Inscripción en el Registro de Entidades de Voluntariado de Castilla y León
Códigos identificadores del procedimiento:
Objeto:
Tramitación y gestión de las solicitudes de inscripción en el registro regional de entidades de voluntariado de Castilla y León.
¿Quién lo puede solicitar?
Entidades de voluntariado de Castilla y León.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Qué requisitos debo cumplir?
Los establecidos en el artículo 14 de la ley 8/2006 de 10 de octubre, de Voluntariado de Castilla y León.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado dirigida a la Gerencia de Servicios Sociales, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:
- Estatutos de la entidad.
- Número de inscripción en el registro que por su naturaleza jurídica corresponda.
- Código de identificación fiscal.
- Documento acreditativo de la personalidad del solicitante y de la representación que ostenta.
- Domicilio de la sede de contacto y direcciones de las delegaciones.
- Datos identificativos y de contacto de la persona responsable de cada programa o proyecto de voluntariado que la entidad gestione.
- Descripción de cada programa o proyecto de voluntariado según modelo establecido en el Anexo II del Decreto 8/2009, de 23 de enero de 2009.
- Memoria de las actividades de voluntariado desarrolladas anteriormente, como mínimo durante el año inmediatamente anterior.
- La restante documentación acreditativa de los datos que hayan de ser objeto de inscripción, o deban de ser tenidos en cuenta para ello.
* Las entidades públicas de voluntariado estarán eximidas de presentar la documentación prevista en los números 2º a 6º.
* Las entidades inscritas en el Registros de Entidades, Servicios y Centros de carácter social de Castilla y León no tendrán que presentar la documentación de los puntos 2º,3º y 4º.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Abierto de forma permanente.
Plazo de resolución:
- El plazo máximo para dictar y notificar la resolución de inscripción será de 4 MESES a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para resolver. La inscripción de una entidad de voluntariado podrá ser cancelada a instancia de parte o de oficio.
Notificaciones:
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.
Recursos:
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Legislación aplicable:
- Ley 8/2006, de 10 de octubre, de Voluntariado de Castilla y León. (BOCyL 19-10-2006)
- DECRETO 8/2009, de 23 de enero, por el que se regula el Registro Regional de Entidades de Voluntariado de Castilla y León (BOCyL 28-01-2009).
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio de Coordinación Interadministrativa
Órgano que resuelve:
Gerente de Servicios Sociales
Información adicional:
Obligación de presentar la actualización de los programas o proyectos cada dos añose.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (436 kbytes)
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.