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Programa «Campamentos Temáticos Juveniles 2025»

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 3579
  • SIA: 3054862

Objeto:

Convocar el programaprograma «Campamentos Temáticos Juveniles 2025», con un total de 1.360 plazas y establecer las condiciones de participación. Los participantes dispondrán de los siguientes servicios:

  • Transporte: de incorporación y regreso desde Valladolid hasta el lugar de desarrollo de las mismas, así como los desplazamientos, excursiones y visitas que se realicen con motivo de éstas.
  • Alojamiento en régimen de pensión completa (desayuno, comida, merienda y cena) en instalaciones juveniles, albergues, centros turísticos, campamentos, u otros.
  • Seguro de accidentes y seguro de responsabilidad civil.
  • Programa de actividades juveniles de tiempo libre, de carácter formativo, lúdico-recreativo, sociocultural y convivencial.
  • Material y equipo necesario.
  • Equipo técnico de personal especializado.
  • En las actividades de inglés, un equipo de profesores titulados en lengua inglesa, o bien de profesores nativos de un país angloparlante con titulación universitaria de grado equivalente.

¿Quién lo puede solicitar?

Jóvenes entre los 10 y los 17 años que reúnan los requisitos.

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

  • Por Internet cumplimentando el Anexo II Solicitud, a través de la aplicación informática CAIJ.
  • FAMILIA NUMEROSA: cumplimentarán  el Anexo II Solicitud, a través de la aplicación informática CAIJ, cumplimentando la «Autorización para la verificación electrónica de datos personales» (Anexo III) a través de CAIJ o, en caso de no autorizar la verificación de datos, aportando la documentación justificativa, para ello se deberá disponer del DNI-e o certificado digital.  Tramitación electrónica: ver requisitos técnicos.
  • VICTIMAS DEL TERRORISMO: utilizarán el formulario normalizado establecido como Anexo IV, «Solicitud de participación de Víctimas del terrorismo» al que acompañarán, solo en el caso de oponerse expresamente a su consulta por el órgano gestor, la documentación justificativa de dicha condición. Para ello se deberá disponer del DNI-e o certificado digital.  Tramitación electrónica: ver requisitos técnicos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  1. Estar en posesión del Documento Nacional de Identidad (DNI) o del Número de Identificación de Extranjeros (NIE).
  2. Estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Castilla y León, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, podrán solicitar plaza en el tercer turno de adjudicación directa previsto en el apartado Undécimo de la presente Orden, los jóvenes nacidos en Castilla y León, con residencia en otra Comunidad Autónoma, así como los descendientes de castellanos y leoneses, hasta segundo grado de consanguinidad, que residan en otra Comunidad Autónoma o en el extranjero.
  3.  Cumplir con el requisito de edad previsto para cada una de las actividades formativas programadas en el Anexo I «Actividades. Codificación. Fechas. Cuota», teniendo en cuenta que la edad mínima exigida para cada una de las actividades formativas podrá cumplirse a lo largo del año 2025, mientras que el requisito de la edad máxima de los participantes deberá cumplirse a fecha fin de la actividad.
  4. La edad de los destinatarios a los que se dirige cada actividad formativa, el lugar y las fechas de realización de las mismas, su codificación, el número de plazas ofertadas para cada una, así como el importe de la cuota a abonar, se especificarán en el Anexo I  «Actividades. Codificación. Fechas. Cuota».

Descarga del documento tipo PDF Anexo I «Cursos .Codificación.Fechas. Cuota». Abre una nueva ventana Anexo I «Cursos .Codificación.Fechas. Cuota» (134 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado del Anexo II (disponible a través de la aplicación informática CAIJ), dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los participantes, con indicación del código del curso según el Anexo I «Cursos. Codificación. Fechas. Cuota»

  • La solicitud de participación se podrá realizar de forma individual o conjunta, hasta un número máximo de 4 solicitantes, a efectos de adjudicación conjunta de plazas, exclusivamente en la fase de sorteo, tramitándose de forma individual para la adjudicación de las suplencias.
  • Cada persona podrá solicitar todas las actividades ofertadas en este programa en las que esté interesada, siempre que cumpla los requisitos exigidos para participar en ellas (Excepto si se accede por el cupo de Víctimas de terrorismo).
  • Cuando un solicitante figure en más de una solicitud para una misma actividad, únicamente se tendrá como válida, para esa actividad, la solicitud grabada en último lugar. Se procederá de igual modo cuando coincidan todos los integrantes de una solicitud conjunta.
  • Todas las solicitudes que se presenten irán configurando una única lista por actividad.
  • La presentación de la solicitud supone la plena aceptación de las condiciones de participación.

Los solicitantes que deseen beneficiarse de las bonificaciones de Familia numerosa acampañarán a  la solicitud (Anexo II), el Anexo III «Autorización para verificación electrónica de datos personales» que deberá ser firmada por todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años. Si no se autorizase esta verificación se deberá aportar la documentación justificativa correspondiente consistente en:

  • a) Declaración del IRPF del ejercicio 2023, o en el caso de que no se haya presentado declaración del IRPF por no estar obligado a ello, deberá presentar certificado de imputación de rentas del ejercicio 2023 emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • b) Certificado catastral que acredite la titularidad de bienes inmuebles con el valor catastral correspondiente, así como el porcentaje y el tipo de propiedad.

En el caso de Víctimas de terrorismo, que se quieran acoger a la reserva de plazas del 2% para este colectivo, presentarán solicitud conforme al Anexo IV «Solicitud de Participación Víctimas del Terrorismo». Los solicitantes podrán solicitare un máximo de dos actividades formativas del programa, una por cada una de las áreas formativas, formación artística e inglés. La solicitud en todo caso será individual. El órgano gestor comprobará directamente  la condición de víctima del terrorismo del solicitante, salvo que éste se oponga expresamente en cuyo caso deberá aportar alguno de los siguientes documentos:

  • Resolución administrativa firme dictada por órganos de la Administración General del Estado de las que se derive el reconocimiento de la condición de víctima del terrorismo.
  • Sentencia judicial firme que reconozca el derecho a ser indemnizado en concepto de responsabilidad por hechos y daños provocados por acciones terroristas.
  • Cualquier medio de prueba admisible en derecho, cuando sin mediar sentencia, se hubiesen llevado a cabo diligencias judiciales o la incoación de procesos penales para el enjuiciamiento de los delitos.

En el caso de participantes hijos de Víctimas de violencia de género,  presentarán en el momento de confirmación de la plaza la documentación justificativa para acogerse a la correspondiente bonificación del 100% de la cuota prevista.

Fecha de publicación:

21 de marzo de 2025

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 22 de marzo de 2025 hasta el 7 de abril de 2025

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Te interesa saber:

Cuota y bonificaciones, cancelación del programa y devolución de cuotas

Contenido:

Cuota y bonificaciones

  • Los participantes que resulten adjudicatarios de las plazas deberán efectuar el ingreso de la cuota correspondiente a la actividad formativa, en el número de cuenta que para cada actividad se señala en el Anexo I «Actividades. Codificación. Fechas. Cuota», indicando nombre y apellidos del participante y código de la actividad.
  • Se establecen las siguientes bonificaciones respecto del pago de la cuota prevista para cada actividad:
    a) Bonificación del 15% de la cuota para usuarios del Carné Joven Europeo. Para los alumnos que tengan menos de 14 años a fecha de confirmación de la plaza se les aplicará directamente la bonificación del 15%.
    b) Bonificación del 50% de la cuota para los participantes que dispongan del título de familia numerosa de categoría general, de conformidad con lo establecido en la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León, siempre que se reúnan los requisitos establecidos.
    c) Bonificación del 100% de la cuota para los participantes que dispongan del título de familia numerosa de categoría especial, de conformidad con lo establecido en la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León, siempre que reúnan los requisitos establecidos.
    d) Bonificación del 100% de la cuota para los participantes que tengan acreditada la condición de víctima del terrorismo, de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León.
    e) Bonificación del 100% para los hijos de las víctimas de violencia de género, así como para aquellas participantes que tuvieran reconocida esa condición, de acuerdo con lo establecido en la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género de Castilla y León.
  • Las bonificaciones previstas para participantes miembros de familia numerosa, ya sean de categoría general o especial, se aplicarán cuando la capacidad económica familiar per cápita mensual sea inferior a 1,1 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente en el momento de la solicitud, correspondiente a una mensualidad, conforme establece el Decreto 27/2013, de 4 de julio, por el que se regulan los precios públicos por la prestación de servicios en las residencias juveniles de titularidad de la Comunidad de Castilla y León y se establece su régimen de bonificaciones. La capacidad económica de los solicitantes se calculará valorando el nivel de renta y patrimonio de la unidad familiar, de conformidad con lo dispuesto en el citado Decreto 27/2013, de 4 de julio.
  • Para el cálculo de la renta familiar serán miembros computables de la unidad familiar el padre y la madre o el tutor, el propio participante, los hermanos solteros menores de veinticinco años que convivan en el domicilio familiar o los de mayor edad cuando se trate de personas con discapacidad, así como los ascendientes de los padres que residan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2023.
  • En el caso de divorcio o separación legal de los padres, no se considerará miembro computable de la unidad familiar a efectos del cálculo de la renta familiar aquél de ellos que no conviva con el participante, sin perjuicio de que su contribución económica se incluya en la capacidad económica familiar.
  • Cuando exista custodia compartida del participante, se tendrán en cuenta las rentas de los dos progenitores. Tendrá, no obstante, la consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación cuya renta se incluirá dentro del cómputo familiar.
  • Las bonificaciones de cuota no serán acumulables. En el caso de que concurran varias  se aplicará la de mayor cuantía.

Cancelación

  • Corresponde a la persona titular del Instituto de la Juventud de Castilla y León resolver todas aquellas incidencias que pudieran producirse en el desarrollo y gestión del programa, incluida la posibilidad de suspender la actividad, modificar las condiciones de ejecución o ampliar el número de participantes en las actividades en caso excepcional, a la vista del número de solicitudes presentadas.
  • En cualquier caso, todas las actividades programadas podrán ser canceladas, cuando concurran causas de fuerza mayor que hagan imposible el desarrollo de las mismas.
  • Además, se podrán cancelar las actividades si antes de la fase de adjudicación directa, no se hubieran cubierto el 80% de las plazas convocadas, en cuyo caso se procederá de oficio a la devolución íntegra de las cuotas abonadas.
  • Además, si el número de solicitantes no supera el doble de las plazas convocadas en cada actividad formativa convocada, se podrá cancelar la misma con anterioridad a la fecha de celebración del sorteo.

Devolución de cuotas

  • Procederá la devolución del 100% de la cuota cuando la actividad no se inicie por causas de fuerza mayor que impidan el desarrollo de la misma, o bien en el supuesto de ingresos indebidos.
  • Procederá la devolución del 80% de la cuota si la renuncia del participante se realiza con una antelación mínima de 7 días naturales antes de la fecha de inicio de la actividad, y la citada renuncia se fundamenta en alguna de las siguientes causas:
    a) Enfermedad, fallecimiento o accidente del solicitante o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
    b) Cumplimiento deber legal inexcusable o participación en convocatorias oficiales debidamente justificada.
    c) Contrato de trabajo para participantes mayores de 16 años, cuya duración coincida con las fechas de la actividad.
  • Procederá la devolución del 50% de la cuota si la renuncia se produce en un plazo inferior a 7 días naturales antes del día de inicio de la actividad, siempre que dicha renuncia se fundamente en alguna de las causas citadas en el punto anterior.
  • No procederá la devolución de la cuota cuando la renuncia o abandono del participante se produzca una vez iniciada la actividad, cualquiera que sea la causa que motive la renuncia o abandono. Tampoco procederá la devolución de la cuota en caso de expulsión del participante.
  • La solicitud de devolución de la cuota deberá presentarse por escrito dirigido al Instituto de la Juventud de Castilla y León, en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento de las Administraciones Públicas, en el que se harán constar los datos personales y bancarios del solicitante, debiendo adjuntar la siguiente documentación, según proceda:
    a) Certificado médico de enfermedad grave, accidente o justificante de ingreso hospitalario del participante o de un familiar de primer o segundo grado.
    b) Certificado de defunción o documento que lo acredite.
    c) Documento justificativo del deber inexcusable alegado o de la participación en una convocatoria de carácter oficial.
    d) Copia de contrato de trabajo.
    e) Copia del justificante del ingreso indebido de la cuota.
    f) En todo caso, certificado bancario o declaración responsable en la que se indique la titularidad de la cuenta así como el código IBAN y los 20 dígitos identificativos de la cuenta en la que realizar la devolución de la cuota.
  • La renuncia a una plaza confirmada se presentará mediante escrito debidamente registrado, y deberá comunicarse al Instituto de la Juventud de Castilla y León a la mayor brevedad posible, a efectos de facilitar su ocupación por otro solicitante.
Listados de admitidos y sorteo

Contenido:

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, se configurará un listado provisional de admitidos para el sorteo de adjudicación de plazas a partir del día 14 de abril de 2025. En el caso de no estar incluidos en la lista o de existir datos erróneos, se podrán formular alegaciones presentando copia de la solicitud debidamente registrada hasta el día 16 de abril de 2025.

Concluido el plazo de subsanación del listado provisional, se configurarán los listados definitivos de solicitantes que participarán en el sorteo para la adjudicación de las plazas. Este listado se podrá consultar a partir del día 21 de abril de 2025.

Desde el día 21 de abril hasta el día 24 de abril de 2025, los solicitantes de familia numerosa podrán comprobar la información relativa al cumplimiento de los requisitos de capacidad económica per cápita para poder beneficiarse de las bonificaciones previstas, a través de la aplicación informática CAIJ («Solicitud y consulta de plazas»). Esta consulta también podrá realizarse en las Secciones de Juventud de cada provincia. De forma complementaria, y a efectos meramente informativos, los solicitantes que así lo hayan autorizado en la solicitud, serán informados mediante un mensaje de texto telefónico (SMS) del cumplimiento de requisitos para ser beneficiarios de las bonificaciones de la cuota previstas para familias numerosas, siempre que las circunstancias técnicas lo permitan. Dentro del plazo señalado, se podrán formular alegaciones y/o aportar la documentación que, en su caso, se estime conveniente.

La adjudicación definitiva de plazas se realizará mediante sorteo informático, que será público, y se celebrará el día 28 de abril de 2025, a las 10.30 horas, en la sede del Instituto de la Juventud, C/ Mieses, 26, 9 planta, determinando los participantes seleccionados y el orden de suplencia de todos los participantes.

Mediante resolución de la persona titular del Instituto de la Juventud de Castilla y León, se dará publicidad a la relación de seleccionados y suplentes que tras el sorteo han resultado seleccionados. 

De forma complementaria, y a efectos meramente informativos, los seleccionados que así lo hayan solicitado, podrán ser informados del resultado del sorteo, siempre que las circunstancias técnicas lo permitan, mediante un mensaje de texto telefónico (SMS). Dicho mensaje también se enviará, en su caso, cuando se inicien los diferentes turnos de suplencia.

Confirmación de las plazas y renuncia

Contenido:

Confirmación de plaza

  • Para la adjudicación definitiva de la plaza será imprescindible que el solicitante seleccionado en el sorteo realice la confirmación de la misma, aportando, según su caso, la documentación. La no confirmación implicará la renuncia a la plaza.
  • De las posibles plazas adjudicadas en el sorteo sólo se podrá confirmar una. Sin embargo, posteriormente, en el tercer turno de adjudicación directa, si hubieran quedado plazas vacantes, el solicitante podrá confirmar hasta una segunda plaza de este programa, con las condiciones y requisitos establecidos.
  • El plazo de confirmación de plaza comenzará el día 28 de abril, una vez publicado el resultado del sorteo, y finalizará el día 5 de mayo.
  • La confirmación de plaza se realizará mediante la cumplimentación del formulario normalizado establecido como Anexo V «Ficha de confirmación». La confirmación será siempre individual, aunque la solicitud de participación se hubiera realizado en grupo, e irá dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia del participante.

Turno de suplencias

  • Una vez finalizado el plazo de confirmación de las plazas adjudicadas mediante sorteo, las plazas no confirmadas pasarán al primer y segundo turno de suplencias, en las siguientes fechas:
    – Primer turno: los días 9, 12, 13 y 14 de mayo de 2025.
    – Segundo turno: los días 19, 20 y 21 de mayo de 2025.
  • El primer día de cada uno de los turnos de suplencia se publicará en la sede electrónica, en el Portal de Juventud de Castilla y León y en las Secciones de Juventud de cada provincia, un listado con los suplentes a los que, siguiendo el orden de suplencias establecido tras el sorteo, les ha sido adjudicada una plaza. De forma complementaria, y a efectos meramente informativos, los solicitantes que así lo hayan autorizado en la solicitud, también serán informados mediante un mensaje de texto telefónico (SMS)
  • Las plazas adjudicadas en los turnos de suplencia deberán ser confirmadas dentro de los días que permanece abierto cada uno de los turnos de suplencia. La confirmación de las plazas se realizará de forma individual y mediante el procedimiento establecido en el apartado anterior.

Adjudicación directa de plazas

  • Una vez finalizados los plazos de confirmación de los dos turnos de suplencia, si existieran plazas vacantes, éstas se asignarán de forma individual mediante adjudicación directa por riguroso orden de solicitud. En esta fase se establecen tres turnos de adjudicación directa:
    a) Primer turno de adjudicación directa: reservado para aquellos jóvenes que hayan confirmado alguna plaza en actividades que posteriormente hayan sido anuladas o canceladas. El turno se abrirá a las 9:15 horas del día 27 de mayo de 2025. El plazo para la confirmación de la plaza finalizará el día 28 de mayo de 2025.
    b) Segundo turno de adjudicación directa: reservado para aquellos jóvenes que hubieren solicitado, dentro del plazo establecido en el punto 4 del apartado Quinto de la presente Orden, alguna plaza sin que hayan confirmado ninguna. El turno se abrirá a las 9:15 horas del día 30 de mayo de 2025. El plazo para la confirmación de la plaza finalizará el día 3 de junio de 2025.
    c) Tercer turno de adjudicación directa: en el que podrán solicitar plazas vacantes todos los jóvenes que cumplan los requisitos generales de participación previstos en esta Orden, así como los jóvenes nacidos en Castilla y León con residencia en otra Comunidad Autónoma, y los descendientes de castellanos y leoneses, hasta segundo grado de consanguinidad, que residan en otra Comunidad Autónoma o en el extranjero. El turno se abrirá a las 9:15 horas del día 5 de junio de 2025. El plazo para la confirmación de la plaza finalizará el día siguiente al de realización de la reserva.
  • En los dos turnos señalados en las letras b) y c) del punto anterior, solamente serán aplicables las bonificaciones previstas para familias numerosas a aquellos solicitantes que hubieran presentado el Anexo II «Solicitud de participación», acompañado de la documentación precisa para la comprobación de la renta per cápita familiar, en los plazos y con los requisitos establecidos.
  • En los diferentes turnos de adjudicación directa, la reserva de plaza se realizará preferentemente de manera electrónica, a través de la aplicación informática CAIJ disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.es), y a través del Portal de Juventud de Castilla y León (https://www.juventud.jcyl.es). Para el caso de no disponer de medios electrónicos, se podrá realizar la reserva de plaza acudiendo presencialmente a la Sección de Juventud de la provincia de residencia del solicitante.
  • Una vez reservada una plaza, la adjudicación definitiva de la misma se realizará mediante la correspondiente confirmación en los términos señalados en el apartado Noveno. La ausencia de confirmación implicará la renuncia a la plaza volviendo a ofertarse ésta para otros posibles interesados en tanto permanezca abierta la fase de adjudicación directa.
Obligaciones de los participantes

Contenido:

Los participantes del programa «Campamentos Temáticos Juveniles 2025» se sujetarán al cumplimiento de las siguientes obligaciones durante el desarrollo de las actividades en las que participan:

  • Deberán atender a las instrucciones o directrices que se establezcan por parte de la entidad gestora de la actividad, manteniendo un comportamiento respetuoso y correcto con los profesores y el equipo de animación, así como con el resto de participantes, a fin de facilitar el normal desarrollo de la actividad, evitando comportamientos agresivos, sexistas o racistas. 
  • La tenencia o consumo de alcohol, tabaco o cualquier otro tipo de droga será motivo de expulsión inmediata de la actividad.
  • La incorporación y regreso de la actividad se realizará por los medios y en los plazos y horarios previstos en las condiciones de la convocatoria.
  • Es obligatoria la asistencia a todos los talleres y actividades programadas en la actividad.
  • Los participantes deberán presentarse en el lugar de salida establecido, en Valladolid, con al menos 15 minutos de antelación respecto de la hora establecida, debiendo ir provistos de la siguiente documentación: Documento Nacional de Identidad o de Identificación de Extranjeros, tarjeta sanitaria del Sistema de Salud de Castilla y León o de otra comunidad autónoma, si procede, o seguro privado de asistencia médica.
  • Los participantes no podrán abandonar la actividad sin autorización previa de los padres o representantes legales, conforme al Anexo VI «Autorización para el abandono de la actividad», que será entregado al responsable de la actividad.
  • Los participantes que sean expulsados o abandonen la actividad deberán ser recogidos por los padres, representantes legales o persona autorizada para ello, siendo responsabilidad del participante y sus padres o representantes legales, la organización del traslado y los gastos que ocasionen.
  • La responsabilidad sobre los efectos personales corresponderá a los participantes, por lo que ni el Instituto de la Juventud de Castilla y León, ni la empresa organizadora de la actividad serán responsables de la pérdida o deterioro de los mismos.
  • El uso de teléfono móvil quedará restringido a un horario delimitado por la empresa organizadora. En ningún caso, los participantes podrán hacer uso del teléfono móvil durante el desarrollo de las actividades.
  • En la ficha de confirmación de plaza (Anexo V) deberán consignarse en un apartado habilitado al efecto otros datos del participante que resulten de interés para garantizar su adecuada participación en la actividad tales como alergias, intolerancias alimenticias, medicación que deba suministrarse y adaptaciones específicas requeridas, entre otras.
  • En caso de observaciones médicas será necesario aportar el correspondiente informe médico.

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

ORDEN FAM/241/2025, de 10 de marzo, por la que se convoca el Programa «Campamentos Temáticos Juveniles 2025» (BOCyL 21-03-2025)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Secciones de Juventud

Órgano que resuelve:

Directora General del Instituto de la Juventud de Castilla y León

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (171 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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