Códigos identificadores del procedimiento:
Fecha de publicación:
18 de junio de 2024
Objeto:
Convocar los «Premios a la excelencia deportiva de 2024 para deportistas y entrenadores de la Comunidad de Castilla y León», (en adelante «premios»), con el fin de elevar con carácter general su nivel técnico, contribuir a la progresión del rendimiento deportivo, así como a la consolidación del deporte de alto nivel y de competición nacional e internacional.
Las categorías de los premios son:
- Premios a deportistas de categoría Sénior y a entrenadores de deportistas de categoría Sénior.
- Premios a deportistas de categoría Inferior a Sénior y a entrenadores de deportistas de categoría Inferior a Sénior.
Dentro de cada categoría existirán las siguientes modalidades:
- Premios a deportistas y a entrenadores de deportistas en pruebas olímpicas y paralímpicas.
- Premios a deportistas y a entrenadores de deportistas en pruebas no olímpicas y no paralímpicas.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 19 de junio de 2024 hasta el 16 de julio de 2024
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Las candidaturas se presentarán por las Federaciones Deportivas de Castilla y León, por los miembros del Jurado y, en los casos establecidos por las Federaciones Deportivas Españolas.
¿Qué requisitos debo cumplir?
1. Requisitos de los deportistas:
Podrán optar a los premios, los deportistas que reúnan los siguientes requisitos:
- a) Tener como mínimo 16 años a 31 de diciembre del año en que obtuvo los resultados por los que se le propone.
- b) Estar empadronados en un municipio de la Comunidad de Castilla y León en el momento en que obtuvo los resultados por los que se le propone y, al menos, con seis meses de antelación a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
- c) Tener licencia de la Federación Deportiva de Castilla y León que le proponga a los premios en el momento en que obtuvo los resultados por los que se le propone y, al menos, con seis meses de antelación a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
En aquellos casos en los que no exista Federación Deportiva de Castilla y León, o existiendo, se haya exigido al deportista licencia de la Federación Deportiva Española para conseguir resultados en competiciones europeas o mundiales, tendrá que tener licencia de la correspondiente Federación Deportiva Española.
- d) No estar sancionado por resolución firme por infracción de la Ley Orgánica 11/2021, de 28 de diciembre, de lucha contra el dopaje en el deporte o de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte o de la Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León en el periodo de tiempo establecido en el apartado noveno.1 de esta orden.
- e) Ser propuesto por la Federación Deportiva de Castilla y León, por alguno de los miembros del Jurado o por la Federación Deportiva Española en aquellos casos en los que no exista Federación Deportiva de Castilla y León o, existiendo, se haya exigido al deportista licencia de la Federación Deportiva Española para conseguir resultados en competiciones europeas o mundiales.
2. Requisitos de los entrenadores:
Podrán optar a los premios, los entrenadores que reúnan los siguientes requisitos:
- a) Tener como mínimo 18 años a 31 de diciembre del año en que se hayan obtenido los resultados por los que se le propone.
- b) Estar empadronados en un municipio de la Comunidad de Castilla y León en el momento en que los deportistas, equipos de clubes, selecciones de Castilla y León o selecciones españolas a los que entrena obtuvieran los resultados por los que se le propone y, al menos, con seis meses de antelación a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
- c) Tener licencia de la Federación Deportiva de Castilla y León que le proponga a los premios en el momento en el que el deportista al que entrene haya cumplido los requisitos que le permitan optar a estos premios y, al menos, con seis meses de antelación a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
- Tener licencia de la Federación Deportiva de Castilla y León que le proponga a los premios en el momento en que el equipo de club, selección de Castilla y León o selección española a la que entrena obtenga los resultados por los que se le propone y, al menos, con seis meses de antelación a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.
En aquellos casos en los que no exista Federación Deportiva de Castilla y León, o existiendo, se haya exigido al entrenador licencia de la Federación Deportiva Española para conseguir resultados en competiciones europeas o mundiales, tendrá que tener licencia de la correspondiente Federación Deportiva Española.
- d) Ser el primer entrenador del deportista o del equipo de club en el momento en que obtengan el resultado por el que opta a estos premios y haberlo sido durante los seis meses anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria. En el caso de tratarse de selecciones de Castilla y León o selecciones españolas, ser el primer entrenador en el momento en que obtengan el resultado por el que opta a estos premios.
En el caso de resultados internacionales en competiciones o pruebas de Tipo 1, el entrenador que podrá optar a los premios será tanto el primer entrenador del deportista como el seleccionador nacional.
- e) No estar sancionado por resolución firme por infracción de la Ley Orgánica 11/2021, de 28 de diciembre, de lucha contra el dopaje en el deporte o de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte o de la Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León en el periodo de tiempo establecido en el apartado noveno.1 de esta orden.
- f) Ser propuesto por la Federación Deportiva de Castilla y León, por alguno de los miembros del Jurado o por la Federación Deportiva Española en aquellos casos en los que no exista Federación Deportiva de Castilla y León o, existiendo, se haya exigido al entrenador licencia de la Federación Deportiva Española para conseguir resultados en competiciones europeas o mundiales.
- g) Ser propuesto por los resultados de los deportistas, equipos de clubes o selecciones de las Federaciones Deportivas de Castilla y León o de las Federaciones Deportivas Españolas obtenidos en el periodo de tiempo establecido en el apartado noveno.1 de esta orden.
Dotación del Premio:
- En la categoría Sénior con una cuantía máxima de 5.000 €.
- En la categoría Inferior a Sénior con una cuantía máxima de 4.000 €.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud conforme al modelo normalizado dirigida al titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, Dirección General de Deportes.
La solicitud incluye la declaración responsable del interesado relativa a diferentes extremos. La solicitud faculta a la Consejería para efectuar las consultas y las verificaciones necesarias para comprobar la exactitud de los datos y documentos relativos a la identidad personal, o documento requerido que ya se encuentre en poder de esta Administración actuante o haya sido elaborado por cualquier otra Administración, a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas habilitados al efecto, en todos aquellos casos en los que no se haya manifestado oposición a que la Administración acceda directamente y/o por medios telemáticos a dichos datos.
En todo caso, las candidaturas se acompañarán de la documentación que se expresa a continuación:
a) Formularios de datos personales y deportivos del deportista propuesto para el premio.
b) Formularios de datos personales y deportivos del entrenador propuesto para el premio.
c) Certificado de empadronamiento del deportista o entrenador, acreditativo de estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Castilla y León en el momento en que el obtuvo los resultados por los que se le propone y al menos con seis meses de antelación a la fecha de publicación de esta convocatoria.
d) En su caso, certificado o informe médico de embarazo.
e) En su caso, certificado literal del Registro Civil de nacimiento de hijo o Libro de familia acreditativo de la filiación del hijo.
Organismo:
Responsable:
Gestor:
Servicio de Promoción Deportiva y Deporte de Alto Rendimiento
Notificaciones:
- En el Boletín Oficial de Castilla y León.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
Información adicional:
Baremo de puntuación
- Las solicitudes se valorarán conforme a los principios de objetividad, igualdad y no discriminación teniendo en cuenta el baremo establecido en este apartado.
- Las solicitudes se valorarán teniendo en cuenta que los puntos obtenidos en cada resultado deportivo no son acumulativos, valorándose únicamente el resultado deportivo en el que haya obtenido una puntuación más alta.
Resolución
- La resolución deberá expresar la relación de premiados, la puntuación obtenida por cada uno de ellos, de acuerdo con el baremo de puntuación establecido y hará constar, si hubiere lugar, de manera expresa la desestimación del resto de solicitudes.
- El plazo máximo para dictar y publicar la resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León será de seis meses, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya dictado y publicado la resolución, los solicitantes podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
Resolución. Concesión del premio:
ORDEN CYT/1276/2024, de 25 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria de los premios a la excelencia deportiva de 2024 para deportistas y entrenadores de la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 03-12-2024)
Orden CYT/1276/2024, de 25 de noviembre (BOCyL 03-12-2024) (1.658 kbytes)
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (28 kbytes)