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Declaración responsable para impartir cursos de incorporación a la empresa agraria (CIEA) y su inscripción en el registro de entidades de formación de CIEA

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2557
  • SIA: 1813871

Objeto:

Regular la presentación por las entidades de formación de la declaración responsable que les permite impartir cursos de incorporación a la empresa agraria (CIEA). Se regulan los requisitos que han de cumplir las entidades de formación para poder presentar dicha declaración y los efectos de la presentación de dicha declaración responsable. La presentación de esta declaración conlleva la inscripción en el Registro de Entidades de formación de los cursos de incorporación a la empresa agraria, por lo que en información adicional se abordan cuestiones sobre la modificación y baja de los datos registrados en dicho registro.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas o jurídicas y entidades sin personalidad jurídica

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

* Las entidades reconocidas conforme a la anterior Orden AYG/298/2017 pasarán de oficio al actual Registro, por lo que no precisan hacer una nueva solicitud.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Para la impartición de los cursos, las Entidades de formación de los CIEA deberán disponer de los medios técnicos y humanos adecuados para realizar cursos e incluir entre sus fines estatutarios la formación del sector agrario, agroalimentario y/o del medio rural.

Los cursos tendrán como destinatarios a las siguientes personas:

  1. Quienes deseen mejorar su formación agraria.
  2. Quienes se vayan a incorporar a la actividad agraria.
  3. Quienes pretendan modernizar su empresa agraria.
  4. Quienes precisen obtener la capacitación agraria exigida por la normativa sectorial aplicable.

Aquellas personas que quieran realizar el curso, podrán hacerlo con cualquiera de las entidades de formación dadas de alta en el registro. 

¿Qué documentos necesito?

Las entidades de formación interesadas en impartir CIEA, que cumplan los requisitos anteriormente señalados, presentarán declaración responsable exclusivamente de manera electrónica,a través de la aplicación electrónica «SCAG » que deberá ser firmada por el propio interesado o su representante. En el caso de que se autorice a otra entidad para la firma electrónica de la misma, deberá aportar la autorización para la realización de trámites electrónicos que figurará como modelo normalizado. 

La Consejería recabará, a través de plataformas de intermediación, los certificados que acreditan los datos identificativos del solicitante de inscripción en el registro de entidades de formación, cuando sea persona física o de su representante, salvo que los interesados se opongan expresamente en los apartados correspondientes de la declaración responsable. En el caso de oposición, los interesados deberán aportar las certificaciones o documentos correspondientes.

La declaración responsable, firmada por el interesado o representante legal, deberá manifestar, bajo su responsabilidad, que cumple con la definición de entidad de formación y contendrá, en todo caso, la siguiente información:

  1. Que la identidad de la entidad titular de la actividad y en su caso, de su representante, ha sido debidamente acreditada.
  2. Que se compromete a mantener el cumplimiento de la normativa y a adaptarse a las modificaciones legales que pudieran producirse durante el período de ejercicio de la actividad.
  3. Que conoce las condiciones y los requisitos establecidos en la presente orden.
  4. Que uno de los fines de la entidad es la formación del sector agrícola, agroalimentario, ganadero y/o del medio rural.

La presentación de la declaración responsable conllevará el alta en el Registro de entidades de formación de los CIEA. Una vez realizada la inscripción en el registro de entidades de formación, la dirección general comunicará el alta a la entidad interesada y solicitará la presentación de la siguiente documentación que se digitalizará y se adjuntará en el apartado de registro de entidades de formación de la aplicación informática CIEA:

  1. NIF de la entidad solicitante, cuando se trate de persona jurídica o entidad sin personalidad jurídica.
  2. NIF/NIE de la solicitante, cuando se trate de persona física, o del representante de la entidad solicitante, cuando se oponga a su intermediación.
  3. Copia de los estatutos o escrituras de constitución de la entidad, donde se refleje la finalidad de ésta.
  4. Plan de formación detallado en el que se desarrollen las materias formativas del anexo II. La entidad deberá adaptar este plan a las posibles modificaciones normativas que surjan tras su inscripción.
  5. En caso de impartir la formación en la modalidad mixta, memoria descriptiva de la plataforma y sistema de formación disponibles, que permita verificar la formación impartida y la actividad del alumno y que garantice un proceso seguro y eficaz.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El plazo para la presentación de la declaración responsable es abierto y permanente.

Las entidades de formación deberán comunicar en un plazo de 10 días la modificación de los datos que consten en el Registro de entidades de formación de los CIEA.

Plazo de resolución:

La presentación de la declaración responsable faculta a la entidad declarante para impartir los CIEA, desde el día en que tenga entrada en el registro electrónico. 

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Legislación aplicable:

ORDEN AGR/1532/2024, de 18 de diciembre, por la que se regulan los cursos de incorporación a la empresa agraria (BOCyL 20-12-2024)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Formación Agraria

Información adicional:

Posibles incidencias de la declaración responsable

De acuerdo con el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administración Común de las Administraciones Públicas, la Administración Pública podrá dictar resolución en los supuestos de inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a una declaración responsable o a una comunicación, o la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable, la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, o la comunicación.

Órgano competente para dictar dicha resolución: Dirección General de Desarrollo Rural

Órgano competente para resolver recurso contra dicha resolución: Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Modificación y actualización del registro

Las entidades de formación de los CIEA están obligadas a comunicar electrónicamente a la Consejería cualquier modificación o alteración de los datos del registro (en el plazo de 10 días), según el modelo normalizado de comunicación de modificación de datos. El servicio competente de la Consejería comprobará que se mantienen los requisitos exigidos para impartir los CIEA.

Las actualizaciones del registro pueden realizarse:

  1. previa comunicación de las entidades.
  2. de oficio, respecto a aquellos cambios de los que tenga conocimiento la dirección general a través de sus bases de datos, previo trámite de audiencia a las entidades de formación que corresponda.

Baja en el Registro

La baja en el Registro podrá efectuarse:

  1. previa comunicación de la renuncia por parte de las entidades.
  2. de oficio, cuando dejen de cumplir los requisitos para figurar inscritas, previa audiencia del interesado, tras tres años consecutivos de inactividad o por cualquier otra causa establecida en las leyes sectoriales, en las disposiciones de carácter general o por resolución judicial. 
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Última actualización: 26 de noviembre de 2025