Recursos contra las resoluciones administrativas de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Formulario de solicitud para presentación de recursos administrativos:
- Recurso de alzada: recurrir los actos administrativos de la DG de Recursos Humanos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Recurso potestativo de reposición: Recurrir contra actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa correspondientes a la DG de Recursos Humanos de la Consejería de Educación.
- Recurso extraordinario de revisión: Recurrir actos firmes de la administración.
¿Quién lo puede solicitar?
Los interesados en un procedimiento administrativo dictado por la DG de Recursos Humanos de la Consejería de Educación.
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Para el recurso de alzada y para el recurso de reposición: Que el recurso se interponga contra las resoluciones que pongan fin a la vía administrativa o los actos de trámite, en el plazo legalmente establecido y dirigido al órgano que dictó el acto que se recurre.
Para el recurso extraordinario de revisión: Sólo son recurribles los actos que cumplan con los requisitos del art. 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La impugnación se debe basar en alguno de los motivos previstos en el artículo 125.1 de la Ley 39/2015:
- a) Que al dictar la resolución recurrida se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente.
- b) Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida.
- c) Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución.
- d) Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme.
El órgano competente para resolverlo es el que dictó el acto que se impugna.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud, en modelo normalizado, junto con la documentación que justifique el recurso presentado.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Alzada: 1 mes a partir de la notificación si el acto es expreso. Si el acto no es expreso, se puede interponer recurso en cualquier momento, a partir del día siguiente a aquel en que de acuerdo con su normativa se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Potestativo de reposición: 1 mes si el acto es expreso o el plazo que indique la resolución contra la que desea interponer el recurso. Si el acto no es expreso, en cualquier momento, a partir del día siguiente a que se produzca.
Extraordinario de revisión: 3 meses desde el conocimiento de la resolución.
Notificaciones:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.
Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Legislación aplicable:
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección Provincial de Educación
Órgano que resuelve:
Dirección General de Recursos Humanos
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (50 kbytes)
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.
Descargar formularios y anexos