Rendición de cuentas anuales de entidades asociativas declaradas de utilidad pública
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Presentación y depósito de las cuentas anuales del ejercicio anterior por parte de las entidades declaradas de utilidad pública, ante el Registro de Asociaciones en el que se encuentren inscritas.
¿Quién lo puede solicitar?
El/La representante de la entidad asociativa declarada de utilidad pública
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Ser una entidad asociativa declarada de utilidad pública.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud, en modelo normalizado, dirigida a la Dirección General competente en la materia, y acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
Documentación a presentar (87 kbytes)
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
6 meses desde el fin del ejercicio económico sobre el que se rinden las cuentas.
Plazo de resolución:
Notificaciones:
- Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
Recursos:
- Recurso potestativo de REPOSICIÓN.
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Legislación aplicable:
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación (BOE 26-03-2002)
- Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a Asociaciones de Utilidad Pública (BOE 13-01-2004)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Fundaciones y Asociaciones
Órgano que resuelve:
Dirección General de Atención al Ciudadano y Calidad de los Servicios
Información adicional:
-
Modelos de documentos para asociaciones de utilidad pública
- Recibida toda la documentación relativa a la rendición de cuentas, y comprobada su adecuación a la normativa vigente, el organismo público encargado del registro de asociaciones acordará su depósito, a efectos de constancia y publicidad, lo notificará a la entidad interesada y lo comunicará a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior y al Ministerio de Hacienda.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (10 kbytes)
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.