Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Convocar la celebración de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y grado superior de formación profesional del sistema educativo, válidas para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial, en la Comunidad de Castilla y León, en el año 2024.
¿Quién lo puede solicitar?
Aquellos ciudadanos que desean cursar estos estudios, pero carecen de los requisitos académicos exigidos en la normativa legal para poder acceder a ellos.
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
1. Para concurrir a la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio se requerirá tener, al menos, diecisiete años de edad o cumplirlos en el año 2024 y no reunir ninguno de los requisitos académicos de acceso a los ciclos formativos de grado medio.
2. Para concurrir a la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior se requerirá tener, al menos 19 años o cumplirlos durante el año 2024 y no reunir ninguno de los requisitos académicos de acceso a los ciclos formativos de grado superior.
3. Quienes, habiendo superado las pruebas de acceso a ciclos formativos en convocatorias anteriores, deseen elevar las calificaciones obtenidas, podrán presentarse de nuevo para la realización de la prueba completa. Estos alumnos o alumnas podrán hacer uso de las calificaciones obtenidas en esta convocatoria, o en la anterior.
4. Durante el curso escolar 2023-2024 no se podrá concurrir a las pruebas de acceso a las mismas enseñanzas en más de una Comunidad Autónoma. El incumplimiento de esta condición conllevará, en su caso, la anulación de la matrícula en la presente convocatoria e invalidará los resultados obtenidos en las pruebas.
¿Qué documentos necesito?
Los interesados formalizarán una solicitud de matrícula en el modelo que corresponda señalando el centro en el que desean realizar la prueba de entre los que figuran en el documento Anexo IV:
- Modelo para las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio.
- Modelo para las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior.
En el caso de matrícula en las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio, se debe especificar, en el apartado establecido al efecto en la solicitud, la lengua extranjera elegida.
En el caso de matrícula en las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior, se debe especificar, en el apartado establecido al efecto en la solicitud, la opción de la parte específica por la que se desea examinar, la lengua extranjera elegida y las dos materias elegidas, en base a lo establecido en el Anexo III.
Los aspirantes que necesiten adaptaciones o condiciones especiales para la realización de la prueba deberán justificarlo, mediante certificación oficial, en el momento de presentación de la solicitud. Podrán agruparse en una comisión de evaluación, en un centro de la Comunidad de Castilla y León, a los aspirantes que necesiten adaptaciones especiales para realizar las pruebas de acceso a ciclos formativos.
Así mismo, aquellas personas que realicen únicamente la parte común o la parte específica de esta prueba, deberán reflejarlo en su solicitud.
TASAS: Según lo dispuesto en la
Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes
, la participación en las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional conlleva el abono de una tasa, que es de 15,00 € para grado medio y de 20,00 € para grado superior, en concepto de matrícula. La matrícula solo será efectiva tras el pago de la tasa correspondiente a los derechos de examen. La no presentación a las pruebas no comportará la devolución de las tasas.
- Están exentos del pago de esta tasa los sujetos pasivos pertenecientes a familias numerosas de categoría especial, gozando de una bonificación del 50% de la cuota los sujetos pasivos pertenecientes a familias numerosas de categoría general.
- Están exentos del pago de esta tasa los sujetos pasivos que presenten una discapacidad reconocida igual o superior al 33 por ciento y los sujetos pasivos que tengan la condición de víctimas del terrorismo en los términos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 2 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Victimas del Terrorismo en Castilla y León.
Junto con la solicitud, que en el caso de presentación electrónica se enviará digitalizada, se aportará copia de la siguiente documentación:
Documentación a presentar (139 kbytes)
Fecha de publicación:
2 de abril de 2024
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 3 de abril de 2024 hasta el 16 de abril de 2024
Más Detalles:
El período de matrícula en las pruebas será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Te interesa saber:
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Estructura, contenido y exenciones de la pruebas de acceso
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Contenido:
CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO
- La prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio tiene por objeto acreditar que el alumno o alumna posee la madurez necesaria en relación con los conocimientos y habilidades suficientes para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes, teniendo especialmente como referencia las competencias básicas recogidas en el Anexo II del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
- La prueba de acceso se organizará en tres partes relacionadas con los siguientes ámbitos:
a) Parte 1. Ámbito de Comunicación: relacionado con los conocimientos de lengua castellana y literatura, en lengua extranjera (inglés o francés a elegir en el momento de la solicitud).
b) Parte 2. Ámbito Social: donde se deberá demostrar el conocimiento de geografía e historia y ciencias sociales.
c) Parte 3. Ámbito Científico-Tecnológico: relacionado con los conocimientos de matemáticas, ciencias naturales y tecnología.
- Los contenidos y los criterios de evaluación de las materias sobre las que versará la prueba son los que se incluyen en el Anexo I.
- La prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio será común para todos los ciclos formativos de grado medio de formación profesional o modalidades y especialidades de las enseñanzas deportivas de grado medio, y permitirá el acceso para cursar cualquier ciclo formativo de formación profesional de grado medio, y a las enseñanzas deportivas de grado medio o a las formaciones deportivas de nivel I.
EXENCIONES EN LA PRUEBA DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO
- Quedarán exentos de la parte 1, correspondiente al Ámbito de Comunicación quienes acrediten:
a) Tener superada la parte sociolingüística de las pruebas de acceso a ciclos formativos o a las enseñanzas deportivas, de grado medio, y a las formaciones deportivas de nivel I, convocadas en la Comunidad de Castilla y León en alguno de los cursos escolares 2015-2016, 2016-2017, 2017-2018, 2018-2019 o 2019-2020.
b) Haber superado dicho ámbito en las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio del sistema educativo, válidas para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial, convocadas en la Comunidad de Castilla y León en los años 2021, 2022 o 2023.
- Quedarán exentos de la parte 2, correspondiente al Ámbito Social quienes acrediten:
a) Tener superada la parte sociolingüística de las pruebas de acceso a ciclos formativos o a las enseñanzas deportivas, de grado medio, y a las formaciones deportivas de nivel I, convocadas en la Comunidad de Castilla y León en alguno de los cursos escolares 2015-2016, 2016-2017, 2017-2018, 2018-2019 o 2019-2020.
b) Haber superado dicho ámbito en las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio del sistema educativo, válidas para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial, convocadas en la Comunidad de Castilla y León en los años 2021, 2022 o 2023.
- Quedarán exentos de la parte 3, correspondiente al ámbito Científico-Tecnológico de la prueba de acceso, quienes acrediten:
d) Tener superadas las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio en alguna de las convocatorias de 2009 a 2015, ambas incluidas, en la Comunidad de Castilla y León.
e) Haber superado la parte científico-técnica de las pruebas de acceso a ciclos formativos o a enseñanzas deportivas, de grado medio, y formaciones deportivas de nivel I, convocadas en la Comunidad de Castilla y León en alguno de los cursos escolares 2015-2016, 2016-2017, 2017-2018, 2018-2019 o 2019-2020.
f) Haber superado dicho ámbito en las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio del sistema educativo, válidas para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial, convocadas en la Comunidad de Castilla y León en los años 2021, 2022 o 2023.
g) Estar en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel 1 o superior que acredite, al menos, una cualificación profesional.
h) Una experiencia laboral con una duración de, al menos, el equivalente a un año a jornada completa.
CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR
- La prueba de acceso a la formación profesional de grado superior tendrá por objeto acreditar que el alumno o alumna posee la madurez necesaria en relación con los objetivos del bachillerato, así como los conocimientos específicos que se requieran para el ciclo formativo al que desee acceder. La prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior se adecuará a los aspectos básicos del currículo vigente de bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, teniendo especialmente como referencia las siguientes competencias básicas establecidas en el Anexo III del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
- La prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior se organiza en dos partes, de la forma siguiente:
a) Una parte común que será igual para todas las opciones, que tendrá como objetivo apreciar la madurez e idoneidad de los candidatos para seguir con éxito los estudios de formación profesional o de enseñanzas deportivas, de grado superior, así como su capacidad de razonamiento y de expresión escrita. Constará de tres ejercicios, versando cada uno de ellos sobre una de las siguientes materias:
1.º Lengua castellana y literatura.
2.º Lengua extranjera (inglés o francés a elegir en el momento de la solicitud).
3.º Matemáticas.
b) Una parte específica que tendrá como objetivo valorar las capacidades de base referentes al campo profesional de que se trate y versará sobre los conocimientos básicos de materias de bachillerato, en función del ciclo formativo al que se quiere acceder. A estos efectos, las familias profesionales de los ciclos formativos se agrupan en tres opciones y a cada una de ellas se asocian tres materias de bachillerato según se establece en el Anexo III.
Esta parte específica constará de dos ejercicios, uno por cada una de las dos materias seleccionadas de entre tres propuestas, según la opción, en el momento de realizar la solicitud.
- Los contenidos y criterios de evaluación de cada una de las materias sobre las que versarán las pruebas son los que se incluyen en el Anexo II.
- La superación de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior permitirán el acceso a ciclos formativos de formación profesional de grado superior de las familias profesionales incluidas en la opción de la parte específica de la prueba superada, según lo establecido en el Anexo III.
- La superación de la parte común de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior permitirán el acceso a las enseñanzas deportivas de grado superior o a las formaciones deportivas de nivel III, siempre que reúnan los requisitos indicados en el artículo 29.3 y en la disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007 de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
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Anexo II: Contenidos y criterios de evaluación GRADO SUPERIOR (1.283 kbytes)
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Anexo III: PARTE ESPECÍFICA de las pruebas de acceso a ciclos formativos de GRADO SUPERIOR y Corrección de errores (BOCyL 12-04-2024) (880 kbytes)
EXENCIONES EN LA PRUEBA DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR
- Quedarán exentos de la realización de la parte común de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior quienes acrediten:
a) Haber superado la parte general de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior convocadas en la Comunidad de Castilla y León en el curso escolar 2005-2006, o haber superado la parte común de las pruebas, convocadas en la Comunidad de Castilla y León en alguno de los cursos escolares 2006-2007 a 2022-2023, ambos incluidos.
b) Tener superada la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior en cualquiera de sus opciones, convocadas en la Comunidad de Castilla y León.
- Quedarán exentos de la parte específica de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior quienes acrediten:
a) Estar en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel 2 o superior que acredite, al menos, una cualificación profesional, perteneciente a alguna de las familias profesionales incluidas en la opción por la que se presenta.
b) Poseer una experiencia laboral con una duración de, al menos, el equivalente a un año a jornada completa en el campo profesional relacionado con alguna de las familias profesionales incluidas en la opción por la que se presenta.
c) Tener superada la parte específica de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior en alguna de las convocatorias de 2008-2009 a 2022-2023, ambas incluidas, en la Comunidad de Castilla y León, en la opción por la que se presentan.
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Realización y desarrollo de las Pruebas
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Contenido:
Realización de las pruebas
- Las pruebas de acceso a ciclos formativos se realizarán simultáneamente en toda la Comunidad de Castilla y León, el día 12 de junio de 2024.
- Para quienes en el momento de matrícula hubieran justificado la necesidad de adaptaciones o condiciones especiales para la realización de la prueba, se adoptarán las medidas oportunas de adaptación de tiempo y medios.
- El calendario de las pruebas deberá ser expuesto en el tablón de anuncios y en la página web del centro educativo en el que se realicen, indicando expresamente el lugar donde hayan de efectuarse.
- Los aspirantes deberán acudir a la celebración de las pruebas provistos del documento acreditativo de su identidad alegado en su solicitud.
Desarrollo de las pruebas
- El día fijado para la celebración de las pruebas se reunirán las comisiones de evaluación a las 8:30 horas. El presidente procederá a la apertura del sobre con los ejercicios de la prueba, que quedarán bajo su custodia. Se adoptarán las medidas oportunas que garanticen la organización y desarrollo de estos ejercicios, de acuerdo con las disponibilidades de recursos humanos y materiales del centro.
- Las pruebas seguirán el orden y el horario que a continuación se expresa:
a) Pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio:
1.º A las 9:30 horas: Parte 1. Ámbito de Comunicación: Ejercicio de Lengua Castellana y Literatura, y Lengua Extranjera. Duración: una hora.
2.º A las 10:45 horas: Parte 2. Ámbito Social: Ejercicio de Geografía e Historia. Duración: una hora.
3.º A las 12:00 horas: Parte 3. Ámbito Científico-Tecnológico. Duración: dos horas.
3.º1. Ejercicio de Matemáticas. Duración: una hora.
3.º2. Ejercicio de Ciencias Naturales y Tecnología. Duración: una hora.
b) Parte común de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior:
1.º A las 9:30 horas: Ejercicio de Lengua Castellana y Literatura. Duración: una hora y media.
2.º A las 11:15 horas: Ejercicio de Lengua Extranjera. Duración: una hora.
3.º A las 12:30 horas: Ejercicio de Matemáticas. Duración: una hora y media.
c) Parte específica de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior: a las 16:00 horas. El aspirante realizará los ejercicios de las dos materias elegidas de las tres propuestas, para cada opción establecida en el anexo III. La duración de cada ejercicio de esta parte será de dos horas.
- Los útiles e instrumentos necesarios para la realización de las pruebas y de los que deberán ir provistos los aspirantes son los que se detallan a continuación:
a) Con carácter general: útiles de escritura y calculadora (no se permite utilizar equipos programables).
b) Con carácter específico: útiles de dibujo (lápices HB-2H, goma blanda, regla graduada, plantilla, compás, cartabón y escuadra).
Plazo de resolución:
- Los centros receptores de las solicitudes de matrícula verificarán el cumplimiento de los requisitos, y comunicarán al área de inspección educativa de la correspondiente dirección provincial de educación el nº de solicitudes presentadas en cada prueba y el listado provisional de admitidos y excluidos, indicando el motivo de la exclusión, antes del 3 de mayo de 2024.
- Los listados provisionales se publicarán el 8 de mayo de 2024, en el tablón de anuncios y en la página web de cada uno de los centros receptores.
- El listado provisional de admitidos y excluidos podrá ser objeto de reclamación por los aspirantes en los diez días hábiles siguientes al de su publicación, mediante la presentación de un escrito con las alegaciones o la subsanación del defecto que motivó la exclusión, dirigido al director del centro examinador.
- En el plazo de los dos días hábiles siguientes, el director del centro resolverá las reclamaciones y publicará, en el tablón de anuncios y en la página web del centro, el listado definitivo de admitidos y excluidos.
Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Legislación aplicable:
- Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
- Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
- Orden EDU/767/2020, de 6 de agosto, por la que se desarrollan aspectos relacionados con el acceso, la admisión y la matriculación de las enseñanzas deportivas de régimen especial en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 19-08-2020)
- ORDEN EDU/254/2024, de 19 de marzo, por la que se convocan las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y grado superior de formación profesional del sistema educativo, válidas para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial en la Comunidad de Castilla y León, en el año 2024 (BOCyL 02-04-2024) y Corrección de errores (BOCyL 12-04-2024)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección Provincial de Educación
Órgano que resuelve:
Dirección Provincial de Educación
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (71 kbytes)
Última actualización:
26 de mayo de 2024