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Celebración de Monterías o Ganchos en Cotos de Caza

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2157
  • SIA: 1813700

Objeto:

DECLARAR RESPONSABLEMENTE que se cumplen los requisitos para la celebración de monterías o ganchos en un coto de caza establecidos en la normativa cinegética en vigor, en función del número de cacerías colectivas que tenga aprobados en el correspondiente plan cinegético.

Una vez presentada la declaración responsable con las fechas de celebración de las monterías o ganchos, no tendrá que esperar respuesta de autorización de las mismas.


Serán objeto de SOLICITUD aquellas cacerías colectivas en cotos de caza incluidos total, o parcialmente, en el ámbito de aplicación del Plan de Recuperación del Oso Pardo (Decreto 108/1990, de 21 de junio, por el que se establece un estatuto de protección del oso pardo en la Comunidad de Castilla y León y se aprueba el Plan de Recuperación del oso pardo). En este caso, no se podrán celebrar las cacerías hasta que no estén expresamente autorizadas.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier persona, física o jurídica, que actúe en calidad de Titular o Arrendatario del coto de caza.

¿Qué requisitos debo cumplir?

En todas las cacerías, se deberá informar previamente de la fecha de celebración y la mancha (y manchas alternativas), con una antelación de 10 días naturales en el caso de las monterías o 5 días en el caso de ganchos, a:

  • La plataforma pública de cacerías colectivas de la Junta de Castilla y León (a través del formulario de Declaración Responsable/Solicitud).
  • A los Ayuntamientos afectados.
  • Al Puesto de la Guardia Civil correspondiente.
  • A los Titulares Cinegéticos de los terrenos colindantes (informando, en su caso, de la colocación de alguna línea de puestos a menos de 500 metros de la linde).

Además de la comunicación a la Junta de Castilla y León, las otras tres comunicaciones (Ayuntamientos, Guardia Civil y titulares cinegéticos de terrenos colindantes) también pueden realizarse a través de los formularios de Declaración responsable/solicitud.

Sin perjuicio del cumplimiento de las condiciones recogidas en la resolución de aprobación del plan cinegético del coto de caza correspondiente, la montería o gancho se deberá llevar a cabo conforme a las condiciones descritas en el siguiente documento:

Descarga del documento tipo PDF Condiciones para la celebración de las cacerías colectivas. Abre una nueva ventana Condiciones para la celebración de las cacerías colectivas (766 kbytes)

¿Qué documentos necesito?

  • Solicitud de autorización / declaración responsable, conforme a los modelos normalizados disponibles en este mismo apartado.
  • Plano del coto en el que se refleje la/s mancha/s correspondiente/s con suficiente calidad gráfica.
  • En el supuesto de actuar ante la Administración mediante representación, ésta podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia.
    A estos efectos, se entenderá acreditada la representación realizada mediante apoderamiento apud acta efectuado por comparecencia personal o comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica, o a través de la acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública competente.
  • En el supuesto de que el solicitante no autorice a la Administración de la Comunidad a obtener directamente y/o por medios telemáticos el DNI/NIE, será necesaria la presentación de una copia de los citados documentos.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El plazo de presentación de las solicitudes/declaraciones responsables de monterías/ganchos está abierto todo el año.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en el ofrecimiento. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

Recursos:

  • Reposición.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Legislación aplicable:

  • Real Decreto 50/2018, de 2 de febrero, por el que se desarrollan las normas de control de subproductos animales no destinados al consumo humano y de sanidad animal, en la práctica cinegética de caza mayor (BOE 12-02-2018)
  • Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León (BOCyL 08-07-2021)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Órgano que resuelve:

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Información adicional:

MODIFICACIÓN DE FECHAS DE CACERÍAS COLECTIVAS YA COMUNICADAS

Las monterías y ganchos ya comunicadas que hubiese sido necesario suspender por alguna de las circunstancias contempladas en los artículos 40.1, 50.a.2º ó 50.a.3º de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León, o bien por otra causa justificada, deberán ser comunicadas a través del modelo normalizado de MODIFICACIÓN DE FECHAS DE CELEBRACIÓN DE MONTERÍAS Y/O GANCHOS, en el que se especificará, en su caso, la nueva fecha de cacería propuesta.

PRESENTACIÓN DE RESULTADOS DE LAS CACERÍAS

El ORGANIZADOR de la cacería estará obligado a comunicar al Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente los resultados de las cacerías, aún en el caso de que finalmente no se hubiera celebrado, por medios telemáticos mediante el modelo normalizado de Comunicación de resultados de cacerías colectivas, disponible en el siguiente enlace: Comunicación de resultados de caza .

COMUNICACIÓN SERVICIO TERRITORIAL DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

En cumplimiento del Real Decreto 50/2018, de 2 de febrero, por el que se desarrollan las normas de control de subproductos animales no destinados al consumo humano y de sanidad animal, el titular del coto, o el arrendatario en su caso, deberá comunicar al Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería correspondiente aquellas monterías y ganchos/batidas en las que el número de puestos sea superior a 40 o aquellas en las que se prevea abatir más de 20 piezas de caza mayor.

COTOS DE CAZA EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL PLAN DE RECUPERACIÓN DEL OSO PARDO

Podrá consultar la relación de los cotos de caza incluidos total o parcialmente en el ámbito de aplicación del Decreto 108/1990, de 21 de junio, por el que se establece el Estatuto de protección del oso pardo en la Comunidad de Castilla y León y se aprueba el Plan de Recuperación del oso pardo en el documento excel que podrá ver en el apartado de Descargas.
 

CELEBRACIÓN DE GANCHOS EN COTOS INCLUIDOS EN LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DECLARADOS EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA CINEGÉTICA POR ORDEN MAV/533/2024

De acuerdo a lo establecido en el apartado c) del punto segundo de la Orden MAV/533/2024,  de 3 de junio, por la que se declara la emergencia cinegética en determinados términos municipales por jabalí y otros suidos silvestres (Sus scrofa) y sus hibridaciones, ciervo (Cervus elaphus) y gamo (Dama dama), publicada en BOCYL con fecha 6 de junio de 2024, dentro del ámbito territorial de los términos municipales declarados en situación de emergencia cinegética,  al objeto de incrementar la eficacia de las acciones, en los ganchos al jabalí, ya se trate de acciones de caza sostenible o de controles poblacionales, podrá emplearse un número de perros superior a 30 y se permite que el número conjunto de cazadores en los puestos fijos y de batidores pueda llegar hasta 39 personas, salvo que existan limitaciones normativas específicas en materia de conservación del patrimonio natural y de la biodiversidad.

Para ello, junto con la comunicación previa de ganchos/monterías, deberá adjuntar un escrito indicando que su coto se incluye dentro del ámbito territorial de los términos municipales declarados en situación de emergencia cinegética y que se acoge a lo establecido en el apartado c) del punto segundo de la Orden MAV/533/2024, especificando el número de puestos y perros a emplear (en el modelo teletramitable, en los ganchos,  el número conjunto de cazadores de los puestos fijos y batidores están limitados a un máximo de treinta así como  a un máximo de 30 perros autorizados).

Para más información sobre la emergencia cinegética puede consultar el siguiente enlace: https://medioambiente.jcyl.es/web/es/caza-pesca/declaracion-emergencia-cinegetica-jabali.html

PLATAFORMA PÚBLICA DE CACERÍAS COLECTIVAS DE CASTILLA Y LÉON

La Plataforma pública de cacerías colectivas es una funcionalidad integrada en la aplicación web Mi Coto de Caza en el que, para general conocimiento, está disponible la relación de las cacerías colectivas que se van a celebrar a lo largo de la temporada en los cotos de caza de nuestra Comunidad. Los datos que se muestran reflejan las comunicaciones de monterías y/o ganchos que realizan los titulares/arrendatarios de los cotos de caza y su actualización es diaria (nuevas comunicaciones, cambios de fechas, suspensión de cacerías,...).

Puede entrar a esta funcionalidad a través del siguiente enlace, Plataforma pública de cacerías colectivas ,  accediendo al apartado de la aplicación Mi Coto de Caza SIN Certificado Digital (ACCESO PÚBLICO).  Para su correcto funcionamiento, así como para abrir el Visor GIS del IDECYL (Infraestructura de Datos Espaciales de Castilla y León) asociado, se recomienda el uso del navegador Google chrome.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (467 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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