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Autorización de excepciones a las normas de producción ecológica

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Códigos identificadores del procedimiento:

IAPA: 3129

Objeto:

Regular las comunicaciones para tramitar solicitudes de autorización de excepciones o exenciones previstas en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre Producción Ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) 834/2007 del Consejo, cuya resolución es atribuida a las autoridades competentes.

¿Quién lo puede solicitar?

Todos los operadores incluidos en el Registro General de Agricultura Ecológica de Castilla y León (REGGAE).

¿Qué requisitos debo cumplir?

Haber notificado su actividad a la autoridad competente y sometido su empresa al régimen de control conforme a la normativa de producción ecológica y cumplir con las condiciones establecidas en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre Producción Ecológica y etiquetado de los productos ecológicos, relativas a la excepción o exención solicitada.
 

¿Qué documentos necesito?

La solicitud de autorización de excepciones o exenciones se presentará mediante instancia dirigida al Director General del Instituto, según modelos normalizados que aparecen en el apartado de “Descarga de Formularios” para cada una de ellas:

  • 1. Exención de la obligación de certificarse a comercializadores minoristas con venta de productos ecológicos no envasados.
  • 2. Excepción para el amarrado y/o realización de operaciones de mutilación en el ganado ecológico.
  • 3. Excepción para la utilización de animales no ecológicos en unidades de producción ecológica
  • 4.Excepciones por circunstancias catastróficas:

    a.    utilización de materiales vegetales de reproducción no ecológica,
    b.    renovación o reconstitución del rebaño o la manada o animales de la acuicultura con animales no ecológicos,
    c.    alimentación con piensos no ecológicos,
    d.    reducción del porcentaje de la materia seca que componga los forrajes bastos, los forrajes comunes frescos o desecados o los forrajes ensilados de las raciones diarias,
    e.    alimentación a las colonias de abejas con miel ecológica, polen ecológico, jarabe de azúcar ecológico o azúcar ecológico,
    f.    traslado de colonias de abejas a zonas que no respeten las disposiciones relativas a la ubicación de los colmenares y
    g.    uso en la elaboración de productos del sector vitivinícola de más anhídrido sulfuroso que en años anteriores.
     
  • 5. Excepciones para la modificación del periodo de conversión:
    a.    Reconocimiento retroactivo del periodo de conversión (RRPC).
    b.    Reducción del periodo de conversión (RPC)
     
  • 6. Excepciones para el uso de ingredientes agrarios no ecológicos y/o aditivos restringidos para la transformación de alimentos ecológicos.
  • 7. Excepciones para la producción paralela en cultivos perennes.
  • 8. Excepciones para el uso de material de reproducción vegetal en producción ecológica.


El procedimiento y la documentación que es necesaria aportar con la solicitud se puede consultar en el apartado de “Descargas”.

Fecha de publicación:

19 de mayo de 2021

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto y permanente.

Plazo de resolución:

3 meses.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre Producción Ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) 834/2007 del Consejo y los actos delegados o de ejecución adoptados de conformidad con el mismo.
  • ORDEN AYG/452/2013, de 29 de mayo, por la que se aprueba el Reglamento Regulador de la Producción Agraria Ecológica y su indicación sobre los productos agrarios y alimenticios y del Consejo de Agricultura Ecológica de la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 28-06-2013)


     

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Subdirección de Calidad y Promoción Alimentaria

Órgano que resuelve:

Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (73 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica