Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Convocar las actividades formativas dirigidas al profesorado de especialidades vinculadas a la Formación Profesional a desarrollar en el año 2024 en la Comunidad de Castilla y León que, desglosadas por áreas y familias profesionales, figuran en los Anexos I y II (ver apartado de descargas).
¿Quién lo puede solicitar?
Personal docente en situación de servicio activo o asimilado a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, que preste servicios en la Comunidad de Castilla y León.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
El personal docente se debe encontrar alguna de las situaciones siguientes:
a) Funcionarios pertenecientes a los siguientes cuerpos:
- Cuerpos de catedráticos de enseñanza secundaria, profesores de enseñanza secundaria, cuerpo a extinguir de profesores técnicos de Formación Profesional y profesores especialistas en sectores singulares de Formación Profesional adscritos a especialidades definidas y relacionadas con la formación profesional.
- Cuerpos de catedráticos de enseñanza secundaria, de profesores de enseñanza secundaria, cuerpo a extinguir de profesores técnicos de Formación Profesional y profesores especialistas en sectores singulares de Formación Profesional diferentes de los titulares de las especialidades docentes de referencia, conforme al RD 1834/2008 por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria, que impartan docencia en ciclos de formación profesional inicial durante el curso académico 2023/2024.
b) Funcionarios en prácticas pertenecientes a alguno de los cuerpos indicados en la letra a).
c) Funcionarios interinos pertenecientes a alguno de los cuerpos indicados en la letra a) 1.º.
d) El profesorado asimilado a las especialidades de formación profesional que imparta en el curso 2023/2024 docencia en ciclos de formación profesional inicial concertados en centros docentes privados o en centros públicos dependientes de otras administraciones distintas a la educativa.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, dirigida a la Consejera de Educación. La solicitud incluirá las siguientes declaraciones responsables del solicitante:
- a) Que conoce y acepta las condiciones de participación indicadas en la convocatoria.
- b) Que todos los datos aportados en la solicitud son veraces.
Se deberá presentar una única solicitud que incluya todas las acciones formativas que se desean realizar por orden de preferencia, se podrán pedir hasta tres cursos por solicitante. En el caso de presentar más de una solicitud se entenderá por válida solo la última presentada.
La subsanación se realizará cumplimentando el formulario de subsanación.
Fecha de publicación:
11 de abril de 2024
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 12 de abril de 2024 hasta el 26 de abril de 2024
Más Detalles:
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Plazo de resolución:
- El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de 3 MESES contado desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.
- La resolución será objeto de publicidad en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es/fp).
Notificaciones:
- En los Tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales de Educación.
Recursos:
- Reposición.
- Contencioso-administrativo.
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Legislación aplicable:
ORDEN EDU/293/2024, de 27 de marzo, por la que se convocan actividades formativas dirigidas al profesorado de especialidades vinculadas a la formación profesional a desarrollar en el año 2024 en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 11-04-2024)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Planificación y Ordenación de la Formación Profesional
Órgano que resuelve:
Consejera de Educación
Información adicional:
Renuncias y faltas de asistencia
- Los interesados, que por causa justificada no puedan realizar o asistir al curso, lo comunicarán a través de la solicitud de renuncia. Cumplimentada la solicitud de renuncia, deberá presentarse de forma electrónica.
- Las renuncias no comunicadas, las no justificadas, así como, las que no tengan su origen en caso fortuito o causa de fuerza mayor, y las faltas de asistencia no justificadas superiores al 50 por ciento de las horas impartidas, darán lugar a la exclusión del afectado en la siguiente convocatoria, salvo la existencia de plazas vacantes.
- Las faltas de asistencia superiores al 15 por ciento de las horas del curso, independientemente de la causa, impedirá la certificación de la formación.
Evaluación de los cursos y certificación de la formación
- El seguimiento de los cursos corresponderá al director de la familia profesional, con la colaboración de los coordinadores de los cursos.
- La evaluación de los cursos y el derecho a certificación de la formación para cada participante se regirán por lo dispuesto en la Orden EDU/1057/2014, de 4 de diciembre, por la que se regulan las modalidades, convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado de enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León organizadas por la Red de formación y se establecen las condiciones de reconocimiento de las actividades de formación organizadas por otras entidades.
- A tal fin, la comisión de selección se constituirá en comisión evaluadora, que se encargará de:
a) Verificar la asistencia a las actividades programadas de cada participante.
b) Verificar el grado de realización de las actividades y trabajos propuestos durante el desarrollo del curso de cada participante.
c) Valorar la memoria individual de cada participante.
Una vez realizado el proceso evaluador la comisión elaborará el acta de propuesta de certificación correspondiente de cada curso.
- Como condición necesaria para su certificación, los participantes, además de los criterios específicos de participación que se determinen para cada acción formativa, elaborarán una memoria individual.
- La Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial remitirá la relación de participantes evaluados positivamente, directores de familia profesional y coordinadores de cursos y su propuesta a la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado para la emisión de los correspondientes certificados.
Indemnizaciones
- Las direcciones provinciales de educación indemnizarán a los participantes, en situación de servicio activo o asimilado durante las fechas de realización de los cursos, por los gastos que se originen, conforme al Decreto 252/1993, de 21 de octubre, de la Junta de Castilla y León, sobre indemnizaciones por razón del servicio del personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, con las cuantías establecidas por el Acuerdo 1/2007, de 18 de enero de la Junta de Castilla y León.
Resolución. Beneficiarios:
Orden de 11 de junio de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se resuelve la convocatoria de actividades formativas dirigidas al profesorado de especialidades vinculadas a la formación profesional a desarrollar en el año 2024 en la Comunidad de Castilla y León.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (87 kbytes)