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Plazas de residentes fijos y becas de colaboración en las residencias juveniles del Instituto de la Juventud de Castilla y León (Curso 2025/2026)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 987
  • SIA: 1253060

Objeto:

Convocar un máximo de 749 plazas, de las cuales 16 corresponden a becas de colaboración, para el curso académico 2025/2026, en régimen de concurrencia competitiva, para residentes fijos en las residencias juveniles dependientes del Instituto de la Juventud de Castilla y León.

¿Quién lo puede solicitar?

Jóvenes que cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Podrán solicitar el acceso a las plazas y becas de residentes fijos, aquellos jóvenes que reúnan los siguientes requisitos que deberán mantenerse durante toda la estancia en la residencia adjudicada:

Descarga del documento tipo PDF Requisitos. Abre una nueva ventana Requisitos (99 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en el modelo normalizado correpondiente, «Solicitud de plazas de residentes fijos y becas de colaboración», que se dirigirán a las Secciones de Juventud de las distintas provincias de Castilla y León, salvo las solicitudes para plazas con reserva específica del 15 % a diferentes colectivos (Jóvenes deportistas y personas que intervengan en su formación, Jóvenes en situaciones desfavorecidas, Mujeres jóvenes víctimas de violencia de género, Jóvenes miembros de unidades familiares en las que alguno de ellos tenga la condición de víctima de terrorismo, Jóvenes participantes en programas de movilidad e intercambios y Jóvenes descendientes de castellanos y leoneses residentes en el extranjero), que serán dirigidas a la persona titular del Instituto de la Juventud.

En los siguientes colectivos las solicitudes se presentaran por las entidades correspondientes:

  • Jóvenes deportistas y personas que intervengan en su formación, a solicitud de las respectivas federaciones deportivas, organismos y fundaciones que tengan por objeto la promoción y el fomento del deporte.
  • Jóvenes en situaciones desfavorecidas, participantes en programas de integración, a solicitud de las entidades y asociaciones que actúen en este ámbito y que estén inscritas en los registros públicos correspondientes.
  • Mujeres jóvenes víctimas de violencia de género, a propuesta del centro directivo competente en materia de violencia de género.

Las solicitudes, deberán acompañarse en función de las circunstancias de cada solicitante, de la siguiente documentación:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (158 kbytes)

Fecha de publicación:

6 de junio de 2025

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 7 de junio de 2025 hasta el 4 de julio de 2025

Más Detalles:

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 DÍAS [HÁBILES] a partir del día siguiente a la publicación de la Orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Te interesa saber:

Plazas convocadas y reserva de plazas

Contenido:

Las plazas convocadas para residentes fijos, figuran detalladas diferenciando en cada una de las residencias juveniles de Castilla y León, las plazas ordinarias y las plazas para personas con movilidad reducida, no pudiendo superar en ningún caso el número de plazas ofertadas.

Se reserva hasta un máximo del 15% de las plazas convocadas para los siguientes colectivos, cuya solicitud deberá dirigirse a la persona titular del Instituto de la Juventud de Castilla y León, en el plazo establecido en la presente convocatoria:

  1. Jóvenes deportistas y personas que intervengan en su formación, a solicitud de las respectivas federaciones deportivas, organismos y fundaciones que tengan por objeto la promoción y el fomento del deporte.
    Dentro del porcentaje correspondiente a este grupo, se destinan dos plazas, en cada residencia juvenil, para deportistas de nivel.
    A los efectos de esta convocatoria, se consideran deportistas de nivel, los de alto nivel, los de alto rendimiento deportivo o aquellos que compitan en categoría nacional.
  2. Jóvenes en situaciones desfavorecidas, participantes en programas de integración, a solicitud de las entidades y asociaciones que actúen en este ámbito y que estén inscritas en los registros públicos correspondientes.
  3. Mujeres jóvenes víctimas de violencia de género, a propuesta del centro directivo competente en materia de violencia de género.
  4. Jóvenes miembros de unidades familiares en las que alguno de ellos tenga la condición de víctima de terrorismo.
  5. Jóvenes participantes en programas de movilidad e intercambios.
  6. Jóvenes descendientes de castellanos y leoneses residentes en el extranjero.

Se reservan dos plazas, en cada residencia juvenil, para cada uno de los siguientes colectivos:

  1. Colaboradores, en los términos previstos en el resuelvo cuarto de la presente Orden.
  2. Jóvenes con trayectoria académica excelente que cursen sus estudios en un centro cuya sede radique en Castilla y León.
    A los efectos de esta convocatoria, se entiende por trayectoria académica excelente, haber obtenido una media igual o superior a 8 en las calificaciones globales en el curso académico inmediato anterior.

Se reserva el 30% de las plazas convocadas en cada residencia para aquellos solicitantes que, reuniendo los requisitos, formen parte de familias numerosas de Castilla y León.

Cuando el número de solicitudes para estas plazas supere el número de plazas reservadas, éstas se adjudicarán aplicando los criterios de selección. En el caso de producirse renuncia de cualquiera de los solicitantes con derecho a reserva se efectuará el llamamiento al siguiente de los solicitantes de dicho cupo.

Cuando no se cubran todas las plazas reservadas, las plazas vacantes se acumularán al resto de plazas ofertadas.

Período de estancia y servicios ofrecidos

Contenido:

El período de estancia en las residencias juveniles será como máximo de nueve meses y medio continuados, desde la fecha de incorporación a la residencia juvenil, el cual deberá estar comprendido entre el 7 de septiembre de 2025 y el 21 de junio de 2026. La estancia comenzará el día natural anterior al inicio del curso académico.

Los adjudicatarios de plaza de residente fijo deberán incorporarse antes del 30 de septiembre de 2025. Llegado el 30 de septiembre, si el residente no ha comunicado a la residencia juvenil el inicio posterior del curso académico y no se ha incorporado perderá la plaza adjudicada.

Los residentes fijos finalizarán su estancia, como residentes, cuando hayan transcurrido 9 meses y medio continuados desde la fecha de incorporación a la residencia o cuando hayan finalizados los exámenes ordinarios en el centro dónde estén matriculados, si esta fecha es anterior a la fecha en que se cumplan los 9 meses y medio, y, en todo caso, el 21 de junio.

Finalizado el período de estancia, como residentes, por haber transcurrido el periodo máximo de nueves meses y medio continuados, si no hubieran terminado los exámenes ordinarios en el centro dónde estén matriculados, podrán continuar como alberguistas hasta el 21 de junio como máximo. Excepcionalmente podrán continuar, en la residencia, como alberguistas, con posterioridad al 21 de junio, cuando no hubieran terminado su actividad académica y siempre que hubiese disponibilidad en la residencia.

Las residencias juveniles ofrecerán el servicio de alojamiento y manutención, de manera continuada, a aquellos jóvenes que hayan sido seleccionados como residentes fijos.

El servicio de manutención consistirá en desayuno, comida y cena. En el caso de alergias o intolerancias, el residente deberá presentar el correspondiente informe médico.

Los residentes deberán ajustar sus actividades a los horarios de comedor de las residencias.

Con el fin de asegurar un uso racional de los recursos alimenticios, el servicio de manutención, durante los fines de semana y festivos coincidentes en lunes o viernes del calendario académico, se prestará si existe una solicitud expresa y semanal por parte de los residentes, conforme al sistema que se establezca en cada residencia.

Durante las vacaciones académicas de Navidad y Semana Santa, no se ofrecerá a los residentes el servicio de alojamiento y manutención. No obstante, se reservará el derecho a la tenencia de enseres en su habitación.

Precios públicos y liquidación económica

Contenido:

  • Los precios por la estancia en la residencia bajo la modalidad de residente fijo serán los recogidos en el Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaDECRETO 27/2013, de 4 de julio y DECRETO 7/2020, de 16 de julio (1.692 kbytes)   por el que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios en las residencias juveniles titularidad de la Comunidad de Castilla y León y se establece su régimen de bonificaciones.
  • Una vez resuelta la convocatoria, la cuota mensual que corresponde pagar a cada residente por los servicios prestados una vez aplicadas las bonificaciones que correspondan en función de la capacidad económica de la unidad familiar a la que pertenezca, se podrá consultar por el adjudicatario:
    • En el portal de juventud, www.juventud.jcyl.es, en el cual estará disponible una aplicación web a la que se podrá acceder de dos formas:
      • a) Mediante DNI electrónico o certificado digital: A cuyo efecto, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico activado para firma digital, o de un certificado digital de clase 2CA de firma electrónica emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, o bien aquellos otros certificados que hayan sido previamente reconocidos por esta Administración y sean compatibles con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.
      • b) Introduciendo en la citada aplicación web los datos de acceso requeridos en la misma.
    • En las residencias juveniles, y en las Secciones de Juventud, de forma presencial y acreditando su identificación con DNI o pasaporte.
  • Los residentes fijos en las residencias juveniles dependientes del Instituto de la Juventud de Castilla y León, empadronados en cualquier municipio de esta Comunidad, que sean designados como colaboradores en la residencia donde hayan obtenido plaza o aquellos que acrediten una trayectoria académica excelente o se les adjudique alguna de las plazas reservadas como deportistas de nivel, abonarán como coste del servicio la cuota mínima recogida Decreto 27/2013, de 4 de julio.
    • En el caso de deportistas de nivel acreditarán dicha condición de la siguiente forma:

      1.º) Para los deportistas de alto nivel: publicación en el B.O.E. de la resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, sobre relación de deportistas de alto nivel.

      2.º) Para los deportistas de alto rendimiento: publicación en el B.O.C. y L. de la Orden de la Consejería de Cultura y Turismo, de la Junta de Castilla y León, sobre relación de deportistas declarados de alto rendimiento o, en su caso, certificación de la Dirección General de Deportes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes o del Consejo Superior de Deportes sobre la condición de deportista de alto rendimiento.

      3.º) Para los deportistas que compiten en categoría nacional: certificado emitido por la Federación Española correspondiente, acreditativo de la participación del deportista en esta categoría.

  • Los residentes que se incorporen en el mes de septiembre y que vayan a ocupar la residencia hasta el mes de junio, abonarán por su estancia, nueve cuotas completas, de septiembre a mayo. En el mes de junio, computados los nueve meses completos, abonarán la parte proporcional por los días que continúen en la residencia, hasta el máximo de los nueve meses y medio, adquiriendo la condición de alberguistas superado este periodo máximo.
  • En el caso de residentes que se incorporen a la residencia a partir del mes de octubre, abonaran las cuotas mensuales correspondientes desde la fecha de su incorporación y hasta fecha de su salida de la residencia, que será la fecha de finalización de exámenes ordinarios en el centro dónde esté matriculado, en todo caso máximo el 21 de junio.
  • Los residentes fijos que tengan la condición de estudiantes, finalizarán su estancia como residentes con la finalización de exámenes ordinarios en el centro dónde esté matriculado, no generando derecho al reintegro de la parte proporcional del precio público abonado y no consumido.
  • Cuando un residente renunciara a su plaza antes de finalizar el periodo de estancia máximo estará obligado a abonar el mes completo, no generando derecho al reintegro de la parte proporcional del precio público abonado y no consumido.
  • Los precios por utilización de servicios bajo la modalidad de alberguista serán los recogidos en el Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaDECRETO 17/2008, de 28 de febrero, (185 kbytes) por el que se actualizan los precios públicos por la prestación de servicios en instalaciones juveniles y se establecen bonificaciones en favor de las familias numerosas de la Comunidad de Castilla y León.
Constitución de garantía, presentación de documentación después de la adjudicación y devolución de la fianza

Contenido:

Constitución de garantía y presentación de documentación después de la adjudicación

  • Los adjudicatarios deberán constituir una garantía en concepto de reserva de la plaza adjudicada, por importe de una cuota del precio público en habitación compartida que corresponda pagar al residente por los servicios prestados, una vez aplicadas las bonificaciones que correspondan en función de la capacidad económica de la unidad familiar a la que pertenezca.
  • En el plazo de diez días desde la publicación de la adjudicación de las plazas, los beneficiarios deberán presentar en la secretaria de la correspondiente residencia juvenil, la siguiente documentación:
    a) Copia de la tarjeta sanitaria.
    b) Informe médico de intolerancia alimentaria, si procede.
    c) Copia/Original de la carta de pago de constitución de garantía.
    d) Declaración de aceptación y compromiso de las normas de régimen interno de la residencia juvenil, comunicación de la fecha de incorporación y fecha prevista de terminación en el supuesto de que la actividad académica o laboral sea inferior a un curso, según formulario normalizado «Declaración Aceptación normas y fecha incorporación». En el caso de menores de edad deberá ser firmada por uno de los padres o tutores legales.
    e) Una fotografía actual, escaneada.
    f) Autorización de la domiciliación del pago de la cuota, y compromiso del padre o de la madre responsabilizándose de la deuda del residente en el supuesto de impago de las cuotas, según formulario normalizado «Declaración domiciliación cuota».
    g) Los solicitantes en su condición de estudiantes, deberán aportar certificado de las calificaciones obtenidas en la convocatoria ordinaria del último curso realizado, cuando se haya presentado declaración responsable con la solicitud.
    h) En el supuesto de estar al servicio de una Administración Pública o desempeñar una actividad laboral, copia del nombramiento, contrato laboral en vigor o, en su caso, certificado del tiempo cotizado en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social.
  • Antes del 15 de octubre de 2025, todos los adjudicatarios en su condición de estudiantes entregarán en la secretaría de la residencia adjudicada, copia de la matrícula del curso 2025-2026 o certificado de matriculación expedido por la secretaría del centro de estudios.

Devolución de la fianza o garantía constituida

  • Para proceder, en su caso, a la devolución de la garantía el interesado deberá presentar solicitud dirigida a la Sección de Juventud de la provincia donde está ubicada la residencia, según formulario normalizado, «Solicitud devolución garantía», a la que se acompañará el original de la carta de pago entregada por la Sección de Tesorería correspondiente en el momento de la constitución.
  • Procederá la devolución de la garantía constituida en los siguientes casos:
    a) Cuando el adjudicatario notifique a la Sección de Juventud de la provincia donde está ubicada la residencia, la renuncia a la plaza, quince días antes del inicio de la estancia residencial, o si la residencia juvenil no prestase el servicio por causas imputables a la Administración.
    b) Cuando los residentes permanezcan en la residencia hasta la terminación de su actividad académica o laboral, si no existiesen causas de incautación de la misma por impago de cuota, por uso inadecuado del edificio, sus dependencias, instalaciones, mobiliario, enseres del centro, o responsabilidad por daños a terceros en su condición de residente.
    c) Cuando los residentes abandonen la residencia antes de la terminación de su actividad académica o laboral por causa de fuerza mayor debidamente justificada, si no existiesen causas de incautación de la misma por impago de cuota, uso inadecuado del edificio, sus dependencias, instalaciones, mobiliario, enseres del centro o responsabilidad por daños a terceros en su condición de residente.
    Se consideran, entre otras, como causas de fuerza mayor la realización de prácticas o estudios en otra provincia, los intercambios por razón de estudios, la extinción del contrato laboral o padecer una enfermedad grave que conlleve tratamiento.
  • La solicitud de devolución de la garantía podrá presentarse en las formas establecidas para la solicitud general.

Plazo de resolución:

  • El plazo máximo para resolver y publicar la resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León», será de 3 MESES, a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que la resolución haya sido publicada, se podrán entender DESESTIMADAS.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Recursos:

  • Recurso potestativo de REPOSICIÓN.
  • Recurso Contencioso-administrativo.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Legislación aplicable:

  • ORDEN FAM/469/2012, de 14 de junio, por la que se establece el sistema de acceso a las plazas de residentes fijos y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de colaboración en las residencias juveniles dependientes del Instituto de la Juventud de Castilla y León (BOCyL 29-06-2012 y Modificada por ORDEN FAM/544/2013, de 2 de julio - BOCyL 05-07-2013, ORDEN FAM/511/2016, de 8 de junio - BOCyL 14-06-2016)  y ORDEN FAM/784/2021, de 17 de junio (BOCyL 30-06-2021)
  • ORDEN FAM/570/2025, de 30 de mayo, por la que se convocan plazas de residentes fijos y becas de colaboración en las residencias juveniles dependientes del Instituto de la Juventud de Castilla y León para el curso 2025/2026. (BOCyL 06-06-2025)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Secciones de Juventud

Órgano que resuelve:

Instituto de la Juventud de Castilla y León

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (133 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.