Modificación sustancial de actividad o instalación con autorización ambiental
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Solicitar al órgano competente la modificación de la autorización ambiental como consecuencia de la modificación sustancial de una instalación o actividad que tiene previamente autorización ambiental.
¿Quién lo puede solicitar?
Titulares de las instalaciones ubicadas en Castilla y León que proyecten la modificación sustancial de una instalación con autorización ambiental previa.
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
Electrónico:
¿Qué documentos necesito?
Solicitud de modificación de la autorización ambiental como consecuencia de la modificación sustancial de la instalación o actividad de acuerdo con el modelo normalizado disponible en el apartado "Tramitación electrónica" o “Descargar formularios y anexos”, acompañada de la documentación que se indica en el archivo adjunto denominado Documentación a presentar.
Justificante acreditativo del pago de la tasa conforme la
Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes
. Puede realizar el pago y presentación telemática de la liquidación a través de la Oficina Virtual (OVIA) disponible en la página http://www.tributos.jcyl.es, en el modelo normalizado 046.
El formulario de Incorporación de datos únicamente deberá presentarse cuando se desee incorporar nueva información o documentación a un procedimiento de Solicitud de modificación sustancial ya iniciado.
Documentación a presentar (85 kbytes)
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto y permanente.
Plazo de resolución:
- De acuerdo con lo indicado en el artículo 21 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, el órgano competente para otorgar la autorización ambiental dictará la resolución que ponga fin al procedimiento en el plazo máximo de 6 MESES. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, podrá entenderse desestimada la solicitud presentada.
Notificaciones:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.
Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Legislación aplicable:
-
Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación. (BOE 02-07-2002)
-
Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio. (BOE 19-10-2013)
-
Texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre.
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental
Órgano que resuelve:
Información adicional:
Órgano gestor/ Órgano que resuelve
- En el caso de instalaciones cuya actividad esté recogida en los apartados A y B.1 del Anexo II del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre (categoría IPPC distinta de la 9.3) el órgano gestor será la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental y el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático, y la resolución corresponderá a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.
- En el caso de instalaciones cuya actividad esté recogida en el apartado B.2 del Anexo II del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre (categoría IPPC 9.3) el órgano gestor será el Servicio Territorial de Medio Ambiente y la resolución corresponderá en este caso a la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en la provincia en la que se ubica la instalación.
Control y Seguimiento:
- Para presentar los informes periódicos se deberá utilizar el formulario “Incorporación de datos y/o documentos” y seleccionar en el desplegable correspondiente a procedimiento en el punto 3 el concepto “2364-CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LA ACTIVIDAD. INFORMES PERIODICOS.”
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.
Descargar formularios y anexos