Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Regular el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos en las enseñanzas artísticas superiores impartidas en la Comunidad de Castilla y León, de conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
¿Quién lo puede solicitar?
Alumnado matriculado en alguna de las enseñanzas artísticas superiores impartidas en centros docentes de Castilla y León.
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Reconocimiento de créditos: el alumnado solicitante deberá cumplir los requisitos correspondientes al supuesto en que se encuentre entre los recogidos en el artículo 2 de la Orden EDU 466/2017, de 13 de junio, por la que se regula el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos en las enseñanzas artísticas superiores impartidas en la Comunidad de Castilla y León y se modifica la Orden EDU/169/2013, de 20 de marzo, por la que se regula el trabajo final y las prácticas externas de las enseñanzas artísticas superiores de Diseño, de Artes Plásticas, especialidad de Vidrio, y de Conservación y Restauración de Bienes Culturales en la Comunidad de Castilla y León. Dichos requisitos se encuentran desglosados a lo largo de los artículos 3 a 11 de la citada orden.
Transferencia de créditos: haber obtenido créditos ECTS en un centro oficial del Espacio Europeo de Educación Superior correspondientes a asignaturas superadas que no hayan sido objeto de reconocimiento de créditos, transferencia o convalidación, y que no hayan computado para la obtención de un título. En el caso de los estudios de máster, dichos créditos ECTS deberán haber sido obtenidos en estudios de nivel igual o superior a los de máster.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud de reconocimiento de créditos/ transferencia de créditos, en modelo normalizado, dirigida al director del centro docente, acompañada de la siguiente documentación:
DOCUMENTACIÓN a presentar (99 kbytes)
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Antes del mes de noviembre del curso académico en que desea le sea resuelta su solicitud.
Plazo de resolución:
- Antes del mes de febrero del curso académico en que se ha realizado la solicitud.
Notificaciones:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
- Recogida presencial en la secretaría del centro.
Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Legislación aplicable:
- ORDEN EDU 466/2017, de 13 de junio, por la que se regula el sistema de reconocimiento y transferencia de créditos en las enseñanzas artísticas superiores impartidas en la Comunidad de Castilla y León y se modifica la Orden EDU/169/2013, de 20 de marzo, por la que se regula el trabajo final y las prácticas externas de las enseñanzas artísticas superiores de Diseño, de Artes Plásticas, especialidad de Vidrio, y de Conservación y Restauración de Bienes Culturales en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 20-06-2017)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Centros Enseñanzas Artísticas Superiores de Castilla y León
Órgano que resuelve:
Centros Enseñanzas Artísticas Superiores de Castilla y León