Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

  • Suscripción
  • Contacto

Sede Electrónica de Castilla y León

Redes Sociales

Contenido principal. Saltar al inicio.

Transmisión, Traslado, Obras, Modificación y Cierre de Oficina de Farmacia

  • Acceder a los formularios
  • Compartir

Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 80
  • SIA: 1252980

Objeto:

  • Autorizar la transmisión, el traslado, y cierre de oficinas de farmacia.
  • Autorizar las obras y modificación de los locales de las oficinas de farmacia.

¿Quién lo puede solicitar?

El titular o cotitular de una oficina de farmacia.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Los establecidos en la Ley 13/2001, de 20 de diciembre de Ordenación Farmacéutica de Castilla y León  y en el Decreto 12/2011 de 17 de marzo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Castilla y León, en materia de Oficinas de Farmacia.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la DOCUMENTACIÓN indicada, según el caso.

Justificante del pago de la Tasa por servicios sanitarios   (Código 306.5.0 «Establecimientos sanitarios farmacéuticos»), recogida en la  Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Plazo de resolución:

  • El plazo máximo de resolución en materia de autorización de transmisión, traslado, obras, modificacion y cierre temporal forzoso, y cierres definitivos temporales  y forzosos es 3 MESES, siendo el silencio administrativo en sentido negativo. 
  • En caso de autorización de cierre: si se trata de un cierre temporal voluntario, el plazo es de 2 MESES, silencio positivo.  

Notificaciones:

  • Notificación electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Recurso de ALZADA.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • LEY 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Farmaceútica de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 26-12-2001).
  • DECRETO 12/2011, de 17 de marzo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Castilla y León, en materia de Oficinas de Farmacia (BOCyL 23-03-2011).
  • ORDEN SAN/281/2011, de 18 de marzo, por la que se establece el método de medición de las distancias que deben respetar las oficinas de farmacia en Castilla y León (BOCyL 23-03-2011).
  • ORDEN SAN/744/2015, de 7 de septiembre, por la que se determina la atención farmacéutica continuada de las oficinas de farmacia de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (BOCyL 10-09-2015)
  • RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2023, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se delega en las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León en las distintas provincias el ejercicio de determinadas competencias en materia de ordenación farmacéutica (BOCyL 22-06-2023)
  • Orden SAN/1135/2024, de 29 de octubre, por la que se establece la delimitación y actualización de las zonas farmacéuticas de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 05-11-2024)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicios Territoriales de Sanidad

Órgano que resuelve:

Dirección General de Salud Pública

Información adicional:

CIERRE TEMPORAL POR VACACIONES: El titular de oficina de farmacia deberá comunicar el cierre temporal por vacaciones con al menos 15 días de antelación al Colegio Oficial de Farmacéuticos de su provincia según lo dispuesto en el artículo 9 de la ORDEN SAN/744/2015 de 7 de septiembre; por tanto, no se deberá solicitar la autorización de cierre temporal por vacaciones a través del formulario habilitado en este procedimiento.

Protección de los datos de carácter personal:

Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

  • Denos su opinión sobre esta información

  • Califique la facilidad de uso de este procedimiento

  • Acceso a la Plataforma Your Europe

Última actualización: 26 de mayo de 2026