Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Regular en la Comunidad de Castilla y León el procedimiento de acreditación de las enfermeras y de los enfermeros para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano relacionados con su ejercicio profesional.
¿Quién lo puede solicitar?
Enfermeros y enfermeras.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
En el ámbito de los cuidados generales, los requisitos que deben reunir las enfermeras y enfermeros para obtener la referida acreditación son los siguientes:
a) Estar en posesión del título de Graduado/a en Enfermería, de Diplomado/a en Enfermería, de Ayudante Técnico Sanitario o equivalente.
b) Cumplir uno de los dos siguientes requisitos:
- Acreditar una experiencia profesional mínima de un año en el ámbito de los cuidados generales.
- Superar un curso de adaptación adecuado ofrecido por la administración sanitaria de manera gratuita.
En el ámbito de los cuidados especializados, los requisitos que deben reunir las enfermeras y enfermeros para obtener la referida acreditación son los siguientes:
a) Estar en posesión del título de Graduado/a en Enfermería, de Diplomado/a en Enfermería o de Ayudante Técnico Sanitario, o equivalente, así como del título de Especialista a que se refiere el artículo 2.1 del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería.
b) Cumplir uno de los dos siguientes requisitos:
- Acreditar una experiencia profesional mínima de un año en la especialidad en la que solicite la acreditación.
- Superar un curso de adaptación adecuado ofrecido por la Administración sanitaria de manera gratuita.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud, en modelo normalizado, debidamente cumplimentada y dirigida a la Dirección General de Salud Pública, acompañada de la siguiente documentación:
- a) Título de Graduado/a en Enfermería, de Diplomado/a en Enfermería, de Ayudante Técnico Sanitario, o equivalente, cuando se solicite la acreditación en el ámbito de los cuidados generales.
- b) Título de Graduado/a en Enfermería, de Diplomado/a en Enfermería, de Ayudante Técnico Sanitario, o equivalente, así como del Título de Enfermera/o Especialista a que se refiere el artículo 2.1 del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería, cuando se solicite acreditación en el ámbito de los cuidados especializados.
- c) En el caso de haber prestado servicios por cuenta ajena, certificación acreditativa del periodo de experiencia profesional mínima de un año expedida por la empresa o institución empleadora. Si la experiencia mínima de un año resulta de la prestación de servicios en dos o más centros deberán presentarse los contratos de trabajo o nombramientos administrativos y las certificaciones acreditativas de la experiencia en cada uno de ellos.
- d) Tanto en el caso de haber prestado servicios por cuenta ajena como por cuenta propia, informe de la vida laboral expedido por la Seguridad Social acreditativo de la experiencia profesional mínima de un año.
- e) En defecto de la experiencia profesional mínima, documento acreditativo de la superación del curso de adaptación.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente.
Plazo de resolución:
El plazo para dictar y notificar la resolución del procedimiento es de 6 MESES, contados desde la fecha en que la solicitud hay tenido entrada en sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado resolución expresa la persona interesada podrán entender ESTIMADA su solicitud.
Notificación:
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.
Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Legislación aplicable:
- Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, modificado por el Real Decreto 1302/2018, de 22 de octubre. (BOE 23-12-2015)
- Orden SAN/1534/2020, de 17 de diciembre, por la que se establece el procedimiento para la acreditación de las enfermeras y enfermeros para indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano en la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 29-12-2020)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Ordenación Sanitaria
Órgano que resuelve:
Dirección General de Salud Pública
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (91 kbytes)