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Valoración de la idoneidad para las personas que se ofrecen para adoptar menores en Castilla y León y en adopción Internacional

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 71
  • SIA: 1278355

Objeto:

Regular la  idoneidad preceptiva de las personas que se ofrecen para adoptar para tramitar adopciones tanto nacionales como internacionales. 

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier persona que cumpla los requisitos exigidos para adoptar.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Tener como mínimo 25 años cumplidos; en el caso de cónyuges o parejas con relación estable análoga a la conyugal, bastará con que uno de ellos tenga esta edad.
  • La diferencia de edad entre adoptante y adoptando será de, al menos, 16 años y no podrá ser superior a 45 años con respecto al adoptado. Cuando fueran dos los adoptantes, se tendrá en cuenta la edad del más joven para calcular la edad mínima del menor que les corresponderá
  • En el caso de cónyuges o parejas de hecho se debe acreditar un periodo mínimo de convivencia de dos años.
  • Tener plena capacidad jurídica y de obrar.
  • Tener residencia efectiva y habitual (la real y de hecho) en el territorio de la Comunidad de Castilla y León durante más de seis meses al año.
  • Cumplir con los requisitos establecidos con carácter general para todas las personas que se ofrecen para adoptar y los específicos del país cuando se trate de una adopción internacional.
  • Estar declarado persona idónea para la adopción por la entidad competente en materia de protección a la infancia tras el correspondiente procedimiento de valoración psicológica y social.

¿Qué documentos necesito?

El ofrecimiento se presentará en modelo normalizado disponible en esta sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o se podrá recoger en el Servicio Regional de Información sobre Adopciones, previa cita en el teléfono 902 361 857 o 983 217 032, o en la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de la provincia de residencia.

Junto al ofrecimiento, se presentará copia del DNI/NIE de cada persona que se ofrezca para adoptar o autorización para acceder a los datos identificativos.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El ofrecimiento puede presentarse desde el momento en que se reúnen todos los requisitos de capacidad legal para ser adoptantes.

Plazo de resolución:

  • 6 MESES desde la fecha de resolución de inicio del procedimiento de valoración.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en el ofrecimiento. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.
  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

A. Normativa de ámbito internacional
  • Convenio relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de adopción internacional (hecho en La Haya el 29 de mayo de 1993)
  • Convenio europeo en materia de adopción de menores hecho en Estrasburgo el 27 de noviembre de 2008 (publicado en BOE de 13 de julio de 2011 el instrumento de ratificación por España, donde tuvo entrada en vigor el 1 de septiembre de 2011)

B. Normativa de ámbito estatal

  • Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor.
  • Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de adopción internacional.
  • Código Civil.

C. Normativa de ámbito autonómico

  • LEY 14/2002, de 25 de julio, de promoción, atención y protección a la infancia en Castilla y León (BOCyL 29-07-2002)
  • DECRETO 37/2005, de 12 de mayo, por el que se regulan los procedimientos administrativos y otras actuaciones complementarias en relación con la adopción (BOCyL 19-05-2005 y corrección errores BOCyL 13-07-2005).
  • Orden  FAM/585/2015, de 1 de julio, por la que se regulan los contenidos, duración, organización y desarrollo de la formación previa de las personas que se ofrecen para adoptar en la Comunidad Autónoma de Castilla y León (BOCyL 17-07-2015)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Gerencias Territoriales de Servicios Sociales

Órgano que resuelve:

Director General de Personas Mayores, Personas con Discapacidad y Atención a la Dependencia

Información adicional:

Desde el 1 de junio de 2024 Se la Junta de Castilla y Leónha implantado un nuevo modelo de prestación de servicios al ciudadano en el programa de adopción de menores del Servicio de Protección a la Infancia como de adopción internacional, por lo que se reanuda la actividad en materia de adopción de los servicios de información, formación, de seguimiento y postadopción,  que  ha estado suspendida temporalmente.

La entidad concertada que va a prestar los servicios en materia de adopción en Castilla y León es la Fundación Meniños, cuyos datos de contacto son los siguientes:

  • Teléfono de atención a usuarios: 638 312 492.
  • Horario de atención telefónica: de lunes a viernes, de 10 a 14 horas y de 17 a 19 horas y sábados de 10 a 13 horas.
  • Correo electrónico: info.adopciones.castillayleon@meninos.org  
  • Página web:  www.meninos.org

En estos momentos se está procediendo a la actualización y revisión de la información que contiene la página web de la Junta de Castilla y león en materia de adopción.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (471 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

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