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Subvenciones directas a los municipios mineros de Castilla y León para la realización de obras y servicios de interés general dentro del Plan de Dinamización Económica de Municipios Mineros 2016-2020 (MINEL 2025)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2812
  • SIA: 1848054
  • BDNS (Identificador): 823761

Descripción:

Conceder una subvención directa, por importe total de 3.960.000 €, a las entidades beneficiarias relacionadas en el Anexo, con objeto de que contraten mediante contratos vinculados a programas de políticas activas de empleo, a personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

REQUISITOS DE LAS CONTRATACIONES

  1. Serán subvencionables los costes derivados de la contratación temporal de personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.
  2. Serán subvencionables las contrataciones realizadas que se den de alta en la Seguridad Social desde el 1 de enero de 2025 hasta el 28 de febrero de 2026 (día incluido).
  3. La selección de los trabajadores, entre los candidatos desempleados inscritos como demandantes de empleo, no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, la realizarán los Ayuntamientos de acuerdo con las normas de selección de personal que les sean de aplicación, siendo los responsables últimos de verificar que los candidatos seleccionados cumplen con todos los requisitos establecidos en la resolución de concesión, en el momento de darles de alta en la Seguridad Social.
  4. Los contratos se formalizarán por escrito y en la modalidad de contratos vinculados a programas de políticas activas de empleo (modelo 405), prevista por la normativa vigente y de acuerdo con los convenios colectivos que les sean de aplicación.
  5. Se concertarán a jornada completa, con independencia de la duración de las obras o servicios de interés general y social relacionadas con actividades objeto de esta ayuda. Será subvencionable un periodo de contratación máximo de 180 días. La cobertura de un periodo inferior a 120 días dará lugar a la cancelación total de la financiación del puesto de trabajo.
    Si antes de completar ese periodo, alguno de los contratos se extinguiera, la entidad beneficiaria podrá contratar a otra persona que cumpla los requisitos en sustitución de aquella que causó baja. Si no se produjera la sustitución o cuando, aun habiéndose producido esta, la suma de los distintos períodos de contratación referidos a ese puesto de trabajo fuese inferior a 120 días, se procederá a la cancelación total de la financiación. En caso contrario, cuando fuese igual o superior a 120 días e inferior a 180, se procederá a la reducción de la financiación concedida por importe proporcional al período de tiempo no cubierto por ningún trabajador.
  6. Cuando el contrato de trabajo se suspenda debido a situaciones de incapacidad temporal, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante el embarazo, y demás situaciones que den derecho a reserva del puesto de trabajo, la entidad podrá formalizar un contrato de interinidad con otro trabajador que cumpla los requisitos exigidos en esta resolución. Esta sustitución no supondrá, en ningún caso, incremento en el importe de la subvención concedida.
  7. No se admitirán las contrataciones realizadas con personas que sean miembros de alguna Corporación Local en los casos en que se incurra en alguno de los supuestos de incompatibilidad previstos por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  8. No podrán ser subvencionables aquellos contratos que se hayan subvencionado con base a la Resolución de 9 de mayo de 2024, del Presidente de Servicio Público de Castilla y León por la que se concede una subvención directa a los municipios mineros de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social, dentro del Plan de Dinamización Económica de los municipios mineros 2016-2020, prorrogado parcialmente la vigencia de este Plan durante la vigencia y ejecución del “Programa Transición Justa España 2021-2027. (MINEL 2024).

CUANTÍA

  • El importe máximo a financiar por cada contratación será de 12.000 euros por un periodo de 180 días a jornada completa. Este importe se reducirá proporcionalmente cuando el puesto de trabajo se cubra por un periodo superior a 120 días e inferior a 180 días. La cobertura de un periodo inferior a 120 días dará lugar a la cancelación total de la financiación del puesto de trabajo.

ACEPTACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

  • Para que la concesión de la subvención sea efectiva, el beneficiario, en el plazo de treinta días desde que se notifique la resolución de concesión, deberá expresar la aceptación de la misma según modelo normalizado de aceptación.
  • En caso de no aceptación, o transcurrido el plazo señalado sin haberse aceptado la subvención, se entenderá que el beneficiario renuncia a la misma y se declarará mediante resolución el archivo del expediente sin más trámite.

ANTICIPOS

  • Se abonará un anticipo del 50 % de la subvención concedida sin exigir la constitución de garantías. Para poder obtener el anticipo, el beneficiario deberá solicitarlo conforme al modelo normalizado. La justificación del importe anticipado se efectuará en el plazo establecido para la justificación de la subvención.

JUSTIFICACIÓN

  • La justificación, se efectuará a través de un certificado emitido por el titular del órgano que ha percibido la subvención, en el que se acredite la realización de la actividad, el cumplimiento de la finalidad de la subvención, y de las obligaciones de comunicación y publicidad , así como del informe emitido por la Intervención u órgano de control equivalente de la entidad local, que acredite la veracidad y la regularidad de la documentación justificativa de la subvención, según el modelo normalizado “certificación de la subvención concedida”.
  • Los beneficiarios tendrán un plazo de dos meses para presentar el Anexo justificativo a contar desde la finalización de los contratos subvencionados y, en todo caso, la fecha límite será el día 30 de abril de 2026, que deberá ser presentado en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.

LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN

NOTIFICACIONES

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

Consejería / Centro Directivo:

Destinatarios:

Entidades Locales

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (531 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.