Ayudas directas Pymes afectadas por las inundaciones sucedidas en febrero de 2026
Códigos identificadores del procedimiento:
Descripción:
Objeto
Reforzar la liquidez y solvencia de los autónomos y las empresas afectadas por la interrupción de su actividad con motivo de los daños sufridos por las inundaciones en los locales e instalaciones de negocio.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 31 de marzo de 2026
Beneficiarios.
Autónomos y pymes ubicados en los términos municipales afectados por las inundaciones en febrero de 2026 recogidos en la Orden MAV/183/2026, de 26 de febrero, por la que se determinan los términos municipales de Castilla y León afectados por las inundaciones en febrero de 2026. y sucesivas que los completen.
Deberá acreditarse:
- La existencia de un parte o comunicación a una compañía aseguradora del siniestro ocurrido por inundación en los locales e instalaciones, notificado dentro de los 7 días naturales siguientes al siniestro en el que se indiquen o describan los daños sufridos.
- Informe pericial del seguro en el que se recoja el valor del daño por importe superior a 3.500€
- Certificado de la compañía aseguradora en el que conste que el seguro no cubre el lucro cesante por inundaciones
- Declaración responsable de la interrupción de su actividad productiva como consecuencia de las inundaciones por un periodo superior a 48 horas.
Forma de justificación.
La justificación para el pago de la ayuda se entenderá efectuada con la presentación de la documentación necesaria para su concesión, sin perjuicio de los controles que puedan realizarse.
Aceptación.
La presentación de la solicitud conlleva la aceptación de la concesión de la ayuda por parte del beneficiario y de las condiciones establecidas en la resolución de concesión en los términos previstos en la propia solicitud.
Lugar y forma de presentación
Notificaciones
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
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Consejería / Centro Directivo:
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.