Subvención Directa a la Universidad de Salamanca para el desarrollo de proyectos específicos de investigación sobre la lengua española (2025)
Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 3482
- SIA: 3017259
- BDNS (Identificador): 869501
Descripción:
OBJETO
La subvención a la Universidad de Salamanca tendrá como objeto financiar las siguientes actuaciones:
a) Expansión, promoción y generación de recursos en la plataforma informática NetLish que conjuga contenidos de aprendizaje,
b) Certificaciones lingüísticas:
- Certificados de competencia en español destinado a los Estados Unidos.
- Certificados de calidad del español utilizado por los sistemas digitales y de inteligencia artificial.
c) Proyectos específicos de investigación sobre lengua española, (Proyecto PIDE).
La finalidad de esta subvención es propiciar a la Universidad de Salamanca medios económicos para contribuir al buen desarrollo de los proyectos anteriormente descritos.
La Universidad de Salamanca podrá encomendar la gestión de estas actuaciones a su medio propio, «Cursos Internacionales de la Universidad de Salamanca, S.A.» cuyo objeto social es servir de apoyo instrumental a la Universidad de Salamanca. En este caso, en aplicación del artículo 11.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dicha sociedad tendrá la condición de beneficiaria de la subvención y, por tanto, deberá cumplir los requisitos y obligaciones descritos en los artículos 13 y 14 de dicha ley.
BENEFICIARIO
GASTOS SUBVENCIONABLES
-
Se consideran gastos subvencionables aquellos realizados por el beneficiario entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de noviembre de 2025 que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de las actuaciones subvencionadas, resulten estrictamente necesarios para su ejecución, y se encuentren efectivamente pagados antes del fin del período de justificación.
ACEPTACIÓN
- La concesión de la subvención se notificará al beneficiario, que deberá aceptarla en el plazo que se establezca en la resolución, que, en ningún caso, podrá ser superior a 30 días desde su notificación. Transcurrido dicho plazo sin que se haya aceptado se entenderá que renuncia a ella.
LUGAR FORMA DE PRESENTACIÓN
¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITOS?
El beneficiario, para justificar el empleo de la subvención concedida, deberá remitir a la Consejería de Educación, un certificado expedido por el órgano competente de la universidad con la siguiente documentación:
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Las obligaciones reconocidas por la Universidad de Salamanca de transferencia de los fondos percibidos al medio encomendado de la gestión de la subvención.
- Una memoria detallada de actuación llevadas a cabo al amparo de la presente subvención.
- Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá al menos, la siguiente información: descripción del gasto, N.I.F del proveedor, número de factura, su fecha e importe; acompañado de la documentación acreditativa del gasto que, según el caso, podrá ser original o copia autenticada en formato electrónico de las correspondientes facturas, y documentos justificativos del pago de estos conceptos, tales como extractos bancarios o estampillado del documento de gasto con el sello de la entidad financiera a través de la que se haya realizado el pago.
- Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación de su importe y procedencia.
- Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31. 3.º de la Ley General de Subvenciones, debe de haber solicitado como beneficiario.
Así mismo el beneficiario/beneficiarios deben aportar antes de la concesión de la subvención:
- Declaración responsable o en el caso que proceda los certificados de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, tal y como establece el Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en materia de subvenciones, así como el compromiso de comunicar a la Consejería cualquier incumplimiento que pueda producirse hasta el momento en que se realice el libramiento de pago a su favor. Igualmente, deberán acreditar que no se encuentran incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario.
- Certificado del órgano competente de la Universidad que en el proceso de provisión de puestos de trabajo se ha realizado la correspondiente reserva legal para su cobertura por personas con discapacidad, a los efectos establecidos en el Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
- Cumplimento de la INSTRUCCIÓN 1/2020, de la Dirección de Comunicación, para el cumplimiento del Acuerdo 27/2020, de 4 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se establecen directrices sobre difusión de la identidad corporativa de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN
- La justificación de la subvención deberá presentarse, como fecha límite, hasta el día 1 de diciembre de 2025 inclusive.
- Este plazo podrá ser prorrogado por la Consejera de Educación, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.
NOTIFICACIONES
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS
- La subvención concedida a la Universidad de Salamanca será compatible con otras ayudas que pudieran otorgarse para la misma finalidad, salvo que la financiación total obtenida supere el coste efectivo de las mismas, en cuyo caso la universidad beneficiaria deberá reintegrar el exceso de financiación percibido.
ORGANISMO
- Consejería / Centro Directivo:
Pasos para la tramitación electrónica (en línea):
- Disponer de
certificado electrónico
y comprobar
requisitos técnicos.
- Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
- A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico, DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.), seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
- Mediante un Formulario Online PDF (
Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas
) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la
Aplicación de Administración Electrónica
- Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
- Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
- Descargar justificante de presentación.