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Compatibilidad para el ejercicio de actividades públicas y/o privadas de empleados públicos

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 49
  • SIA: 1252972

Objeto:

Obtener la preceptiva autorización para compatibilizar el ejercicio de actividad en el sector público con el desempeño de una segunda actividad pública o privada.

Para ello,  con carácter previo al ejercicio de la segunda actividad, pública o privada, los interesados deberán solicitar y obtener la preceptiva autorización.

¿Quién lo puede solicitar?

Personal cuya actividad principal se encuentre en el ámbito del artículo 2 del Reglamento de Incompatibilidades del los apartados del artículo 2 del Decreto 227/1997, de 20 de noviembre y ejerza o pretenda ejercer una segunda actividad pública o privada

¿Qué documentos necesito?

1. El procedimiento ordinario de reconocimiento o autorización de compatibilidad  se inicia a solicitud del interesado y debe presentarse de forma electrónica cumplimentando el modelo normalizado Anexo I (Solicitud de reconocimiento o autorización de compatibilidad), que se encuentra en el apartado “Tramitación electrónica” de esta web.

  • A la solicitud debe adjuntarse el justificante de abono de la tasa regulada en el capítulo XLIV Título IV de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla y León, a través del modelo 046 de autoliquidación  que figura en el apartado descargas. La cuota de la tasa queda fijada en 75,75 € (Código de la Tasa 309.1 «Autorización o reconocimiento de compatibilidad») recogida en la  Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes
    • Para que se despliegue la TASA correcta en el modelo 046 es imprescindible que en el apartado Centro Gestor se indique CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA y en el apartado Órgano Gestor se indique INSPECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS.
    • Cada actividad que se pretenda compatibilizar requerirá la presentación de un anexo I así como el devengo de la correspondiente tasa.
  • Debe adjuntarse, asimismo,  la documentación complementaria señalada en el artículo 4 de la Orden PRE/672 /2018, de 23 de mayo, según el tipo de actividad que se pretenda compatibilizar  (Certificado de horario de la entidad privada, etc…). Se recomienda adjuntarlos a la solicitud para evitar dilaciones innecesarias en la tramitación.

2. El procedimiento de renovación se inicia a solicitud del interesado mediante la presentación electrónica del modelo normalizado Anexo IV  (Declaración Responsable regulada en el artículo 8 de la Orden PRE/672 /2018, de 23 de mayo), que se encuentra en el apartado “Tramitación electrónica” de esta web.

3. Para la presentación electrónica de la Comunicación regulada en el artículo 9 de la Orden PRE/672 /2018, de 23 de mayo (Empleados públicos integrantes de listas de empleo temporal) debe cumplimentarse el formulario “Solicitud de presentación de Comunicación”, que se encuentra en el apartado “Tramitación electrónica” de esta web, al que se adjuntará el modelo normalizado Anexo V, ubicado a en el apartado “Descargar formulario”.

Plazo de resolución:

Las solicitudes de autorización o reconocimiento de compatibilidad deberán resolverse en el plazo de dos meses, salvo las solicitudes de reconocimiento de compatibilidad para las actuaciones específicas reguladas en el artículo 13 del Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que se resolverán en el plazo de un mes.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecenciatanto de la resolución como de los diferentes trámites que integran el procedimiento de reconocimiento o autorización de compatibilidad, se realizará por medios electrónicos,  en la dirección de correo electrónico que el interesado indique en su solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI   

Recursos:

  • Reposición.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • LEY 53/1984 de 26 de Diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas (BOE 04-01-1985).
  • DECRETO 227/1997, de 20 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 25-11-1997).
  • Orden PRE/672/2018, de 23 de mayo, de la Consejería de la Presidencia por la que se regula el procedimiento de autorización o reconocimiento de compatibilidad para el ejercicio de actividades públicas o privadas al personal comprendido en el ámbito de aplicación del Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 21-06-2018).
  • Orden PRE/1367/202, de 3 de octubre, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos centrales de la Consejería de la Presidencia (BOCyL 10/10/2022)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Inspección General de Servicios

Órgano que resuelve:

Consejería de la Presidencia

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha Informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventanaFicha Informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (387 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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