos, como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de la Consejería de Sanidad.
  • Se exceptúan los casos de fuerza mayor o de daños que tengan el deber jurídico de soportar de acuerdo con la ley.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Tener la condición de persona interesada, en los términos del artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

¿Qué documentos necesito?

  • Para iniciar el procedimiento, reclamación de responsabilidad patrimonial. La petición deberá individualizar la lesión producida en una persona o grupo de personas, su relación de causalidad con el funcionamiento del servicio público, su evaluación económica si fuera posible y el momento en que la lesión efectivamente se produjo. La reclamación puede acompañarse de todos los documentos que la persona interesada considere adecuados para justificar el daño producido y su valoración económica.
     
  • Para subsanar la reclamación, documentación que sea requerida a tal efecto por la Administración.
     
  • Para realizar el trámite probatorio, documentación que a tal efecto desee presentarse o sea requerida por la Administración.
     
  • Para realizar el trámite de audiencia, escrito de alegaciones y en su caso documentación que la persona interesada considere adecuada a la defensa de su derecho.
     
  • Para recurrir en vía administrativa, recurso de reposición, que podrá acompañarse de la documentación que la persona interesada considere adecuada a la defensa de su derecho.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El derecho a reclamar prescribe al año de producirse el hecho o el acto que motive la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo. En caso de daños de carácter físico o psíquico a las personas, el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de responsabilidad patrimonial es de 6 MESES. La falta de resolución expresa en  plazo tiene efectos desestimatorios.

El plazo máximo para resolver el recurso de reposición contra la orden que resuelva el procedimiento de responsabilidad patrimonial es de 1 MES. La falta de resolución expresa en  plazo tiene efectos desestimatorios.

Legislación aplicable:

  • Artículos 91 y 92 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Artículos 32 a 35 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
     

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Secretaría General de Sanidad

Protección de los datos de carácter personal:

Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica

Descargar formularios y anexos