Menú principal
- Sede Electrónica
-
Trámites y servicios
-
Información de interés
-
Ayuda sobre Administración Electrónica
- Protección de datos
- Atención al ciudadano Teléfono 012
Sede Electrónica de Castilla y León
Sede Electrónica de Castilla y León
Regular la participación del profesorado en el Programa de Estancias de Formación en Empresas cofinanciado por el Fondo Social Europeo. Existirán dos períodos para la realización de estancias.
PROFESORES que impartan docencia en ciclos formativos de F.P. o en programas de garantía social de la modalidad de iniciación profesional en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de CyL.
a) Las actividades a realizar durante la estancia en la empresa deberán corresponderse con la especialidad a la que esté adscrita el profesor solicitante o con los módulos que imparte.
b) Las estancias se realizarán en empresas ubicadas en la localidad en la que esté el centro de destino, salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias, que deberán estar debidamente acreditadas: que no exista una empresa de las mismas características en dicha localidad o que se quiera realizar en la localidad de residencia del solicitante, siempre que esté ubicada en la Comunidad de Castilla y León.
c)Podrán realizarse estancias en empresas ubicadas en otras Comunidades Autónomas si habitualmente colaboran en la realización de Formación en Centros de Trabajo (FCT) con el centro educativo de destino del solicitante.
d)Las estancias de formación se realizarán en empresas de acuerdo a un proyecto previamente concertado con el profesor. El profesorado interesado en la participación en el programa podrá contactar con las empresas directamente o hacerlo a través de la Cámara Oficial de Comercio e Industria correspondiente de las que figuran en el ANEXO I:
Solicitud, en modelo normalizado Anexo II, dirigida al Excmo. Sr. Consejero de Educación. Se podrá presentar una solicitud en cada curso académico.
DOCUMENTACION a Presentar (86 kbytes)
Las solicitudes se presentarán en los plazos siguientes:
a) Para las estancias a realizar entre el 2 de mayo y el 1 de septiembre, el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 10 de ENERO y finalizará el 1 de FEBRERO de cada año.
b) Para las estancias a realizar entre el 1 de diciembre y el 30 de abril el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 1 de SEPTIEMBRE y finalizará el 20 de SEPTIEMBRE de cada año.
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Desestimatorio
Servicio de Planificación y Ordenación de la Formación Profesional
Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial
Existirán 2 períodos para la realización de estancias:
El período de estancia en empresa no podrá coincidir con el horario lectivo del profesor salvo que el centro garantice la cobertura de las actividades docentes.
Las estancias tendrán una duración mínima de 40 horas y máxima de 150 horas.
La estancia deberá desarrollarse durante un mínimo de 15 horas semanales y llevarse a cabo todas las semanas del período establecido para su realización. El horario del profesor deberá estar comprendido en la jornada laboral de los trabajadores de la empresa.
En el supuesto de que la estancia se realice en una localidad distinta a aquella en la que esté ubicado tanto el centro de destino como la localidad de residencia del profesor, deberá desarrollarse durante un mínimo de 6 horas al día.
Las estancias en empresas no tienen carácter laboral. Durante el período de estancia el profesorado no tendrá ninguna vinculación o relación laboral con la empresa de acogida, ni podrá ocupar un puesto de trabajo dentro de su cuadro de personal.
La empresa pondrá en conocimiento de los representantes legales de los trabajadores la relación de profesores que realizarán la estancia, así como las fechas y los horarios en que se realizarán.
La Consejería de Educación remitirá a la Inspección de Trabajo una relación de los profesores participantes y de las empresas en que se realizarán las estancias.