Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 3893
- SIA: 3306899
- BDNS (Identificador): 932041
Fecha de publicación:
30 de septiembre de 2026
Objeto:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para facilitar la obtención del permiso de conducción de la clase B a las personas jóvenes de Castilla y León, con la finalidad de fomentar la movilidad de las mismas contribuyendo, de esta manera, a la mejora de su empleabilidad y acceso a oportunidades laborales, facilitando, asimismo, su acceso a otros bienes y servicios como la educación, el ocio o lasanidad, y reduciendo el aislamiento y fijando población en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Desde el 1 de octubre de 2026 hasta el 15 de enero de 2027
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Personas físicas que reunan los requisitos.
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Tener una edad mínima de 18 años y, como máximo, cumplir 30 años dentro del presente año.
- Residir y estar empadronadas en cualquier municipio del territorio de la Comunidad de Castilla y León con al menos cinco años de antelación al momento de la obtención del permiso de conducción.
- Obtener el permiso de conducción de la clase B dentro del periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2026; habiendo realizado la formación, íntegramente, en una o más autoescuelas homologadas con sección abierta en Castilla y León.
Las personas que resulten beneficiarias de estas subvenciones deberán mantener su empadronamiento en cualquier municipio del territorio de la Comunidad de Castilla y León durante al menos tres años, ininterrumpidamente, después de la fecha de la presentación de la solicitud de la subvención.
¿Para qué es la ayuda?:
Para ayudar económicamente a las personas jóvenes de Castilla y León compensando en parte los desembolsos que hayan efectuado para la obtención del permiso de conducción de la clase B, removiendo así el obstáculo que pueden representar los costes asociados a la obtención de dicho permiso en orden a la consecución de un empleo o una mejora de su empleabilidad, el acceso a oportunidades laborales y a otros bienes y servicios como la sanidad, la educación o el ocio, así como, de cara a reducir el aislamiento y a fijar población, especialmente en el ámbito rural.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
■ Se consideran gastos subvencionables, con independencia de la anualidad en que se hubieran producido, los siguientes:
a) Matrícula; clases teóricas y clases prácticas, siempre que la formación se realice, íntegramente, en una o más autoescuelas homologadas con sección abierta en Castilla y León. A estos efectos, se considera también subvencionable el Impuesto sobre el Valor Añadido que haya abonado directamente la persona beneficiaria y no sea susceptible de recuperación o compensación.
b) Derechos de examen y tasas de tráfico para la tramitación del permiso de conducción, incluida la renovación de tasas.
■ En todo caso, los gastos subvencionables deben cumplir los siguientes REQUISITOS:
a) Deben estar referidos a la obtención de un permiso de conducción de la clase B, dentro del periodo subvencionable comprendido entre el 1 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2026.
b) Deben estar efectivamente pagados en el momento de presentar la solicitud de subvención.
No se consideran subvencionables los gastos derivados de pruebas médicas y psicotécnicas, ni otros posibles gastos de gestión y tramitación para la presentación de la solicitud de esta subvención.
Cuantía:
- La subvención se otorgará atendiendo al orden de prelación de solicitudes, de menor a mayor nivel de renta de la unidad de convivencia de las personas solicitantes, resultante de su valoración y hasta el límite de la disponibilidad presupuestaria.
- La cuantía máxima de la subvención a conceder será de 900,00 euros.
- La cuantía individualizada de la subvención se determinará en función del coste de la actuación subvencionada y debidamente justificada, sin exceder el límite del importe solicitado, y en virtud de los siguientes tramos:
- a) Renta de la unidad de convivencia menor a 1,5 veces IPREM: hasta 900 €.
- b) Renta de la unidad de convivencia igual o mayor a 1,5 veces y menor a 2,5 veces el IPREM: hasta 750 €.
- c) Renta de la unidad de convivencia igual o mayor a 2,5 veces y menor a 3,5 veces el IPREM: hasta 600 €.
- d) Renta de la unidad de convivencia igual o mayor a 3,5 veces el IPREM: hasta 450 €.
- A estos efectos, se tendrá en cuenta el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) anual a 14 pagas publicado para el año 2026.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud, en modelo normalizado, que incluirá declaraciones responsables relativas a diferentes extremos, acompañada de la siguiente documentación:
Documentación a presentar (241 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Dirección General de Transportes y Logística
Órgano que resuelve:
Consejería de Movilidad, Transformación Digital e Inteligencia Artificial
Plazo de resolución:
El plazo máximo de resolución y notificación será de 6 MESES contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, transcurrido el cual sin que se haya dictado y notificado la resolución se entenderá DENEGADA por silencio administrativo.
Notificaciones:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
- Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones
NOTI
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Recursos:
- Recurso potestativo de REPOSICIÓN
- Recurso Contencioso-administrativo
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Criterios para la valoración de las solicitudes
Se atenderá al nivel de renta de la unidad de convivencia de la persona solicitante correspondiente al período impositivo del impuesto sobre la renta de las personas físicas del año 2025.
Para el cálculo del nivel de renta se sumará la totalidad de ingresos del año natural correspondiente al periodo impositivo mencionado y se tendrán en cuenta las siguientes circunstancias:
- A las unidades de convivencia de solicitantes que formen parte de familias numerosas de carácter general se les aplicará un coeficiente reductor del 20% sobre su nivel de renta.
- A las unidades de convivencia de solicitantes que formen parte de familias numerosas de categoría especial se les aplicará un coeficiente reductor del 30% sobre su nivel de renta.
Se considera unidad de convivencia la persona o el conjunto de personas que habitan y disfrutan de una vivienda de manera habitual y permanente y con vocación de estabilidad, y que estén empadronadas en la vivienda, con independencia de la relación existente entre todas ellas a la fecha de la presentación de la solicitud correspondiente.
Justificación de la subvención
Los gastos correspondientes a la matrícula y las clases teóricas y prácticas se acreditarán mediante facturas u otros documentos de valor probatorio equivalente con validez jurídica o eficacia administrativa.
Los gastos tributarios derivados de la expedición por la Dirección General de Tráfico (DGT) del permiso de conducción de la clase B se justificarán mediante el modelo oficial (791) de autoliquidación, siempre y cuando no estuviera incluido en la factura.
La justificación del pago se hará mediante el correspondiente documento bancario que acredite el adeudo o cargo en cuenta, la transferencia bancaria, el abono con tarjeta de crédito o débito, o el abono directo en entidad financiera.
Compatibilidad
Estas subvenciones son compatibles con cualquier otra ayuda, subvención o recurso procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o internacionales, que para la misma finalidad reciba el beneficiario siempre que el importe total subvencionado en ningún caso supere, aisladamente o en concurrencia con otras, el coste total de la actividad subvencionada.
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (285 kbytes)