Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Adhesión a la Red de centros asociados al Programa CYL Digital, para la realización de actuaciones de sensibilización, formación y asesoramiento tecnológico y para la divulgación de los servicios de la Sociedad Digital del Conocimiento en Castilla y León. Esta red tiene como misión el impulso a la formación en el uso de servicios y aplicaciones de la Sociedad Digital del Conocimiento, entre los ciudadanos, los autónomos y la pequeña empresa de Castilla y León.
¿Quién lo puede solicitar?
Administraciones locales, fundaciones o asociaciones sin ánimo de lucro, que gestionen telecentros, aulas informáticas o instalaciones similares situadas en territorio de Castilla y León.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Las instalaciones tienen que cumplir los siguientes requisitos:
- Conexión a Internet de, al menos, 5 equipos informáticos en municipios de menos de 3.000 habitantes, de 10 equipos informáticos en municipios entre 3.000 y 20.000 habitantes y de 15 equipos informáticos en municipios de más de 20.000 habitantes.
- Las condiciones de accesibiliad establecidas en la normativa vigente para las personas con discapacidad.
- Disponer de mobiliario que permita utilizar el equipamiento informático de forma eficiente.
- Disponer de dos espacios multifuncionales, uno para información/asesoramiento y otro para servicios/formación.
- Tener suscrito un seguro de responsabilidad civil que cubra las actividades realizadas.
- Disponer de personal, a tiempo parcial o a tiempo completo, para atender el aula, informar a los ciudadanos y difundir las actividades formativas organizadas en colaboración con CYL Digital, además de captar alumnos para estas actividades. Asimismo, el personal destinado a este fin podrá utilizar en su centro los recursos formativos ofrecidos por el Programa CYL Digital y participar en planes de formación a formadores y dinamizadores tecnológicos que puedan ofrecerse desde el Programa CYL Digital para posteriormente poder ofrecer su propia formación y asesoramiento en TIC a la ciudadanía.
- Disponer de un horario mínimo de apertura o de utilización por el público o el colectivo destinatario, en función de la población, siendo de, al menos, 10 horas a la semana en municipios de menos de 3.000 habitantes, de 20 horas a la semana en municipios entre 3.000 y 20.000 habitantes y 30 horas a la semana en municipios de más de 20.000 habitantes.
¿Qué documentos necesito?
- Impreso de solicitud, en modelo normalizado, dirigido a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, que incluye:
- Datos de identificación de la entidad solicitante y de su representante y domicilio.
- Declaración responsable de que las instalaciones cumplen los requisitos que determina el artículo 3 de la Orden FYM/772/2014, de 27 de agosto, modificada por la Orden FYM/762/2017, de 29 de agosto.
- Declaración responsable de que comunicará a la administración cualquier cambio en la colaboración, así como su interrupción o finalización de la misma.
- Declaración responsable de tener suscrito un seguro de responsabilidad civil que cubra las actividades realizadas.
- Declaración responsable de que todos los datos que figuran en el impreso son ciertos.
- Copia simple del DNI/NIE del representante persona física, en caso oponerse a que sea consultado o recabado directamente por la Administración de Castilla y León.
- Copia del documento acreditativo de la representación.
- Memoria descriptiva (disponible en el apartado de "Descargar formularios y Anexos") de los recursos disponibles en el centro asociado al Programa CYL Digital, con el siguiente contenido mínimo:
- a) Plano, croquis o similar del centro, detallando superficie, distribución y ubicación.
- b) Descripción de las medidas que favorecen la accesibilidad de las personas con discapacidad.
- c) Fotografías, tanto exteriores como interiores, del centro.
- d) Número de puestos informáticos y características técnicas de cada uno.
- e) Tipo y velocidad de la conexión a internet, así como equipamiento y medidas empleadas para la seguridad, control y filtrado de contenidos.
- f) Disponibilidad, si la hubiera, de herramienta de gestión que permita el control de las sesiones de usuarios así como el registro e identificación de los mismos, la generación de informes y estadísticas.
- g) Descripción del personal que atiende las instalaciones y, en su caso, de la dedicación y de las funciones que realiza, así como de las actividades formativas que realiza con los usuarios.
- h) Horario de apertura al público durante el que estará disponible el centro para labores de formación y asesoramiento en TIC.
- Memoria que plantee la estrategia de la entidad gestora del centro para la dinamización del mismo en cuanto a objetivos propuestos, líneas de colaboración prioritarias, así como iniciativas a llevar a cabo.
- Antecedentes y actuaciones relacionadas con la formación digital que se han llevado a cabo en el centro, independientemente de su promotor.
Fecha de publicación:
16 de septiembre de 2014
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente
Plazo de resolución:
Tres meses.
Notificaciones:
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.
Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Legislación aplicable:
- ORDEN FYM/772/2014, de 27 de agosto, por la que se crea la red de centros asociados al Programa CYL Digital para la realización de actuaciones de sensibilización, formación y asesoramiento tecnológico y para la divulgación de los servicios de la Sociedad Digital del Conocimiento en Castilla y León y se regula el procedimiento de adhesión a la citada red (BOCyL 16-09-2014).
- ORDEN FYM/762/2017, de 29 de agosto, por la que se modifica la Orden FYM/772/2014, de 27 de agosto, por la que se crea la red de centros asociados al Programa CYL Digital para la realización de actuaciones de sensibilización, formación y asesoramiento tecnológico y para la divulgación de los servicios de la Sociedad Digital del Conocimiento en Castilla y León y se regula el procedimiento de adhesión a la citada red (BOCyL 11-09-2017).
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Sociedad de la Información y Competencias Digitales
Órgano que resuelve:
Director General de Telecomunicaciones y Administración Digital
Información adicional:
La adhesión a la red de centros asociados al Programa CYL Digital tiene carácter indefinido desde el momento en que se notifique la resolución al interesado.
Son causas de pérdida de la condición de centro asociado:
- la renuncia de la entidad que gestiona el centro.
- la resolución, declarando la pérdida de la condición de centro asociado, del titular de la Dirección General de Telecomunicaciones y Transformación Digital, previa audiencia del interesado, por no mantenimiento de las condiciones y requisitos cuando se dictó la resolución de adhesión.
El Programa CyL Digital no asume la financiación directa o indirecta de las actuaciones propuestas por las entidades gestoras de los centros asociados, sino que ofrece líneas de colaboración orientadas al establecimiento de sinergias y reutilización de recursos.
Entre las líneas de colaboración susceptibles de poner en marcha en los centros asociados, destacan las siguientes:
- a) Planes de formación tecnológica para los ciudadanos y para los responsables y dinamizadores tecnológicos.
- b) Orientación y asesoramiento para la realización de actividades y para la extensión y reutilización de buenas prácticas.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (82 kbytes)