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Autorización de cementerio

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1174
  • SIA: 1253110

Objeto:

Autorizar la instalación y el funcionamiento de cementerios, tanto para la obra nueva como para ampliación y reforma.

¿Quién lo puede solicitar?

Ayuntamientos, entidades locales, sociedades que vayan a prestar el servicio y realizar las actividades propias de un cementerio.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Los establecidos en el Capítulo VIII del Decreto 16/2005, de 10 de febrero, por el que se regula la policía sanitaria mortuoria en la Comunidad de Castilla y León y el Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.

¿Qué documentos necesito?

Se deberá cumplimentar el formulario de solicitud en modelo normalizado acompañado de la documentación indicada.

TASAS: Hay que liquidar la Tasa por servicios sanitarios (Código 306.1.0 «Policía sanitaria mortuoria») recogida en la Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes

*LEY 12/2001, DE 20 DE DICIEMBRE, DE TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.
Artículo 9.- Exenciones y bonificaciones
1. Con carácter general, salvo que la regulación de cada tasa establezca lo contrario, gozarán de exención subjetiva la Administración General e Institucional de esta Comunidad, las Diputaciones Provinciales, Ayuntamientos, Mancomunidades, Juntas Administrativas de Entidades Locales Menores, Consejos Comarcales y otros Entes Locales, respecto a los bienes, servicios y actividades que demanden de oficio y sean necesarios para el cumplimiento de sus fines.

Descarga del documento tipo PDF DOCUMENTACION a presentar. Abre una nueva ventana DOCUMENTACION a presentar (103 kbytes)

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Plazo de resolución:

  • 3 MESES para la Autorización de Instalación.
  • 3 MESES para la Autorización de Funcionamiento.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.
     

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • LEY 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (BOE 29-04-1986).
  • DECRETO 2263/1974, de 20 de julio (Gobernación), por el que se aprueba el Reglamento de Policia Sanitaria Mortuoria (BOE 17-8-1974).
  • DECRETO 16/2005, de 10 de febrero, por el que se regula la policía sanitaria mortuoria en la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 11-02-2005).
  • LEY 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León (BOCyL 07-09-2010).
  • LEY 5/2013, de 14 de junio, de Estímulo a la Creación de Empresas en Castilla y León (BOE 15-07-2013)
  • ACUERDO 33/2014, de 10 de abril, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba la relación de procedimientos y trámites que se encuentran dentro del ámbito de aplicación del Título III de la Ley 5/2013, de 19 de junio, de Estímulo a la Creación de Empresas en Castilla y León (BOCyL 14-04-2014)
  • RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2012, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se delega en los Delegados Territoriales de la Junta de Castilla y León, en las distintas provincias, el ejercicio de determinadas competencias en materia de autorizaciones sanitarias (BOCyL 24-02-2012)
  • DECRETO 2/2018, de 1 de febrero, por el que se modifican diversos Decretos en materia de ordenación sanitaria para la reducción de cargas administrativas. (BOCyL 05-02-2018)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Protección de los datos de carácter personal:

Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.